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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G37/G38/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de diciembre de 2005 Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y, en el artículo 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la peticionaria ha presentado una Declaración Jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de conservación del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, tratándose de una central hidroeléctrica, la peticionaria se encuentra exceptuada de presentar la garantía de conformidad con lo establecido en el artículo 66º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 164- 2005-DGE-CEL; Estando a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas, y el ítem AE01 del Anexo Nº 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2002-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización por tiempo indefinido, a DUKE ENERGY EGENOR S. en C. por A., que se identificará con código Nº 31137705, para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la Central Hidroeléctrica San Diego, con una potencia instalada de 3240 kW ubicada en el distrito de Santa Cruz, provincia de Huaylas y departamento de Ancash, cuyas característicasprincipales son la siguientes: - Potencia instalada: 3 240 kW - Tipo de turbinas : 01 Francis - Caudal : 16 m3/s - Caída : 24 m - Recurso hídrico : Apr ovechamiento de las aguas del río Santa, a través del reservorio denominado San Diego (Resolución Administrativa Nº 048-2005/ AG.DRAncash/DRHz/AT.) Artículo 2º.- DUKE ENERGY EGENOR S. en C. por A., deberá construir las obras descritas en su solicitud, según el Cronograma de Ejecución de Obras, que contempla el inicio de las obras el 1 de agosto de 2005 y su culminación el 30 de junio de 2007, con la Puesta en Servicio de la central. La falta de ejecución de dichas obras de acuerdo con el Cronograma de Ejecución, conllevará a la cancelación de la presente autorización. Artículo 3º.- La titular está obligada a operar cumpliendo las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación; así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco(5) días calendario siguientes a su expedición; y, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 21950MIMDES /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4A/G65/G66/G65 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G48/G75/G6D/G61/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C /G50/G41/G54/G50/G41/G4C/G20/G46/G65/G6C/G69/G70/G65/G20/G42/G65/G6E/G61/G76/G69/G64/G65/G73/G20/G42/G61/G72/G72/G65/G64/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 824-2005-MIMDES Lima, 28 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial Nº 084-2005-MIMDES de fecha 15 de febrero 2005, se designó al señor JOSE LUIS VELARDE ACOSTA, en el cargo de Jefe de la Unidad de Recursos Humanos del Patronato del Parque de las Leyendas Felipe Benavides Barreda – PATPAL Felipe Benavides Barreda; Que, en consecuencia es necesario aceptar la renuncia presentada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793; en la Ley Nº 27594, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011- 2004-MIMDES, SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar con efectividad al 9 de diciembre del 2005, la renuncia presentada por el señor JOSE LUIS VELARDE ACOSTA, en el cargo de Jefe de la Unidad de Recursos Humanos del Patronato del Parque de las Leyendas Felipe Benavides Barreda – PATPAL Felipe Benavides Barreda, dándosele las gracias por servicios prestados. Artículo 2º- Encargar con efectividad al 9 de diciembre de 2005, al economista ROBERTO ORLANDO DIAZ IZQUIERDO Gerente de Administración del Patronato del Parque de las Leyendas Felipe BenavidesBarreda – PATPAL Felipe Benavides Barreda, las funciones del puesto de Jefe de la Unidad de Recursos Humanos del Patronato del Parque de las Leyendas Felipe Benavides Barreda – PATPAL Felipe Benavides Barreda, en tanto se designe al titular. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 21974 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G79 /G61/G6C/G74/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20 /G49/G6E/G74/G65/G72/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61 /G45/G72/G72/G61/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G46/G6F/G72/G7A/G6F/G73/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 825-2005-MIMDES Lima, 28 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 028-2005- TR de fecha 7 de junio de 2005, se creó la Comisión Nacional Intersectorial para la Erradicación del Trabajo Forzoso, con el objeto de investigar y analizar la problemática del trabajo forzoso y elaborar un Plan de Acción Nacional para la Erradicación del Trabajo Forzoso, la cual está integrada, entre otros, por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES o su representante; Que, por Resolución Suprema Nº 056-2005-TR, de fecha 19 de octubre de 2005, entre otros, se aprobó la etapa de validación social del Plan de Acción Nacional para la Erradicación del Trabajo Forzoso, la que culminará en un plazo de 90 días hábiles extendiéndose la vigencia de la Comisión a que se refiere el considerando precedente, hasta la culminación del citado plazo;