Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2005 (16/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 16 de diciembre de 2005

SUNARP
Establecen plazo para que Comision revise la Estructura Organica y elabore proyectos de modificacion de la Ley Nº 26366, del Estatuto, ROF y Manual de Organizacion y Funciones de la SUNARP
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 309-2005-SUNARP/SN MORDAZA, 7 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 26366 se creo el Sistema Nacional de los Registros Publicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP) como organismo descentralizado MORDAZA y ente rector del Sistema; Que el Sistema Nacional de los Registros Publicos se encuentra orientado, entre otros aspectos, a la especializacion y simplificacion de los procedimientos y gestion de todos los registros que lo integran; Que la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP) tiene como una de sus funciones la de velar por el correcto ejercicio de la funcion registral; Que, dentro de los objetivos propuestos en el MORDAZA de una nueva gestion institucional, se encuentra el de desarrollar una estructura administrativa eficiente y desconcentrada, con procesos automatizados, transparentes y orientados a la racionalizacion de los recursos, acorde con las necesidades del sistema registral; Que, mediante Resolucion Nº 178-2005-SUNARPSN, se constituyo una Comision encargada de revisar la estructura organica de la SUNARP y elaborar los proyectos de los textos modificatorios de la Ley Nº 26366, asi como del Estatuto, del Reglamento de Organizacion y Funciones y del Manual de Organizacion y Funciones de la SUNARP, otorgandole un plazo de 120 (ciento veinte) dias calendario, contados desde su instalacion para remitir sus propuestas; Que, debe tenerse presente que el encargo encomendado a la referida Comision, es sumamente delicado y trascendental para el desarrollo de la SUNARP en los proximos anos, por lo cual, se hace necesario otorgar una prorroga al plazo inicial otorgado a la Comision para que presenten sus propuestas modificatorias; En uso de las atribuciones conferidas por los literales d), f), m), u) y v) del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 135-2002JUS del 11 de MORDAZA de 2002, asi como en atencion al literal c) del articulo 3º y literal d) del articulo 16º de la Ley Nº 26366; SE RESUELVE: Articulo Unico.- La Comision encargada de revisar la estructura organica de la SUNARP y elaborar los proyectos de los textos modificatorios de la Ley Nº 26366, asi como del Estatuto, del Reglamento de Organizacion y Funciones y del Manual de Organizacion y Funciones de la SUNARP, tendra un plazo adicional hasta el 31 de enero de 2006, para presentar sus propuestas. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA FREITAS A. Superintendente Nacional de los Registros Publicos 21296

SUNAT
Aprueban Procedimiento "Autorizacion y Acreditacion de Operadores de Comercio Exterior" (Version 1)
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 581-2005/SUNAT/A Callao, 30 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO: Que es politica institucional de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT para el servicio aduanero, la mejora continua de sus procesos dentro del MORDAZA del Sistema de Gestion de la Calidad dictados por la MORDAZA ISO 9001 version 2000, segun lo dispuesto en la Resolucion de Superintendencia Nº 1102003/SUNAT del 22.5.2003; Que, con la Resolucion de Intendencia Nacional Nº 000 ADT/1999-002097 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30.12.1999, se aprobo el procedimiento "Autorizacion de Operadores" (Version 2) INTA-PE.00.08, modificado mediante las Resoluciones de Intendencia Nacional Nºs. 000 ADT/2000-000324, 000 ADT/2001000277, 000 ADT/2001-001187, y por la Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 000476-2003/SUNAT/A; Que el Texto Unico Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 129-2004EF, ha modificado y establecido nuevas disposiciones y obligaciones para los operadores de comercio exterior autorizados y acreditados ante la SUNAT; Que el Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005-EF, en su Titulo VII ha establecido los requisitos exigibles a los operadores de comercio exterior para su autorizacion y acreditacion ante la SUNAT; Que asimismo, es necesario establecer para los operadores de comercio exterior que se encuentran en actividad y para su personal acreditado, un periodo de adecuacion a las nuevas disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley General de Aduanas y su Reglamento; En uso de las facultades conferidas al Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas mediante la Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y a lo dispuesto en el inciso g) del articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebase el procedimiento "Autorizacion y Acreditacion de Operadores de Comercio Exterior" INTA-PG.24 (Version 1), el cual forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- A partir del 1 de junio del ano 2006, los representantes legales ante la autoridad aduanera de los concesionarios postales y de los duenos, consignatarios o consignantes (persona natural o juridica) que se encuentran en actividad, deberan contar con Titulos de Agente de Aduana expedidos por la SUNAT, a fin de que puedan continuar desempenando sus funciones. Articulo 3º.- A partir del 1 de junio del ano 2006, los despachadores oficiales y los auxiliares de despacho de los despachadores de aduana que se encuentran en actividad, deberan contar con certificados expedidos por la SUNAT que acrediten su capacitacion en tecnica aduanera, a fin de que puedan continuar desempenando sus funciones. Los auxiliares de despacho que hayan realizado estudios de tecnica aduanera en universidades o instituciones educativas reconocidas por el Ministerio de Educacion, deberan cumplir con el procedimiento que al respecto establezca el Instituto de Administracion Tributaria y Aduanera. La acreditacion de los despachadores oficiales y de los auxiliares de despacho de los despachadores de

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