Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2005 (15/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, miercoles 15 de junio de 2005

NORMAS LEGALES

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mediante acciones inmediatas, debiendo tal exoneracion aprobarse mediante resolucion del Titular del Pliego de la Entidad. A tenor del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 147º de su Reglamento, MORDAZA de la resolucion que aprueba la exoneracion y los informes que la sustentan deben ser remitidos a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion y publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez dias habiles de su emision u adopcion. Adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE. Segun lo indicado por la Oficina Legal, los motivos expuestos precedentemente, en especial aquel referido a que la empresa Standard & Poor's es titular de los derechos de autor y distribuidor unico y exclusivo en el MORDAZA del servicio que se requiere contratar, permiten concluir que este no admite sustituto, por lo que se enmarca dentro de lo dispuesto en el inciso e) del articulo 19º de la citada Ley. El monto anual de la contratacion ascendente a US$ 17 248,24, incluido impuestos, determina la exoneracion de un MORDAZA de adjudicacion directa, atendiendo a los montos aprobados por el Directorio para el presente ejercicio presupuestal, al MORDAZA de lo establecido en el articulo 11º de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2005. Se ha cumplido con las exigencias contenidas en el articulo 146º del Reglamento MORDAZA citado, por lo que corresponde a esta Gerencia General aprobar la exoneracion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de adjudicacion directa la suscripcion por un ano al servicio de calificacion de riesgos mencionado en la parte considerativa de la presente resolucion, por cuanto este no admite sustituto. Articulo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion para que contrate el servicio MORDAZA indicado con la empresa Standard & Poor's, por el periodo de un ano y por el valor referencial de US$ 17 248,24, incluido impuestos, mediante acciones inmediatas y con cargo a los recursos de esta Institucion. Articulo 3º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y comunicarla oportunamente a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, conjuntamente con los informes que sustentan la exoneracion. Adicionalmente, debera publicarse a traves del SEACE. MORDAZA, 10 de junio del 2005 MORDAZA ROSSINI MINAN Gerente General 10908

ra por los miembros de los colegios profesionales del MORDAZA, convocadas para el MORDAZA 19 de junio de 2005 y el Oficio Nº 1652-2005-SG/JNE, de la Secretaria General del MORDAZA Nacional de Elecciones, de fecha 13 de junio de 2005 y el Memorando Nº 1032-2005-GAF/ONPE; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 2º de la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales Nº 26487, es funcion esencial del citado organismo electoral velar por la obtencion de la fiel y libre expresion de la voluntad popular manifestada a traves de los procesos electorales, de referendum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 19º de la Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, Nº 26397 y al articulo 2º del Reglamento para la Eleccion de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los colegios profesionales del MORDAZA, aprobado mediante Resolucion del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 491-2004-CNM, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, mediante Resolucion Jefatural Nº 009-2005-J/ONPE de fecha 18 de enero de 2005, ha convocado a elecciones para designar a los Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los colegios profesionales del MORDAZA, para el dia 19 de junio de 2005; Que, a traves del Informe Nº 103-2005-GP/ONPE de fecha 2 de junio de 2005, recibida la confirmacion de los locales de votacion por los Jefes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, la Gerencia de Planeamiento de la ONPE propone la designacion de coordinadores de local de votacion para este MORDAZA, en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales de MORDAZA, Chiclayo, MORDAZA, Ica, MORDAZA y Trujillo; Que, en el concurso publico de meritos, con fecha 8 de junio de 2005, se publico en el Diario Oficial El Peruano, la Resolucion Jefatural Nº 155-2005-J/ONPE, de fecha 7 de junio de 2005, conteniendo la relacion de personas preseleccionadas para desempenar el cargo de Coordinador de Local de Votacion en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales de MORDAZA, Chiclayo, MORDAZA, Ica, MORDAZA y MORDAZA, en el MORDAZA de la eleccion de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los colegios profesionales del MORDAZA, de conformidad con el articulo 49º de la Ley Organica de Elecciones, Nº 26859; Que, a traves del Memorando Nº 1032-2005-GAF/ ONPE recibido con fecha 9 de junio de 2005, la Comision de Seleccion designada mediante Resolucion Jefatural Nº 071-2005-J/ONPE, ha tomado conocimiento del contenido del Informe Nº 001-2005-CPI/ONPE de fecha 26 de MORDAZA de 2005, emitido por la Comision de Procesos Investigatorios relacionada al Informe Nº 012-2004-GCI/ ONPE, en el que concluye que existe responsabilidad administrativa funcional en personas contratadas bajo la modalidad de locacion de servicios durante el MORDAZA de Elecciones Regionales y Municipales 2002, y recomienda tener en cuenta la relevancia de los hechos materia de su informe, a efectos de considerarlos como demerito en futuros procesos de seleccion, motivo por el cual se ha procedido a excluir a esas personas de la relacion de seleccionados aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 155-2005-J/ONPE; Que, mediante Oficio Nº 1652-2005-SG/JNE, de fecha 13 de junio de 2005, el Secretario General del MORDAZA Nacional de Elecciones comunica a la Secretaria General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, que, vencido el plazo legal, no se han presentado tachas contra las personas seleccionadas que fueron materia de la Resolucion Jefatural Nº 155-2005-J/ONPE; Que, en consecuencia, resulta necesario designar a las personas que desempenaran las funciones de Coordinador de Local de Votacion en el MORDAZA electoral MORDAZA mencionado y en las precitadas circunscripciones de la Republica; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 5º literales c) y g) de la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales Nº 26487 y el articulo 9º literal u) de su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 051-2004-J/ ONPE, modificado por Resoluciones Jefaturales Nº 2012004-J/ONPE y Nº 252-2004-J/ONPE; Con el visado de la Gerencia de Asesoria Juridica.

ONPE
Designan Coordinadores de Locales de Votacion en Oficinas Descentralizadas de MORDAZA, Chiclayo, MORDAZA, Ica, MORDAZA y MORDAZA para eleccion de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura
RESOLUCION JEFATURAL Nº 161-2005-J/ONPE MORDAZA, 13 de junio de 2005 Vistos; el Informe Nº 103-2005-GP/ONPE de fecha 2 de junio de 2005, las Actas de las Comisiones de Seleccion Descentralizada conformadas para el MORDAZA de seleccion de los Coordinadores de Local de Votacion en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales de MORDAZA, Chiclayo, MORDAZA, MORDAZA, Ica y MORDAZA, para la Eleccion de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratu-

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