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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (17/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 47

PÆg. 294833 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de junio de 2005 13. Plazo para la apertura, conversión, traslado, cie- rre de oficinas, uso de locales compartidos y uso de cajeros corresponsales Tratándose de la apertura, conversión, traslado, cierre de oficinas, uso de locales compartidos y uso de cajeros corresponsales, con excepción de los casos que se indi- can en el numeral 4 de esta Circular para sucursales, laautorización que otorgue esta Superintendencia quedará sin efecto en caso la empresa no proceda a la apertura, conversión, traslado, cierre de oficinas, uso de local com-partido o uso de cajeros corresponsales dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha en que se otorgó la respec- tiva autorización. 14. Apertura, traslado o cierre de oficinas que no brinden atención al público La apertura, traslado o cierre de oficinas que no brin- den atención al público sólo deberá ponerse en conoci- miento de esta Superintendencia, con las justificacionesdel caso, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario. Tratándose de la apertura, deberá indicar- se las actividades que desarrollará la oficina, la ubicación ydirección y la dependencia organizacional y funcional. 15. Disposiciones Finales15.1 Para efectos de la presente Circular, en caso de haber discrepancia entre las diferentes clasificaciones deriesgo, se considerará la más baja otorgada por las empre- sas clasificadoras de riesgo. 15.2 El traslado de las oficinas, a que alude el nume- ral 3 de la presente Circular, sólo puede referirse al área de influencia geográfica y económica indicada en el Anexo A “Perfil de Factibilidad Económica” elaboradopor la empresa para la apertura o conversión de la ofici- na a trasladar. Cuando el movimiento de oficina deba realizarse fuera del área de influencia antes señalada,se considerará como cierre y apertura de oficina respec- tivamente. 15.3 Asimismo, las comunicaciones y solicitudes de uso de locales compartidos, son independientes y adicionales, según corresponda, a las comunicaciones y solicitudes de apertura, conversión y traslado de oficinas. 15.4 Las empresas del sistema financiero deberán pre- sentar trimestralmente una relación de los cajeros corres- ponsales operativos al fin del trimestre, indicando el nom-bre de la persona natural o jurídica con la que se ha suscri- to el contrato, la ubicación geográfica y la oficina de la cual dependen. Dicha información deberá ser presentada den-tro de los quince (15) días calendario posteriores al cierre del respectivo trimestre, y podrá ser enviada por medios electrónicos según lo que disponga, en su oportunidad,esta Superintendencia. 15.5 Las empresas del sistema financiero deberán te- ner permanentemente actualizado y a disposición de estaSuperintendencia, cuando se les requiera, su “Plan Anual de apertura, conversión, traslado y cierre de oficinas, esta- blecimiento de cajeros automáticos y de cajeros correspon-sales”, el mismo que deberá contar con la correspondiente aprobación del órgano social correspondiente. Igualmente, las empresas del sistema de seguros de- berán tener permanentemente actualizado y a disposición de esta Superintendencia, cuando se les requiera, su “Plan Anual de apertura, conversión, traslado y cierre de ofici-nas”, el mismo que deberá contar con la correspondiente aprobación del órgano social correspondiente. El referido plan deberá comprender el número de ofici- nas que la empresa pretende establecer, convertir, trasla- dar y/o cerrar en el curso del año, con indicación de la categoría del establecimiento, su ubicación geográfica, suárea de influencia geográfica, fecha probable de inicio de operaciones, inversión prevista y en caso aplique, si será compartida o no. Asimismo, tratándose de las empresasdel sistema financiero, deberá indicarse el número de caje- ros automáticos que se planea instalar, y de ser el caso, el número de cajeros corresponsales que se prevé implemen-tar, con indicación de la oficina de la cual dependerían y su ubicación geográfica correspondiente. 15.6 Asimismo, las empresas deberán remitir dentro de los primeros quince (15) días calendario del mes de enero de cada año, un inventario de las oficinas en funciona- miento, con indicación del tipo de oficina (señalando sisupervisa otras oficinas o es dependiente y si lleva o no contabilidad propia, o si dependen de ellas cajeros auto- máticos y/o cajeros corresponsales), ubicación y dirección,teléfono, fecha de apertura, número de empleados, opera- ciones que realiza (en el caso de oficinas especiales), si es un local compartido y con qué empresa o empresas lo comparte, número y fecha de la resolución autoritativa ex-pedida por esta Superintendencia. 15.7 Dentro de los siete (7) días calendario de formali- zada la apertura, traslado, conversión o cierre de las ofici-nas o utilización de locales compartidos, las empresas de- berán reportar a esta Superintendencia las acciones reali- zadas en el “Movimiento de Oficinas”, Anexo B de la pre-sente Circular. 16. Disposiciones Transitorias16.1 Las Cajas Rurales de Ahorro y Crédito, Cajas Mu- nicipales de Ahorro y Crédito, Cajas Municipales de CréditoPopular y EDPYMES, en tanto no les sea de aplicación obligatoria la clasificación dispuesta por el artículo 136º de la Ley General, se regirán para la apertura, traslado, con-versión y cierre de oficinas, uso de locales compartidos y uso de cajeros corresponsales por el procedimiento regular correspondiente dispuesto en esta Circular, con excepciónde lo señalado en el numeral 3.1.2. 16.2 Las empresas que a la entrada en vigencia de la presente norma realicen actividades a través de terceroscorresponsales, con las características referidas en el nu- meral 10 de la Circular, deberán solicitar la autorización correspondiente adecuándose a las disposiciones conte-nidas en la presente Circular que resulten aplicables. Para este efecto contarán con un plazo que vencerá el 30 de setiembre de 2005. 17. Vigencia Las disposiciones de la presente Circular entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, quedando sin efecto la Circular Nº B- 2134-2004, F-0474-2004, S-0609-2004, CM-0321-2004,CR-0190-2004, EAF-0222-2004, EDPYME-0110-2004, del 27 de mayo de 2004. Atentamente, JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones ANEXO A PERFIL DE FACTIBILIDAD ECONÓMICA Deberá contener como mínimo la siguiente información: 1. Área de influencia geográfica y económica de la ofi- cina propuesta. Se indicará además la ubicación y direc- ción del inmueble donde funcionará la oficina. 2. Población total y población económicamente activa de la zona de operación. 1 3. Evolución del mercado de dinero y ahorro durante los últimos dos (2) años, así como una estimación de laparticipación de la oficina propuesta en dicho mercado. Para el caso de empresas de seguros, estudio del desarro- llo del mercado de seguros en la zona a ubicarse, con unaretrospectiva de dos (2) años. 1 4. Operaciones y servicios que se pretende realizar así como la indicación de los sistemas electrónicos de datos autilizarse. 5. Organigrama funcional y cuadro de necesidades de personal, indicando la dependencia orgánica de la oficinaen mención, así como las oficinas bajo su responsabilidad de ser el caso. 6. Proyección de estados financieros y punto de equili- brio por un período no menor de dos (2) años. 1 1Estos aspectos no serán considerados cuando se trate de la apertura de ofici- nas especiales temporales o de oficinas especiales que se constituyen úni- camente para brindar el servicio de información acerca de las operaciones y servicios que realiza la empresa.