Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2005 (30/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, viernes 30 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Que, es necesario designar al representante titular y alterno del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social MIMDES ante la Comision Nacional Intersectorial para la Erradicacion del Trabajo Forzoso creada por Resolucion Suprema Nº 028-2005-TR; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, en la Ley Nº 27779 - Ley Organica que modifica la Organizacion y Funciones de los Ministerios, en la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, en la Resolucion Suprema Nº 0282005-TR y en la Resolucion Suprema Nº 056-2005-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al Director de la Direccion de Ninas, Ninos y Adolescentes y a la Directora Ejecutiva del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, ante la Comision Nacional Intersectorial para la Erradicacion del Trabajo Forzoso, creada por Resolucion Suprema Nº 028-2005-TR. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial a la Comision Nacional Intersectorial para la Erradicacion del Trabajo Forzoso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 21976

1 (una) Disposicion Transitoria, 3 (tres) Disposiciones Complementarias y 4 (cuatro) Anexos. Articulo 2.- Vigencia y refrendo El presente Decreto Supremo entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion y sera refrendado por el Ministro de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de diciembre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LEMOR BEZDIN Ministro de Produccion REGLAMENTO DE LA LEY Nº 28312 - LEY QUE CREA EL PROGRAMA NACIONAL COMPRALE AL PERU CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo1º.- Objeto El presente reglamento tiene por objeto establecer las modalidades y requisitos de inscripcion, obligaciones, infracciones, sanciones, asi como las condiciones de uso del Sello de Calidad, de caracter nacional e internacional, y lemas correspondientes al Programa Nacional "Comprale al Peru", cuya aplicacion rige para personas naturales o juridicas que forman parte del mismo. Articulo 2º.- Referencias Para efectos del presente Reglamento, entiendase por:

PRODUCE
Aprueban Reglamento de la Ley Nº 28312, Ley que crea el Programa Nacional "Comprale al Peru"
DECRETO SUPREMO Nº 030-2005-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 28312, publicada el 4 de agosto de 2004, se declaro de interes nacional el Programa Nacional "Comprale al Peru", a cargo del Ministerio de la Produccion; Que el indicado programa nacional tiene por objeto promover la fabricacion y compra de productos industriales manufacturados en el Peru que cumplen con estandares de calidad y disposiciones sanitarias exigibles, con la finalidad de fortalecer una oferta de productos debidamente certificados; Que, el articulo 2º de la Ley Nº 28312 faculta al Ministerio de la Produccion a dictar, mediante normas reglamentarias o complementarias, las disposiciones que fueren necesarias para la mejor aplicacion de dicha ley, las mismas que incluiran las infracciones y sanciones a que hubiese lugar; Que, en consecuencia es necesario aprobar el Reglamento de la Ley Nº 28312, Ley que crea el Programa Nacional "Comprale al Peru"; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 y sus modificatorias; DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion Aprobar el Reglamento de la Ley Nº 28312, Ley que crea el Programa Nacional "Comprale al Peru", el mismo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y que consta de 5 (cinco) capitulos, 20 (veinte) articulos,

- Programa: Programa Nacional "Comprale al Peru" creado por Ley Nº 28312. - Sello de Calidad: certificacion otorgada a los productos que han sido elaborados en el Peru y cumplen con las normas peruanas aprobadas y vigentes, extranjeras o internacionales. - Interesado: persona natural o juridica que desea participar en el Programa. En el caso de personas juridicas, deben estar legalmente constituidas e inscritas en los Registros Publicos. - Autoridad Competente: Direccion de Normas Tecnicas y Control de la Direccion Nacional de Industria, o las Direcciones de Industria o Zonales de las Direcciones Regionales del Sector Produccion, dentro del ambito de su competencia, segun corresponda al domicilio legal del interesado. - UIT: Unidad Impositiva Tributaria. CAPITULO II DE LA INSCRIPCION Articulo 3º.- Modalidades El interesado podra inscribirse en el Programa mediante las siguientes modalidades: a) Uso del Sello de Calidad "Hecho en Peru" de uso nacional e internacional para productores y lemas correspondientes. (Ver Anexo Nº 1) b) Uso del sello de Calidad "Hecho en Peru" de uso nacional e internacional para comercializadores y lemas correspondientes. (Ver Anexo Nº 2) Articulo 4º.- Condiciones para el uso del Sello de Calidad "Hecho en Peru" de uso nacional e internacional y lemas correspondientes La Autoridad Competente puede otorgar la autorizacion de uso del Sello de Calidad "Hecho en Peru", de uso nacional e internacional, a aquellos productos elaborados o producidos en el MORDAZA, que hayan obtenido la Certificacion de Conformidad con MORDAZA tecnica peruana, extranjera o internacional vigente, otorgada por un Organismo de Evaluacion de la Conformidad autorizado por el Ministerio de la Produccion y siempre que se cumpla con los requisitos senalados en el presente decreto supremo. En defecto

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