Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2005 (10/02/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 10 de febrero de 2005

Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2556-2003IN-1703-2 del 29SET2003, se impone multa equivalente a Una (01) UIT a la Concesion Minera UEA LA MORDAZA DEL PERU, por infraccion al Art. 179º Inc. g) del D.S. Nº 019-71-IN, Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil, modificado por D.S. Nº 035-84-IN, al haberse constatado que utilizo material explosivo y/o conexos estando con la Autorizacion Eventual vencida, tal y como se consigna en la indicada Resolucion Directoral; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 098-2004IN-1703-2 del 13ENE2004, se declaro DESESTIMADO el Recurso de Reconsideracion interpuesto por la Concesion Minera UEA LA MORDAZA DEL PERU contra la Resolucion Directoral Nº 2556-2003-IN-1703-2 del 29SET2003; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 0585-2004IN-1703-2 del 13ABR2004, se declaro DESESTIMADO el Recurso de Apelacion interpuesto por la Concesion Minera UEA LA MORDAZA DEL PERU contra la Resolucion Directoral Nº 098-2004-IN-1703-2 del 13ENE2004; Que, en vista de haber vencido el plazo para la cancelacion de la multa impuesta, conforme a lo dispuesto en el Art. 182º del D.S. Nº 019-71-IN, Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil, y el Art. 2º de la Resolucion Directoral Nº 2556-2003-IN-1703-2 del 29SET2003, sin que hasta la fecha se efectue su cancelacion; Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior mediante Informe Nº 5510-2004-IN-0203 del 27SET2004; y, De conformidad con lo establecido en el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para que, en nombre y representacion del Estado interponga las acciones judiciales correspondientes contra la Concesion Minera UEA LA MORDAZA DEL PERU, para el cobro del dinero que adeuda por concepto de multa impuesta mediante Resolucion Directoral Nº 2556-2003-IN-17032 del 29SET2003. Articulo 2º.- Remitir al Procurador Publico a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, los antecedentes del caso para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese.

dificado por D.S. Nº 035-84-IN, al haberse constatado que transporto material explosivo y/o conexos en un Convoy de Siete (07) vehiculos, siendo permitido un MORDAZA de Tres (03), tal y como se consigna en la indicada Resolucion Directoral; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 097-2004IN-1703-2 del 13ENE2004, se declaro DESESTIMADO el Recurso de Reconsideracion interpuesto por la empresa TRANSPORTES GROM SAC. contra la Resolucion Directoral Nº 2691-2003-IN-1703-2 del 15OCT2003; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 0584-2004IN-1703-2 del 13ABR2004, se declaro DESESTIMADO el Recurso de Apelacion interpuesto por la empresa TRANSPORTES GROM SAC. contra la Resolucion Directoral Nº 097-2004-IN-1703-2 del 13ENE2004; Que, en vista de haber vencido el plazo para la cancelacion de la multa impuesta, conforme a lo dispuesto en el Art. 182º del D.S. Nº 019-71-IN, Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil, y el Art. 2º de la Resolucion Directoral Nº 2691-2003-IN-1703-2 del 15OCT2003, sin que hasta la fecha se efectue su cancelacion; Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior mediante Informe Nº 5510-2004-IN-0203 del 27SET2004; y, De conformidad con lo establecido en el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para que, en nombre y representacion del Estado interponga las acciones judiciales correspondientes contra la empresa TRANSPORTES GROM SAC., para el cobro del dinero que adeuda por concepto de multa impuesta mediante Resolucion Directoral Nº 2691-2003-IN-1703-2 del 15OCT2003. Articulo 2º.- Remitir al Procurador Publico a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, los antecedentes del caso para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MURAZZO MORDAZA Ministro del Interior 02852

MORDAZA M. MURAZZO MORDAZA Ministro del Interior 02851 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 00201-2005-IN-1703-2 MORDAZA, 4 de febrero del 2005 Visto, el Oficio Nº 14546-2004-IN-1703-2 del 24AG02004, formulado por el Director General de la Direccion de Control de Servicios de Seguridad Privada, Control de MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso CivilDICSCAMEC, solicitando se autorice al Procurador Publico a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, a interponer las acciones legales que correspondan contra la empresa TRANSPORTES GROM SAC., a fin de hacer efectivo el cobro del monto que adeuda por concepto de multa impuesta por la DICSCAMEC. CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil, aprobado con D.S. Nº 019-71-IN, modificado por D.S. Nº 035-84-IN, establece las normas que regulan el uso de Explosivos de Uso Civil; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2691-2003IN-1703-2 del 15OCT2003, se impone multa equivalente a Una (01) UIT a la empresa TRANSPORTES GROM SAC., por infraccion al Art. 112º del D.S. Nº 019-71-IN, Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil, moRESOLUCION MINISTERIAL Nº 0202-2005-IN-1703-2 MORDAZA, 4 de febrero del 2005 Visto, el Oficio Nº 14546-2004-IN-1703-2 del 24AGO2004, formulado por el Director General de la Direccion de Control de Servicios de Seguridad Privada, Control de MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso CivilDICSCAMEC, solicitando se autorice al Procurador Publico a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, a interponer las acciones legales que correspondan contra la empresa INDUSTRIAL SATIPO SAC, a fin de hacer efectivo el cobro del monto que adeuda por concepto de multa impuesta por la DICSCAMEC. CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil, aprobado con D.S. Nº 019-71-IN, modificado por D.S. Nº 035-84-IN, establece las normas que regulan el uso de Explosivos de Uso Civil; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 710-2003IN-1703-2 del 31MAR2003, se impone multa equivalente a Dos (02) UIT a la empresa INDUSTRIAL SATIPO SAC, por infraccion al Art. 179º Inc. g) del D.S. Nº 019-71-IN, Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil, modificado por D.S. Nº 035-84-IN, al haberse constatado que utilizo material explosivo y/o conexos sin contar con la Autorizacion Eventual expedida por DICSCAMEC, tal y como se consigna en la indicada Resolucion Directoral;

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