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PÆg. 294816 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de junio de 2005 de Itapúa, con gran capacidad de relaciones en el ámbito empresarial y social; Vista la Hoja de Trámite (GPX) Nº 381 de fecha 25 de enero del presente año, del Gabinete de Coordinación del Secretario de Política Exterior, a través de la cual se otorga la conformidad a la propuesta de nombramiento del señor Jorge Velásquez Jaramillo como Cónsul Honorario del Perú en Ciudad del Este, Paraguay; Considerando la opinión favorable de la Embajada del Perú en la República del Paraguay y la opinión favorable de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Ex- terior del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el sentido que procede el nombramiento del señor Jorge Velásquez Jaramillo como Cónsul Honorario del Perú en Ciudad del Este, República del Paraguay; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º, inciso 11, de la Constitución Política del Perú; en los artículos 115º, 136º y 138º del Reglamento Consular del Perú; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar Cónsul Honorario del Perú en Ciudad del Este, República del Paraguay, al señor Jorge Velásquez Jaramillo, con jurisdicción en los departa- mentos de Alto Paraná e Itapúa. Artículo Segundo.- Extender las Letras Patentes co- rrespondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 11145 Autorizan al INGEMMET y al CONCYTEC el pago de cuotas a diver- sos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 128-2005-RE Lima, 16 de junio de 2005 VISTO:El Oficio Nº 047-2005-INGEMMET-DE, de 28 de marzo de 2005, del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET, en el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de las cuotas año 2005 a la Comisión de la Carta Geológica del Mundo (CCGM) y a la Unión Interna- cional de Ciencias Geológicas (IUGS); CONSIDERANDO:Que, el artículo 67º numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto para el Año Fiscal 2005, autoriza a las entidades del Sector Públi- co a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacio- nales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de ma- nera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de las cuotas del año 2005 a los mencionados organismos internacionales, con cargo al presupuesto del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Geológico Minero y Metalúrgico (INGEMMET) a efectuar el pago de cuotasdel año 2005, a los siguientes organismos internaciona- les: ORGANISMOS IMPORTE COMISIÓN DE LA CARTA GEOLÓGICA DEL MUNDO US$ 469.00 (CCGM) (Dólares americanos) UNIÓN INTERNACIONAL DE CIENCIAS GEOLÓGICAS 600.00 (IUGS) (Euros) Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al presupuesto del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico (INGEMMET). Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 11146 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 129-2005-RE Lima, 16 de junio de 2005VISTO:El Oficio Nº 184-2005-CONCYTEC-P, de 15 de abril de 2005, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Inno- vación Tecnológica - CONCYTEC, en el que solicita al Mi- nisterio de Relaciones Exteriores la expedición de la Reso- lución Suprema que autorice el pago de la cuota 2005 alCentro Latinoamericano de Física (CLAF); CONSIDERANDO:Que, el artículo 67º, numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto para el Año Fiscal 2005, autoriza a las entidades del Sector Públi- co a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacio- nales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de ma- nera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota año 2005 al Centro Latinoamericano de Física (CLAF), con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Consejo Nacional de Ciencia, Tec- nología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC a efectuar el pago de la cuota año 2005 al Centro Latinoamericano de Física (CLAF) por el importe de US$ 3,000.00 (TRES MIL Y 00/ 100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al pre- supuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será es- tablecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 11147