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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JULIO DEL AÑO 2005 (29/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 22

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G38/G31/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 29 de julio de 2005 Que, con Oficio Nº 1521-2005-GP-RENIEC de fecha 20 de julio 2005, la Gerencia de Procesos alcanza el reque-rimiento y especificaciones técnicas para la exoneraciónpor causal desabastecimiento inminente del servicio dedigitalización de DNI; Que, por su parte, la Subgerencia de Logística con Informe Nº 786-2005-SGLS-GAD/RENIEC, comunica que,habiendo realizado el estudio de mercado se obtuvo elvalor referencial para el Servicio de Digitalización del DNIpor el plazo de cuatro (4) meses de acuerdo a lo requeridopor el área usuaria, el mismo que asciende a la suma deS/. 2,142,000.00 (Dos millones ciento cuarenta y dos mil y00/100 Nuevos Soles) incluido el Impuesto General a lasVentas, correspondiendo a un proceso de selección porConcurso Público, conforme a las normas de contratacio-nes y adquisiciones públicas vigentes; Que, la Gerencia de Planificación y Presupuesto me- diante Oficio Nº 1098-2005-GPP-RENIEC, otorga cobertu-ra presupuestaria por el monto señalado, siendo financia-do con Recursos Directamente Recaudados, para la aten-ción del citado servicio; Que, la Jefatura Nacional, ejerce la Titularidad del Plie- go Presupuestario del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurí- dica y a lo expuesto en el Acta del Comité Técnico Econó-mico del RENIEC, de fecha 21 de julio de 2005; en uso delas atribuciones conferidas en la Ley Nº 26497 - Ley Orgá-nica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil yde conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del artículo11º del Reglamento de Organización y Funciones, aproba-do mediante Resolución Jefatural Nº 530-2003-JEF/RE-NIEC, de fecha 7 de noviembre del 2003; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la exoneración por la causal de desabastecimiento inminente del proceso de selección porConcurso Público destinado a la contratación del Serviciode Digitalización del DNI, el mismo que se encuentra inclui-do en Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones delRENIEC, toda vez que, concurren los presupuestos de ley.La presente exoneración tendrá un valor referencial deS/. 2,142,000.00 (Dos millones ciento cuarenta y dos mil y00/100 Nuevos Soles), incluido el Impuesto General a lasVentas, monto que se encuentra debidamente presupues-tado, siendo financiado con Recursos Directamente Re-caudados y tendrá un plazo máximo de cuatro (4) meses ohasta que quede consentido el otorgamiento de la buenapro del proceso de selección exonerado mediante la pre-sente Resolución, lo que ocurra primero. Artículo 2º.- La Gerencia de Procesos reducirá en la misma cantidad el requerimiento del Concurso Público ini-ciado en el mes de mayo para la prestación del servicio deDigitalización del DNI. Artículo 3º.- Autorizar a la Gerencia de Administración proceda a la contratación indicada mediante acciones in-mediatas y conforme a lo prescrito por las normas de con-trataciones y adquisiciones del Estado. Artículo 4º.- Disponer a la Gerencia de Administración efectúe la publicación de la presente Resolución en elSEACE, así como en el Diario Oficial El Peruano dentro delos diez (10) días hábiles siguientes a su emisión y remitauna copia de la misma y de los informes que la sustentan ala Contraloría General de la República y al Consejo Supe-rior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentrodel mismo plazo. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 13413 SBS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65 /G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G64/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN SBS Nº 1105-2005 San Isidro, 26 de julio de 2005EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES VISTO:Lo señalado en el Informe Nº 009-2005-SAAJ emitido por la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica so-bre la contratación del Dr. Juan Monroy Galvez; y, CONSIDERANDO:Que, como consecuencia del sometimiento del Banco Nuevo Mundo a regímenes especiales, se hace necesariointerponer las siguientes acciones judiciales en las cualesla Superintendencia de Banca, Seguros y AdministradorasPrivadas de Fondos de Pensiones es parte involucrada: - Medida cautelar a solicitarse por la SBS en el proceso contencioso administrativo iniciado contra el tribunal regis-tral a fin que se declare la nulidad de la Resolución Nº 709-2004-SUNARP-TR-L de fecha 2 de diciembre de 2004. - Intervención de la SBS como Tercero Coadyuvante en el proceso judicial iniciado por Nuevo Mundo Holding con-tra David Levy Peso y otros sobre Convocatoria de JuntaGeneral de Accionistas, ante el Juzgado Mixto de LaMolina y Cieneguilla. Expediente Nº 44-2004-NC. - Medida Cautelar y Demanda Declarativa a interpo- nerse a fin de bloquear eventuales demandas como lainterpuesta por Nuevo Mundo Holding en el Juzgado Mixtode La Molina. - Proceso judicial iniciado por Nuevo Mundo Holding contra la SBS sobre Indemnización, a fin de que les paguepor dicho concepto la suma de US$ 500 000 000,00 (Qui-nientos Millones y 00/100 dólares americanos). ExpedienteNº 7277-2005-6to. Juzgado Civil Que, los servicios a contratarse deben ser prestados por un profesional especialista en derecho procesal civil,que cuente con experiencia, habilidad y conocimientosespecializados en los temas materia de las contratacionesy que cuente con reconocimiento en el medio que generela confianza suficiente a la Alta Dirección de esta Superin-tendencia, por la importancia y confidencialidad de los te-mas a tratar; los cuales constituyen cualidades inherentesa la persona que califican estos servicios como personalísi-mos; Que en tal sentido, el doctor Juan Federico Monroy Gálvez es un abogado especializado en derecho procesalcivil, profesor en las facultades de derecho de las univer-sidades más prestigiosas del país, ha participado comoexpositor en diversos seminarios en materia de derechoprocesal civil y ha escrito artículos y libros sobre dicha ma-teria, lo cual lo acredita como un experto en la mencionadarama del derecho y actualmente viene patrocinando losprocesos civiles relacionados con la liquidación del BancoNuevo Mundo, lo cual le otorga una ventaja sobre otrosprofesionales del medio que pudieran realizar el servicio,ya que tiene conocimiento sobre la situación y manejo delos procesos judiciales relacionados con la liquidación delBanco Nuevo Mundo y que pudieran tener relación con losprocesos judiciales para cuyo patrocinio se le contrata; Que, hay que tener en consideración que el citado profesional tiene más de 15 años de ejercicio profesional,ha participado en las comisiones encargadas de la elabo-ración del Código Procesal Civil y es miembro de diversasinstituciones dedicadas al estudio y desarrollo del derechoprocesal civil. Asimismo ha ejercido el cargo de Juez yVocal en el Poder Judicial, lo que acredita su conocimientoteórico–práctico del derecho procesal civil. Como se puedeapreciar, su perfil profesional en conjunto evidencia que elreferido profesional cuenta con experiencia suficiente, des-treza en su profesión, conocimientos especializados y re-conocido prestigio en el mercado para encargársele losprocesos judiciales mencionados en los considerandos pre-cedentes, todo lo cual genera confianza a la Alta Direcciónde la institución respecto a la calidad de los servicios abrindar y su solvencia moral; Como se puede apreciar, el doctor Juan Federico Mon- roy Gálvez es un profesional notoriamente especializadoen derecho procesal, que cuenta con un reconocido pres-tigio en el mercado y cuya evidenciada destreza, habilidady experiencia en la rama del derecho procesal, sumado asu conocimiento en los temas para cuyo efecto se le con-trata, hacen que sea el proveedor idóneo para la presta-ción de los servicios, haciendo inviable su comparacióncon otros profesionales existentes en el mercado;