Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2005 (30/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, viernes 30 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Que, la referida operacion de endeudamiento interno, en la modalidad de arrendamiento financiero, sera ejecutada por el Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, la indicada operacion de endeudamiento interno, en la modalidad de arrendamiento financiero, ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Nº 28423 y la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; Que, sobre el particular han opinado favorablemente el Servicio Naviero de la MORDAZA y la Oficina de Inversiones de la Direccion de Planificacion y Racionalizacion del Ministerio de Defensa, la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento interno en la modalidad de arrendamiento financiero, en aplicacion del literal l) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28423, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005 y por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion y condiciones Apruebase la operacion de endeudamiento interno, en la modalidad de arrendamiento financiero, a ser acordada entre la Republica del Peru y el Banco Continental hasta por la suma de S/. 135 580 600,00 (CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) para financiar el proyecto "Recuperacion de la Capacidad de Reabastecimiento en el Mar para Buques de la MORDAZA de MORDAZA del Peru". La operacion de endeudamiento interno, en la modalidad de arrendamiento financiero, devengara una tasa efectiva anual de 8,27%. La cancelacion de dicha operacion de endeudamiento interno, en la modalidad de arrendamiento financiero, se efectuara en un plazo de diez (10) anos, mediante sesenta (60) cuotas bimestrales, contados a partir de los sesenta (60) dias de la entrega de los bienes materia del arrendamiento financiero, segun corresponda, que se distribuiran de la siguiente manera: a) durante el primer ano, los dos primeros bimestres seran de MORDAZA (no se pagaran intereses ni capital) y se pagaran las cuatro (4) cuotas bimestrales restantes; y b) a partir del MORDAZA ano hasta el decimo ano, el primer bimestre de cada ano sera de MORDAZA (no se pagaran intereses ni capital ) y se pagaran las cinco (5) cuotas bimestrales restantes. Articulo 2º.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora del proyecto "Recuperacion de la Capacidad de Reabastecimiento en el Mar para Buques de la MORDAZA de MORDAZA del Peru" sera el Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru. Articulo 3º.- Suscripcion de documentos Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir, en representacion de la Republica del Peru, el contrato de arrendamiento financiero de la operacion de endeudamiento interno que se aprueba en el articulo 1º de esta MORDAZA legal; asi como al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la cita operacion. Articulo 4º.- Servicio de la deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la operacion de endeudamiento interno, en la modalidad de arrendamiento financiero, que se aprueba mediante el articulo 1º de la presente MORDAZA legal, seran atendidos por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a los recursos que la MORDAZA de MORDAZA del Peru le transfiera oportunamente. El mecanismo de transferencia de dichos recursos sera aprobado mediante Resolucion Ministerial del Sector Economia y Finanzas.

Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Defensa, y entrara en vigencia el dia de su publicacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de diciembre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 22210

Transfieren terreno ubicado en el distrito de Comas, provincia de MORDAZA, a la empresa Constructora Capon S.A.C. para la ejecucion de proyecto de construccion de viviendas
RESOLUCION SUPREMA Nº 162-2005-EF MORDAZA, 29 de diciembre de 2005 Visto, el Expediente Tecnico del Concurso Publico Nº 01-FMV/GO-2005, convocado para la Ejecucion del Proyecto de Construccion de Viviendas de Interes Social en el terreno denominado "El Pinar" - Comas/Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 26912, modificada por los Decretos de Urgencia Nºs. 091-2000, 020-2001 y 0722001 y las Leyes Nºs. 27089 y 27511, se creo el Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA, con la finalidad de promover el acceso de la poblacion a la propiedad privada de vivienda, mediante la creacion de mecanismos de financiamiento con participacion del sector privado; Que, de acuerdo con lo prescrito por la Tercera Disposicion Final del Reglamento del Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2002-EF, el Fondo esta facultado para adjudicar mediante subasta publica el proyecto de construccion de viviendas de interes social a favor del promotor que garantice las mejores condiciones para el usuario final; Que, el Fondo MIVIVIENDA convoco mediante Concurso Publico Nº 01-FMV/GO-2005, la Ejecucion del Proyecto de Construccion de Viviendas de Interes Social en el terreno denominado "El Pinar" - Comas/Lima, de propiedad del Estado, representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales, de 1,901.22 metros cuadrados, correspondiente al Lote 43 de la Manzana U de la Urbanizacion El Pinar, distrito de Comas, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Ficha 200664, que continua en la Partida Electronica Nº 42532541 del Registro de Predios de MORDAZA, MORDAZA Registral Nº IX - Sede Lima; Que, la Buena Pro del concurso MORDAZA mencionado, ha sido otorgada a la empresa Constructora Capon S.A.C., estableciendose en las bases del concurso las condiciones y obligaciones que asumira dicha empresa en la ejecucion de la construccion de viviendas de interes social; Que, de acuerdo a lo solicitado por el Fondo MIVIVIENDA, mediante Carta Nº 1075-2005-FMV/SE, de fecha 7 de setiembre de 2005 y al MORDAZA de lo establecido en, la Tercera Disposicion Final del Reglamento del Fondo MIVIVIENDA, corresponde emitir la Resolucion Suprema aprobando la transferencia a favor del adjudicatario del inmueble MORDAZA mencionado de propiedad del Estado, representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales;

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