Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2005 (30/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 30 de diciembre de 2005

de Organismos de Evaluacion de la Conformidad Autorizados, el Ministerio de la Produccion podra celebrar contratos o convenios de colaboracion interinstitucional con entidades publicas o privadas para que realicen dicha actividad. En casos especiales se evaluara la MORDAZA de la certificacion de conformidad con MORDAZA tecnica propia, la cual sera analizada y aprobada por la Autoridad Competente. Asimismo, las actividades productivas no senaladas en el presente decreto supremo podran participar en el Programa siempre y cuando cumplan con los requisitos que seran establecidos previamente por Resolucion Ministerial del Ministerio de la Produccion, los cuales tomaran en consideracion la normatividad del sector correspondiente. Articulo 5°.- Requisitos para obtener la autorizacion de uso del sello de calidad 5.1 Los interesados que deseen participar en el Programa, deberan contar con los siguientes datos generales para su identificacion: - Razon social - Representante legal (nombre, cargo y DNI) y adjuntar documento que acredite el poder vigente con que actua. - En caso de persona juridica, adjuntar documento que acredite la personeria del solicitante. - Registro Unico de Contribuyente - RUC. - Domicilio legal. - Domicilio planta industrial. - Telefono, fax, e-mail, etc. - Licencia municipal de funcionamiento. - MORDAZA registrada con la que comercializa el producto, de ser el caso. Asimismo, deberan contar con los siguientes requisitos: - El producto debe estar inscrito en el Registro de Productos Industriales Nacionales - RPIN, segun corresponda. - Se debera declarar la MORDAZA registrada con la que comercializa el producto, si corresponde. 5.2 En el caso de los productos industriales manufacturados se debera contar adicionalmente a lo establecido en el numeral 5.1 con: - Certificado de Conformidad con MORDAZA, vigente o con una antiguedad no mayor de tres (3) meses a la fecha de MORDAZA de la solicitud, expedido por un Organismo de Evaluacion de la Conformidad debidamente acreditado por el Ministerio de la Produccion. 5.3 En el caso de los productos alimenticios se deberan contar adicionalmente a lo establecido en el numeral 5.1 con: - Registro sanitario otorgado por DIGESA o por la Autoridad Competente segun corresponda. - Resolucion de autorizacion de Habilitacion Sanitaria otorgado por DIGESA o Certificado de Conformidad con MORDAZA expedido por un Organismo de Evaluacion de la Conformidad Autorizado por el Ministerio de la Produccion, vigente o con una antiguedad no mayor de tres (3) meses a la fecha de MORDAZA de la solicitud. 5.4 Los productos farmaceuticos y afines deberan contar adicionalmente a lo establecido en el numeral 5.1 con: - Registro sanitario otorgado por DIGEMID. - Certificado de Buenas Practicas de Manufactura otorgado por DIGEMID. 5.5 Los vehiculos de fabricacion nacional deberan contar adicionalmente a lo establecido en el numeral 5.1. con: - Codigo de Identificacion Mundial del Fabricante (WMI) otorgado por el Ministerio de la Produccion.

5.6 Los productos agrarios deberan contar adicionalmente a lo establecido en el numeral 5.1. con: - Certificado fitosanitario otorgado por SENASA. Los interesados que deseen inscribir en el Programa productos sujetos a armado, ensamblaje o montaje simple u otros casos particulares, seran materia de evaluacion, a efectos de determinar el otorgamiento o no de la autorizacion por parte de la Autoridad Competente; asimismo mediante Resolucion Ministerial se estableceran los requisitos adicionales a lo establecido en el numeral 5.1. para su participacion en el Programa. El Sello de Calidad y lemas podran ser utilizados en publicidad siempre y cuando dicha publicidad sea realizada con los productos que cuentan con la certificacion correspondiente. En caso que una empresa desee realizar publicidad sin necesariamente incluir en esta los productos que cuentan con la certificacion, debera utilizar lo especificado en el Anexo Nº 3 del presente decreto supremo. Articulo 6º- Atencion de las solicitudes El interesado debera presentar el Formulario de Inscripcion (Anexo Nº 4) adjuntando por unica vez, los documentos sustentatorios, senalados en el articulo 5º, segun corresponda. Esta solicitud se presentara ante la Autoridad Competente, la cual previa evaluacion del cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos. La Autoridad Competente en el plazo MORDAZA de quince (15) dias habiles evaluara la solicitud procediendo, si corresponde, a autorizar el uso del Sello de Calidad "Hecho en Peru" de uso nacional e internacional, otorgando la MORDAZA correspondiente. Este procedimiento esta sujeto al silencio administrativo negativo. En el caso los interesados domiciliados fuera del departamento de MORDAZA, las solicitudes se podran presentar en las Direcciones Regionales de Produccion, las mismas que previa verificacion y evaluacion de los requisitos de la solicitud remitiran a la Direccion de Normas Tecnicas y Control el expediente para su autorizacion en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles. Asimismo, el Ministerio de la Produccion mediante Resolucion Ministerial podra delegar en las Direcciones Regionales de Produccion-DIREPROS la facultad de tramitar, verificar y evaluar las solicitudes de inscripcion en el Programa. Esta delegacion procedera, siempre que la Autoridad Competente MORDAZA emitido informe favorable. En estos casos, los interesados domiciliados fuera del departamento de MORDAZA, presentara las solicitudes a las Direcciones Regionales de Produccion acreditadas mediante Resolucion Ministerial. Las DIREPROS previa verificacion y evaluacion de los requisitos de la solicitud otorgaran la autorizacion respectiva en el plazo MORDAZA de quince (15) dias habiles evaluara la solicitud procediendo, si corresponde, a autorizar el uso del Sello de Calidad "Hecho en Peru" de uso nacional e internacional, otorgando la MORDAZA correspondiente. Este procedimiento esta sujeto al silencio negativo. Las DIREPROS deben enviar a la Autoridad Competente MORDAZA las autorizaciones otorgadas en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias. Articulo 7º- Sobre el uso del Sello de Calidad para productores y lema correspondiente La utilizacion del Sello de Calidad "Hecho en Peru" debera realizarse obligatoriamente conforme se indica en el Anexo Nº 1 del presente decreto supremo. Los interesados autorizados para usar el Sello de Calidad "Hecho en Peru", se encuentran facultados por el solo merito de la autorizacion obtenida, a usar los lemas indicados en el Anexo Nº 1. La utilizacion de los lemas senalados en el referido anexo no es obligatoria. De optar por usarlos, debera obligatoriamente hacerlo conforme se indica en el Anexo Nº 1. La Direccion de Normas Tecnicas y Control, otorgara a las empresas que cumplan con los requisitos establecidos, una MORDAZA de Autorizacion de Uso en Productos del Sello de Calidad "Hecho en Peru" de uso nacional e internacional. Dependiendo del MORDAZA o naturaleza del producto, composicion, material de fabricacion, superficie, dimension, entre otras caracteristicas, el Sello de Calidad

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