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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (09/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 25

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G34/G33/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 9 de junio de 2005 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G2D/G76/G69/G6C/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 350-2005-MTC/02 Lima, 7 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece quepara el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivoSector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia N° 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público, de funcionarios, servidores públicos o represen-tantes del Poder Ejecutivo, a que se refieren el primer y segundo párrafo del artículo 1° de la Ley N° 27619, que- dan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibición queno es aplicable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, así como la Dirección de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones, en cuyos casos los viajes serán autorizados a través de resolución del Titular del Pliego respectivo, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano antes del inicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internaciona- les establecidos en el Convenio de Chicago sobre Avia-ción Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigi-lancia sobre la seguridad operacional a través de la eje- cución de inspecciones técnicas a los explotadores aé- reos en el país, basado en las disposiciones estableci-das en el citado Convenio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Aero Transporte S.A., con Carta ATSA OPER INST.- 078-05, del 11 de mayo de 2005, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspon- diente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Eva-luación de Personal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Su-premo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo PA-42 Piper Cheyenne III,en el Centro de Entrenamiento de Flight Safety, de la ciudad de Lakeland, Florida, a su personal aeronáutico propuesto, durante el día 15 de junio de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nº 14211 y 14212, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondienteal Procedimiento a que se refiere el considerando ante- rior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empre- sa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viá-ticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Direc- ción General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Ordende Inspección Nº 0975-2005-MTC/12.04-SDO desig- nando al Inspector Victor Augusto Fajardo Camero, para realizar los chequeos técnicos en simulador devuelo del equipo PA-42 Piper Cheyenne III, en el Cen- tro de Entrenamiento de Flight Safety, al personal aeronáutico propuesto por la empresa Aero Transpor-te S.A., en la ciudad de Lakeland, Florida, Estados Unidos de América, durante los días 14 al 16 de junio de 2005;Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las fun- ciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento,pueda realizar los chequeos técnicos a que se contrae la Orden de Inspección Nº 0975-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supre- mo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Victor Augusto Fajardo Camero, Inspector de la Dirección Ge- neral de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Lakeland, Florida, Esta-dos Unidos de América, durante los días 14 al 16 de junio de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Aero Transporte S.A. a través de los Reci-bos de Acotación Nº 14211 y 14212, abonados a la Di- rección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por con-cepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuer- do al siguiente detalle: Viáticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector men- cionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministe-rial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despa- cho Ministerial, con copia a la Oficina General de Adminis-tración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados ob- tenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere- chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 10646 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G72/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G62/G61/G6E/G64/G61/G73/G20/G64/G65 /G66/G72/G65/G63/G75/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G61/G74/G72/G69/G62/G75/G69/G64/G61/G73/G20/G61/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G61/G2D /G64/G69/G6F/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G6C/G6F/G63/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G63/G75/G79/G61/G73/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G2D /G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G62/G65/G72/GE1/G6E/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G72/G73/G65/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 993-2005-MTC/17 Lima, 30 de mayo de 2005 CONSIDERANDO:Que, el artículo 16º de la Ley de Radio y Televisión establece las modalidades bajo las cuales se otorganlas autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión, éstas son, solicitud de parte y concurso público, esta última de carácter obligatorio cuando lacantidad de frecuencias o canales disponibles en una determinada banda o localidad es inferior al número de solicitudes; Que, por su parte el artículo 40º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión dispone que las autorizacio- nes del servicio de radiodifusión se otorguen medianteconcurso público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes; Que, el artículo 41º del referido Reglamento estable- ce que por resolución de la Dirección General de Ges- tión de Telecomunicaciones se señalarán las bandas defrecuencias y localidades en las cuales las respectivas