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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (30/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 220

TEXTO PAGINA: 17

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G37/G37/G39/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de diciembre de 2005 efectúe el Crucero de Instrucción al Extranjero año 2006, a partir del 2 de enero al 2 de abril de 2006, con arribo a los puertos de San Diego y Honolulú - ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Jin-Hae - COREA DEL SUR, Shanghai y Hong Kong - REPÚBLICA POPULAR CHINA, Manila - FILIPINAS y Papeete - TAHITÍ (POLINESIA FRANCESA). Artículo 2º.- Nombrar en Comisión del Servicio al Extranjero a fin que participen en el Crucero de Instrucción antes mencionado, al Personal Superior, Subalterno, Civil y Cadetes Navales de Cuarto y Segundo Año de la Marina de Guerra del Perú, que se detallan en el Anexo (1) de la presente Resolución. Artículo 3º.- Autorizar que viajen a bordo de la referida Unidad los Alumnos de la Academia Diplomática del Perú, Personal Superior y Cadetes del Ejército del Perú, Fuerza Aérea del Perú, Cadetes de la Escuela Nacional de Marina Mercante "Almirante Miguel Grau," que se mencionan en el Anexo (2) de la presente Resolución; asimismo, Oficiales de la Marina de Brasil, Cadetes de la Armada Boliviana y Guardiamarinas de la Marina Militar Italiana que se mencionan en el Anexo (3) de la presente Resolución. Artículo 4º.- Autorizar el pago de la cantidad de CIENTO OCHENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTE CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 183,120.00), por VEINTE (20) días de Estadía en Puerto Extranjero al Personal señalado en el Anexo (1) de la presente Resolución, según lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004 y modificado con Decreto Supremo Nº 008- 2004-DE/SG de fecha 30 de junio del 2004, en lo referente a Comisiones del Servicio a bordo de Unidades Navales. Artículo 5º.- El Personal perteneciente a la Marina de Guerra del Perú revistará en la Dirección General del Personal de la Marina, por el período que dure la citada Comisión del Servicio. Artículo 6º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización, sin exceder el total de días aprobados. Artículo 7º.- El Oficial más antiguo deberá cumplir con sustentar lo señalado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002- 2004 DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Artículo 8º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 22219 /G56/G61/G72/GED/G61/G6E/G20/G66/G65/G63/G68/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4D/G69/G2D /G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G46/G41/G50/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G2C/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G52/G2E/G53/G2E /G4E/GBA/G20/G35/G30/G33/G2D/G44/G45/G2F/G46/G41/G50 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1320-2005-DE/FAP Lima, 12 de diciembre de 2005 Visto el Mensaje COOP-021510 de noviembre de 2005 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú y Mensaje SGFA-031609 de noviembre de 2005 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, según Resolución Suprema Nº 503 DE/FAP de fecha 19 de setiembre de 2005, se autorizó el viaje alexterior en Comisión de Servicio a los Estados Unidos de América, del 23 de octubre al 5 de noviembre de 2005, del Personal Militar FAP que en ella se indica, con la finalidad que realicen entrenamiento en el Simulador de Vuelo del Sistema de Armas L-100-20, a realizarse en la Cía. CAE, con sede en la ciudad de Tampa-Florida; Que, por razones estrictamente del servicio es necesario variar la fecha de inicio y término de la referida comisión, en el sentido que se considere del 10 al 24 de enero de 2006; Que, el Artículo 3º de la Resolución Suprema antes citada, faculta al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Variar la fecha de inicio y término del viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que se indica a continuación, autorizado con Resolución Suprema Nº 503-DE/FAP de fecha 19 de setiembre de 2005, en el sentido que se considere del 10 al 24 de enero de 2006: Mayor FAP BOURONCLE LUNA Luis Fernando Capitán FAP CERNA BARRA Carlos Eduardo Técnico de 1ra.FAP SALAS POSTIGO Gustavo. Artículo 2º.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización, sin exceder el total de días autorizados. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 22169 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G53/G75/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C /G41/GF1/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G35/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G75/G62/G72/G69/G72/G20/G70/G61/G67/G6F/G73/G20/G64/G65 /G63/G6F/G6D/G62/G75/G73/G74/G69/G62/G6C/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G73/G20/G41/G72/G6D/G61/G64/G6F/G73/G20/G79/G70/G61/G67/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1340-2005-DE/SG Lima, 23 de diciembre de 2005CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 1748-2004 DE/ SG del 29 de diciembre del 2004, se resuelve aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Egresos correspondiente al Año Fiscal 2005 del Pliego 026: Ministerio de Defensa, a nivel de Función, Programa, Sub-programa, Actividad, Proyecto, Fuentes de Financiamiento y Grupo Genérico del Gasto; Que, por Decreto de Urgencia Nº 035-2005 del 21 de diciembre del 2005, se autorizan Modificaciones Presupuestarias en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, por la Fuente de Financiamiento “Recursos Ordinarios” el importe de DOSCIENTOS VEINTICINCO MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 225’000,000.00) por concepto de Crédito Suplementario y de QUINCE MILLONES CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 15’100,000.00) por concepto de Transferencias de Partidas; Que, de los importes señalados en el párrafo precedente corresponde transferir por la Fuente de Financiamiento “Recursos Ordinarios” a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, la suma de TREINTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 37’895,980.00) por concepto de Crédito Suplementario para cubrir pagos de combustible de los Institutos Armados y pagos de beneficios por Indemnización a los beneficiarios de los Comité de Autodefensa y QUINCE MILLONES CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 15’100,000.00) por concepto de