Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2005 (09/06/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

Pag. 294386

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 9 de junio de 2005

porte Departamental - PROVIAS DEPARTAMENTAL, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 10698

Precisan Derecho de Via en diversas Carreteras
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 348-2005 MTC/02 MORDAZA, 6 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que, el articulo 3º del Decreto Ley Nº 20081 establece que la faja de dominio o derecho de via, comprende el area de terreno en que se encuentra la carretera y sus obras complementarias, los servicios y zonas de seguridad para los usuarios y las previsiones para futuras obras de ensanche y mejoramiento; Que, de conformidad con el articulo 4º del Decreto Ley Nº 20081 corresponde al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, hoy Ministerio de Transportes y Comunicaciones, fijar el derecho de via, en atencion a la categoria y clasificacion de las carreteras, asi como a las caracteristicas topograficas de las regiones en las que se ejecuten los proyectos viales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 09-95-MTC se aprobo el Clasificador de Rutas del MORDAZA, estableciendose que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Resolucion Ministerial actualizara el referido Clasificador de Rutas; Que, mediante Informe Nº 060-2005-MTC/14.03, de la Direccion de Desarrollo Vial de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, se indica que los tramos: 1.- Puerto San MORDAZA de Marcona - Urcos. 2.- Urcos Quincemil - MORDAZA Inambari. 3.- 3.1) MORDAZA Inambari MORDAZA Rosa. 3.2) MORDAZA MORDAZA - Inapari. 4.- Pte. InambariAzangaro. 5.- 5.1) Matarani - Azangaro, 5.2) Ilo - Juliaca, se encuentran ubicados en los departamentos de Ica, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA,
TRAMO 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 DESCRIPCION RUTAS

MORDAZA y MORDAZA, habiendose determinado el derecho de via que les corresponde, segun lo dispuesto en la Resolucion Suprema Nº 333 del 8.10.1947 que aprueba las Normas Tecnicas para Estudios y Construccion de Caminos y el Manual de Diseno Geometrico de Carreteras del ano 2001, aprobado por Resolucion Directoral Nº 143-2001-MTC/15.17, de acuerdo al cual el ancho minimo absoluto de la faja de dominio o derecho de via para una carretera de dos carriles (2da. clase) debe ser de 20 m. (10 m. a cada lado del eje de la via) para tramos en propiedad privada y en los terrenos de propiedad fiscal sera de 50 m. (25 m. a cada lado del eje de la via) el mismo que se extendera en terrenos de topografia quebrada hasta 5 m. mas alla del borde de los cortes, del pie de los terraplenes o del borde mas alejado de las obras de drenaje se construyan; por lo que recomienda, de conformidad con las Normas indicadas, se precise el derecho de via de las carreteras senaladas; Que, en el Informe Nº 081-2005-MTC/14.03, de la Direccion de Desarrollo Vial de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles se precisa que por Resolucion Ministerial Nº 718-03-MTC/02 se aprobo el derecho de via de la carretera Chalhuanca - Abancay (Ruta 26), de 20 m. (10m a cada lado del eje de la via) ; asimismo por Resolucion Directoral Nº 189-94-MTC/15.14 se aprobo el Expediente Tecnico de los Estudios de Ingenieria para la Rehabilitacion y Mejoramiento de la carretera MORDAZA - Juliaca, Tramo II, estableciendose en la misma Resolucion el derecho via en 20 m. (10 m. a cada lado del eje de la via); y por Resolucion Directoral Nº 271-94-MTC/15.14 se aprobo el Expediente Tecnico del Estudio Definitivo de Ingenieria para la Rehabilitacion de la carretera Pto. MORDAZA - Iberia Inapari, Tramo I, el mismo que fija el derecho de via en 50 m. (25 m. a cada lado del eje de la via); Que, con Memorandum Nº 1260-2005-MTC/14, la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, solicita se expida la Resolucion Ministerial que precise el derecho de via MORDAZA descrito; Que, en consecuencia, considerando el MORDAZA legal MORDAZA senalado, resulta necesario precisar el derecho de via de los mencionados tramos; De conformidad por lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 20081, Ley Nº 27791, Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Precisar el Derecho de Via de las Carreteras, que se indican conforme al siguiente detalle:
LONGITUD Km. 39.688 38.100 706.103 300.000 42.500 368.206 262.061 25.600 35.856 57.958 14.645 1.000 41.010 220.409 23.859 37.512 44.497 46.650 99.342 162.880 48.282 2616.158 DEPARTAMENTO Ica Ica Ica - Ayacucho- MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA de MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA DERECHO DE VIA 40 m. (20m. a c/lado del eje de la via). 40 m. (20m. a c/lado del eje de la via). 20 m. (10m. a c/lado del eje de la via). 24 m. (12m. a c/lado 24 m. (12m. a c/lado 50 m. (25m. a c/lado 24 m. (12m. a c/lado 20 m. (10m. a c/lado 24 m. (12m. a c/lado 20 m. (10m. a c/lado 40 m. (20m. a c/lado 20 m. (10m. a c/lado 40 m. (20m. a c/lado 20 m. (10m. a c/lado 20 m. (10m. a c/lado 20 m. (10m. a c/lado 20 m. (10m. a c/lado 40 m. (20m. a c/lado 20 m. (10m. a c/lado 24 m. (12m. a c/lado 20 m. (10m. a c/lado del del del del del del del del del del del del del del del del del del eje eje eje eje eje eje eje eje eje eje eje eje eje eje eje eje eje eje de de de de de de de de de de de de de de de de de de la la la la la la la la la la la la la la la la la la via). via). via). via). via). via). via). via). via). via). via). via). via). via). via). via). via). via).

Puerto San MORDAZA de Marcona - Emp. R 1S (Km 483+100) 026 Emp. R 1S (Km 483+100) - Vista MORDAZA (Emp. Ruta 26) 001 N (Km 445+000) Vista MORDAZA (Nazca) - Chalhuanca - Abancay - MORDAZA 026 - 003S Urcos (Emp. Ruta 26) Urcos - Pte. Inambari 026 B Pte. Inambari - MORDAZA MORDAZA 026 B MORDAZA MORDAZA - Pto. MORDAZA - Inapari 026B Pte. Inambari - Macusani - San MORDAZA 030 San MORDAZA - Huillachuctani (Emp. R523) 030 Huillachuctani (Emp. R30) - Azangaro 523 Pto. Matarani - Emp. R1S 030 Emp. R1S - Reparticion 003S Reparticion (Km 0+000) - Km 1+000 (R 030) 030 Km. 1+000 (R 030) - MORDAZA 030 MORDAZA - Yura - Patahuasi - Juliaca 028 - 030 Juliaca - MORDAZA 003S MORDAZA - Azangaro 531 Pto. Ilo - Emp. R 1S (Km 1186.350) 034 Emp. R 1S (Km 1186+350) - Pte. MORDAZA (Km 1139+700) 001S Pte. MORDAZA - MORDAZA - Humalzo 034 Humalzo - MORDAZA 032 MORDAZA - Juliaca 003S TOTAL ACUMULADO

Articulo Segundo.- El Derecho de Via a que se contrae el articulo precedente en terrenos de topografia quebrada se extendera hasta 5 m. mas alla del borde de los cortes, del pie de los terraplenes o del borde mas alejado de las obras de drenaje. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 10601

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.