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PÆg. 306320 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de diciembre de 2005 Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación del Complejo Arqueológico mencionado en el Artículo 1º y del plano señalado en el Artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiesen afectar o alterar el paisaje del Complejo Arqueológico declarado “Patrimonio Cultural de la Nación”, deberán contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 21183 Aprueban expedientes tØcnicos sobre planos de delimitación de diversaszonas arqueológicas ubicadas en eldepartamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1687/INC Lima, 5 de diciembre de 2005 VISTO, el Oficio Nº 160-2005/INC-UE.003-J de fecha 9 de marzo de 2005 de la Dra. Ruth Shady Solís, Jefa del Proyecto Especial Arqueológico Caral - Supe; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, la Dra. Ruth Shady Solís, Jefa del Proyecto Especial Arqueológico Caral - Supe - Unidad Ejecutora Nº 003-J, remite el Plan Maestro para la Puesta en Valor de Caral como eje de un desarrollo integral sustentable del valle de Supe y Barranca incluyendo los expedientes técnicos de zonas arqueológicas para su inscripción y registro público; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 720/ INC de fecha 1 de agosto de 2002, se declara Patrimonio Cultural de la Nación, entre otras, a las zonas arqueológicas Allpacoto, Era de Pando, Miraya y Lurihuasi; Que, mediante Informe Nº 324-2005-INC/DREPH/DA/ SDIC/LDZM de fecha 20 de junio de 2005 de la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, comunican las observaciones técnicas a los expedientes presentados; Que, mediante Oficio Nº 456-2005/INC-UE.003-J de fecha 3 de noviembre de 2005, la Dra. Ruth Shady Solís, Jefa del Proyecto Especial Arqueológico Caral - Supe remite los Expedientes Técnicos de las zonas arqueológicas Allpacoto, Era de Pando, Miraya y Lurihuasi, ubicados en el departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 768-2005-INC/DREPH/DA/ SDIC/LDZM de fecha 11 de noviembre de 2005, de la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, concluye que los expedientes no presentan observaciones técnicas;Que, con Acuerdo Nº 677 de fecha 11 de noviembre de 2005, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, aprobar los Expedientes Técnicos con sus respectivas fichas técnicas y memorias descriptivas, de acuerdo al siguiente detalle: - Plano Perimétrico de Delimitación de la Zona Arqueológica Allpacoto, Lámina Nº 01, de fecha octubre de 2005, a escala 1/5000, ubicado en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; - Plano Topográfico de Delimitación de la Zona Arqueológica Allpacoto, Lámina Nº 02, de fecha octubre de 2005, a escala 1/5000, ubicado en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; - Plano Perimétrico de Delimitación de la Zona Arqueológica Miraya, Lámina Nº 01, de fecha octubre de 2005, a escala 1/5000, ubicado en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; - Plano Topográfico de Delimitación de la Zona Arqueológica Miraya, Lámina Nº 02, de fecha octubre de 2005, a escala 1/5000, ubicado en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; - Plano Perimétrico de Delimitación de la Zona Arqueológica Lurihuasi, Lámina Nº 01, de fecha octubre de 2005, a escala 1/5000, ubicado en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; - Plano Topográfico de Delimitación de la Zona Arqueológica Lurihuasi, Lámina Nº 02, de fecha octubre de 2005, a escala 1/5000, ubicado en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; - Plano Perimétrico de Delimitación de la Zona Arqueológica Limán - Era de Pando, Lámina Nº 01, de fecha octubre de 2005, a escala 1/5000, ubicado en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; - Plano Topográfico de Delimitación de la Zona Arqueológica Limán - Era de Pando, Lámina Nº 02, de fecha octubre de 2005, a escala 1/5000, ubicado en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; - Plano Perimétrico de Delimitación de la Zona Arqueológica Aspero, Lámina Nº 01, de fecha octubre de 2005, a escala 1/5000, ubicado en el distrito de Supe, Supe Puerto, provincia de Barranca, departamento de Lima; - Plano Topográfico de Delimitación de la Zona Arqueológica Aspero, Lámina Nº 02, de fecha octubre de 2005, a escala 1/5000, ubicado en el distrito de Supe, Supe Puerto, provincia de Barranca, departamento de Lima; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar los Expedientes Técnicos con sus respectivas fichas técnicas y memorias descriptivas, de acuerdo al siguiente detalle: - Plano Perimétrico de Delimitación de la Zona Arqueológica Allpacoto, Lámina Nº 01, de fecha octubre de 2005, a escala 1/5000, ubicado en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima. - Plano Topográfico de Delimitación de la Zona Arqueológica Allpacoto, Lámina Nº 02, de fecha octubre de 2005, a escala 1/5000, ubicado en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima. - Plano Perimétrico de Delimitación de la Zona Arqueológica Miraya, Lámina Nº 01, de fecha octubre de 2005, a escala 1/5000, ubicado en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima. - Plano Topográfico de Delimitación de la Zona Arqueológica Miraya, Lámina Nº 02, de fecha octubre de 2005, a escala 1/5000, ubicado en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima.