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PÆg. 286587 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de febrero de 2005 Que mediante Resolución Ministerial Nº 1536-2003- IN-1703-2 del 5SET2003, se declaró INFUNDADO elRecurso de Apelación interpuesto por la empresa IN-DUSTRIAL SATIPO SAC. contra la Resolución Directo-ral Nº 710-2003-IN-1703-2 del 31MAR2003; Que, en vista de haber vencido el plazo para la cance- lación de la multa impuesta, conforme a lo dispuesto en el Art. 182º del D.S. Nº 019-71-IN, Reglamento de Con-trol de Explosivos de Uso Civil, y el Art. 2º de la Resolu-ción Directoral Nº 710-2003-IN-1703-2 del 31MAR2003,sin que hasta la fecha se efectúe su cancelación; Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior mediante In- forme Nº 5510-2004-IN-0203 del 27SET2004; y, De conformidad con lo establecido en el Art. 47º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Ley Nº 17537,modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior paraque, en nombre y representación del Estado interpongalas acciones judiciales correspondientes contra la em- presa INDUSTRIAL SATIPO SAC, para el cobro del di- nero que adeuda por concepto de multa impuesta me-diante Resolución Directoral Nº 710-2003-IN-1703-2 del31MAR2003. Artículo 2º.- Remitir al Procurador Público a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, los antecedentes del caso para los fines de su competen- cia. Regístrese, comuníquese y publíquese.FÉLIX M. MURAZZO CARRILLO Ministro del Interior 02853 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0203-2005-IN-1703-2 Lima, 4 de febrero del 2005 Visto, el Oficio Nº 14546-2004-IN-1703-2 del 24AGO2004, formulado por el Director General de la Dirección de Control de Servicios de Seguridad Privada, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil-DICSCAMEC, solicitando se autorice al Procurador Pú-blico a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio delInterior, a interponer las acciones legales que corres-pondan contra la empresa DYNO NOBEL DEL PERU S.A., a fin de hacer efectivo el cobro del monto que adeu- da por concepto de multa impuesta por la DICSCAMEC. CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil, aprobado con D.S. Nº 019-71-IN, modificado porD.S. Nº 035-84-IN, establece las normas que regulan eluso de Explosivos de Uso Civil; Que, mediante Resolución Directoral Nº 2581-2002- IN-1703-2 del 31DIC2002, se impone multa equivalente a Tres (03) UIT a la empresa DYNO NOBEL DEL PERU S.A, por infracción al Art. 179º Incs. g) y k) del D.S. Nº019-71-IN, Reglamento de Control de Explosivos de UsoCivil, modificado por D.S. Nº 035-84-IN, al haberse cons-tatado que efectuó reiteradamente transbordo de mate-rial explosivo y/o conexos en zonas urbanas y transpor- te de los mismos en vehículos no autorizados, tal y como se consigna en la indicada Resolución Directoral; Que, en vista de haber vencido el plazo para la cance- lación de la multa impuesta, conforme a lo dispuesto enel Art. 182º del D.S. Nº 019-71-IN, Reglamento de Con-trol de Explosivos de Uso Civil, y el Art. 2º de la Resolu- ción Directoral Nº 2851-2002-IN-1703-2 del 31DIC2002, sin que hasta la fecha se efectúe su cancelación; Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior mediante In-forme Nº 5510-2004-IN-0203 del 27SET2004; y,De conformidad con lo establecido en el Art. 47º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Ley Nº 17537,modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior paraque, en nombre y representación del Estado interpongalas acciones judiciales correspondientes contra la em-presa DYNO NOBEL DEL PERU S.A., para el cobro deldinero que adeuda por concepto de multa impuesta me- diante Resolución Directoral Nº 2851-2002-IN-1703-2 del 31DIC2002. Artículo 2º.- Remitir al Procurador Público a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, losantecedentes del caso para los fines de su competen-cia. Regístrese, comuníquese y publíquese. FÉLIX M. MURAZZO CARRILLO Ministro del Interior 02854 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0204-2005-IN-1703-2 Lima, 4 de febrero del 2005 Visto, el Oficio Nº 14546-2004-IN-1703-2 del 24AGO2004, formulado por el Director General de laDirección de Control de Servicios de Seguridad Privada,Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil- DICSCAMEC, solicitando se autorice al Procurador Pú- blico a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio delInterior, a interponer las acciones legales que corres-pondan contra la CIA. MINERA PINAYA S.A., a fin dehacer efectivo el cobro del monto que adeuda por con-cepto de multa impuesta por la DICSCAMEC. CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil, aprobado con D.S. Nº 019-71-IN, modificado porD.S. Nº 035-84-IN, establece las normas que regulan eluso de Explosivos de Uso Civil; Que, mediante Resolución Directoral Nº 1065-2004- IN-1703-2 del 20MAY2004, se impone multa equivalente a Diez (10) Sueldos Mínimos Vitales a la CIA. MINERA PINAYA S.A., por infracción al Art. 179º Inc. g) del D.S. Nº019-71-IN, Reglamento de Control de Explosivos de UsoCivil, modificado por D.S. Nº 035-84-IN, al haberseconstatado que utilizó material explosivo y/o conexosestando con la Autorización Eventual vencida, tal y como se consigna en la indicada Resolución Directoral; Que, en vista de haber vencido el plazo para la cance- lación de la multa impuesta, conforme a lo dispuesto enel Art. 182º del D.S. Nº 019-71-IN, Reglamento de Con-trol de Explosivos de Uso Civil, y el Art. 2º de la Resolu-ción Directoral Nº 1065-2004-IN-1703-2 del 20MAY2004, sin que hasta la fecha se efectúe su cancelación; Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior mediante In-forme Nº 5510-2004-IN-0203 del 27SET2004; y, De conformidad con lo establecido en el Art. 47º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior paraque, en nombre y representación del Estado interpongalas acciones judiciales correspondientes contra la em-presa CIA. MINERA PINAYA S.A., para el cobro del dine- ro que adeuda por concepto de multa impuesta median- te Resolución Directoral Nº 1065-2004-IN-1703-2 del20MAY2004. Artículo 2º.- Remitir al Procurador Público a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, los