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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (10/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 16

PÆg. 286586 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de febrero de 2005 Que, mediante Resolución Directoral Nº 2556-2003- IN-1703-2 del 29SET2003, se impone multa equivalentea Una (01) UIT a la Concesión Minera UEA LA FLORDEL PERU, por infracción al Art. 179º Inc. g) del D.S. Nº019-71-IN, Reglamento de Control de Explosivos de UsoCivil, modificado por D.S. Nº 035-84-IN, al haberse cons- tatado que utilizó material explosivo y/o conexos estan- do con la Autorización Eventual vencida, tal y como seconsigna en la indicada Resolución Directoral; Que, mediante Resolución Directoral Nº 098-2004- IN-1703-2 del 13ENE2004, se declaró DESESTIMADOel Recurso de Reconsideración interpuesto por la Conce- sión Minera UEA LA FLOR DEL PERU contra la Resolu- ción Directoral Nº 2556-2003-IN-1703-2 del 29SET2003; Que, mediante Resolución Directoral Nº 0585-2004- IN-1703-2 del 13ABR2004, se declaró DESESTIMADOel Recurso de Apelación interpuesto por la ConcesiónMinera UEA LA FLOR DEL PERU contra la Resolución Directoral Nº 098-2004-IN-1703-2 del 13ENE2004; Que, en vista de haber vencido el plazo para la cance- lación de la multa impuesta, conforme a lo dispuesto enel Art. 182º del D.S. Nº 019-71-IN, Reglamento de Con-trol de Explosivos de Uso Civil, y el Art. 2º de la Resolu-ción Directoral Nº 2556-2003-IN-1703-2 del 29SET2003, sin que hasta la fecha se efectúe su cancelación; Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior mediante In-forme Nº 5510-2004-IN-0203 del 27SET2004; y, De conformidad con lo establecido en el Art. 47º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para que, en nombre y representación del Estado interponga las acciones judiciales correspondientes contra la Con-cesión Minera UEA LA FLOR DEL PERU, para el cobrodel dinero que adeuda por concepto de multa impuestamediante Resolución Directoral Nº 2556-2003-IN-1703-2 del 29SET2003. Artículo 2º.- Remitir al Procurador Público a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, losantecedentes del caso para los fines de su competen-cia. Regístrese, comuníquese y publíquese. FÉLIX M. MURAZZO CARRILLO Ministro del Interior 02851 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00201-2005-IN-1703-2 Lima, 4 de febrero del 2005 Visto, el Oficio Nº 14546-2004-IN-1703-2 del 24AG02004, formulado por el Director General de la Di-rección de Control de Servicios de Seguridad Privada,Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil-DICSCAMEC, solicitando se autorice al Procurador Pú-blico a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, a interponer las acciones legales que corres- pondan contra la empresa TRANSPORTES GROMSAC., a fin de hacer efectivo el cobro del monto queadeuda por concepto de multa impuesta por la DICSCA-MEC. CONSIDERANDO:Que, el Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil, aprobado con D.S. Nº 019-71-IN, modificado porD.S. Nº 035-84-IN, establece las normas que regulan eluso de Explosivos de Uso Civil; Que, mediante Resolución Directoral Nº 2691-2003- IN-1703-2 del 15OCT2003, se impone multa equivalentea Una (01) UIT a la empresa TRANSPORTES GROMSAC., por infracción al Art. 112º del D.S. Nº 019-71-IN,Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil, mo-dificado por D.S. Nº 035-84-IN, al haberse constatado que transportó material explosivo y/o conexos en unConvoy de Siete (07) vehículos, siendo permitido unmáximo de Tres (03), tal y como se consigna en la indi-cada Resolución Directoral; Que, mediante Resolución Directoral Nº 097-2004- IN-1703-2 del 13ENE2004, se declaró DESESTIMADO el Recurso de Reconsideración interpuesto por la empre-sa TRANSPORTES GROM SAC. contra la ResoluciónDirectoral Nº 2691-2003-IN-1703-2 del 15OCT2003; Que mediante Resolución Ministerial Nº 0584-2004- IN-1703-2 del 13ABR2004, se declaró DESESTIMADO el Recurso de Apelación interpuesto por la empresa TRANSPORTES GROM SAC. contra la Resolución Di-rectoral Nº 097-2004-IN-1703-2 del 13ENE2004; Que, en vista de haber vencido el plazo para la cance- lación de la multa impuesta, conforme a lo dispuesto enel Art. 182º del D.S. Nº 019-71-IN, Reglamento de Con- trol de Explosivos de Uso Civil, y el Art. 2º de la Resolu- ción Directoral Nº 2691-2003-IN-1703-2 del 15OCT2003,sin que hasta la fecha se efectúe su cancelación; Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior mediante In-forme Nº 5510-2004-IN-0203 del 27SET2004; y, De conformidad con lo establecido en el Art. 47º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Ley Nº 17537,modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior paraque, en nombre y representación del Estado interpongalas acciones judiciales correspondientes contra la em-presa TRANSPORTES GROM SAC., para el cobro deldinero que adeuda por concepto de multa impuesta me- diante Resolución Directoral Nº 2691-2003-IN-1703-2 del 15OCT2003. Artículo 2º.- Remitir al Procurador Público a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, losantecedentes del caso para los fines de su competen-cia. Regístrese, comuníquese y publíquese. FÉLIX M. MURAZZO CARRILLO Ministro del Interior 02852 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0202-2005-IN-1703-2 Lima, 4 de febrero del 2005 Visto, el Oficio Nº 14546-2004-IN-1703-2 del 24AGO2004, formulado por el Director General de la Dirección de Control de Servicios de Seguridad Privada,Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil-DICSCAMEC, solicitando se autorice al Procurador Pú-blico a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio delInterior, a interponer las acciones legales que corres- pondan contra la empresa INDUSTRIAL SATIPO SAC, a fin de hacer efectivo el cobro del monto que adeuda porconcepto de multa impuesta por la DICSCAMEC. CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil, aprobado con D.S. Nº 019-71-IN, modificado porD.S. Nº 035-84-IN, establece las normas que regulan el uso de Explosivos de Uso Civil; Que, mediante Resolución Directoral Nº 710-2003- IN-1703-2 del 31MAR2003, se impone multa equivalentea Dos (02) UIT a la empresa INDUSTRIAL SATIPO SAC,por infracción al Art. 179º Inc. g) del D.S. Nº 019-71-IN,Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil, mo- dificado por D.S. Nº 035-84-IN, al haberse constatado que utilizó material explosivo y/o conexos sin contar conla Autorización Eventual expedida por DICSCAMEC, taly como se consigna en la indicada Resolución Direc-toral;