Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2005 (30/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, viernes 30 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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"(...) se tiene previsto que desde el 2 de enero del ano 2006, el Proyecto, a traves de los Coordinadores Locales, inicie con mayor intensidad el trabajo de MORDAZA (..) de no contar con las motos el dia 2 de enero de 2006, todo este trabajo se MORDAZA retrasado trayendo como consecuencia el incumplimiento de las metas del Proyecto"; Que, adicionalmente, mediante Memorandum Nº 2962005-ME-SG/COMPFE-ADM/LOG, el responsable del Area de Logistica de COMPFE ha determinado que siendo el valor referencial de la contratacion ascendente a $ 23 055.41 (Veintitres Mil Cincuenta y Cinco y 41/100 Dolares Americanos), el MORDAZA de Adjudicacion Publica Selectiva que corresponde implementar se realizaria en un plazo minimo de veinticinco (25) dias calendario, senalando que la unica alternativa seria proceder a una exoneracion del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de conformidad con el literal a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del articulo 19º, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad siendo la facultad de aprobar exoneraciones indelegable; Que, MORDAZA de dichas Resoluciones o Acuerdos y los informes que la sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el articulo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de seleccion, salvo las previstas en los incisos b) y d) del articulo 19º de la Ley, seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion, segun corresponda, y adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE; Que, el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que ante una Situacion de Desabastecimiento Inminente, la autoridad competente para autorizar la exoneracion debera ordenar, en el acto aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al articulo 47º del mismo cuerpo normativo, el cual regula las responsabilidades y sanciones; Que, adicionalmente, de acuerdo a lo prescrito en el tercer parrafo del articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, existe la obligacion de disponer en la Resolucion que aprueba una exoneracion -bajo sancion de nulidad-, el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores publicos comprometidos; Que, segun lo manifestado en el Informe Nº 22012005-ME/SG-OAJ, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica, es necesario incluir en la Resolucion que apruebe la exoneracion, el inicio de las acciones administrativas necesarias para la determinacion de responsabilidades a que hubiera lugar, por cuanto se habria incurrido en una indebida programacion de la contratacion del servicio de seguros para las motocicletas adquiridas mediante Licitacion Publica Nacional Nº 01-BM-05-PEAR, siendo que los funcionarios competentes deben tener conocimiento que dichos vehiculos no pueden circular sin el seguro respectivo; Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el articulo 19º se realizaran mediante acciones inmediatas y el articulo 148º de su Reglamento establece que se requiere invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la mima que podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico; Que, en consecuencia resulta necesaria la emision de la Resolucion Ministerial mediante la cual se apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para contratar a traves de acciones inmediatas el referido servicio; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos

Supremos Nºs. 51-95-ED, 002-96-ED, 083-2004-PCM, 084-2004-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerese al Ministerio de Educacion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva por causal de Situacion de Desabastecimiento Inminente, y autoricese a contratar a traves de acciones inmediatas el Servicio de Seguros para las cincuenta y siete (57) motocicletas adquiridas para las Redes Educativas Rurales del Proyecto de Educacion en Areas Rurales - PEAR, hasta por la suma de $ 23 055.41 (Veintitres Mil Cincuenta y Cinco y 41/100 Dolares Americanos). Articulo 2º.- La contratacion que se efectue en virtud de la presente Resolucion, se realizara a traves del Area de Logistica y Licitaciones de la Comision de Coordinacion y Administracion de la Ejecucion de los Proyectos con Financiamiento Externo - COMPFE, y de conformidad con las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM. Articulo 3º.- El egreso que irrogue la presente Resolucion se aplicara con cargo al presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educacion; Unidad Ejecutora 030: Proyecto de Educacion en Areas Rurales. Articulo 4º.- Disponer el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al articulo 47º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y, simultaneamente, el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales que hubiera lugar. Articulo 5º.- MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes seran remitidos a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Articulo 6º.- La presente Resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y a traves del SEACE dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 22135

ENERGIA Y MINAS
Otorgan autorizacion a MORDAZA Energy Egenor S. en C. por A. para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 520-2005-MEM/DM MORDAZA, 21 de diciembre de 2005 VISTO: El Expediente Nº 31137705, organizado por MORDAZA ENERGY EGENOR S. en C. por A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11018850 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre solicitud de otorgamiento de autorizacion para generacion de energia electrica; CONSIDERANDO: Que, MORDAZA ENERGY EGENOR S. en C. por A. ha solicitado autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica San MORDAZA, con una potencia instalada de 3 240 kW, ubicada en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huaylas y departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM figuran en el Expediente;

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