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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (17/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 31

PÆg. 294817 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de junio de 2005 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 130-2005-RE Lima, 16 de junio de 2005VISTO:Con Oficio Nº 121-2005-CONCYTEC-P, de 16 de marzo de 2005 y Oficio Nº 010-2005-CONCYTEC-OCI, de 30 de marzo de 2005, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnolo- gía e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, solicita al Mi- nisterio de Relaciones Exteriores la expedición de la Reso- lución Suprema que autorice el pago de la cuota corres- pondiente al período setiembre 2005 - agosto 2006 al Programa Iberoamericano de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo (CYTED); CONSIDERANDO:Que, el artículo 67º, numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto para el Año Fiscal 2005, autoriza a las entidades del Sector Públi- co a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacio- nales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de manera que permitan potenciar la capacidad de negocia- ción en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica interna- cional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota correspondiente al período setiembre 2005 - agosto 2006 al Programa Iberoamericano de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo (CYTED); Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Consejo Nacional de Ciencia, Tec- nología e Innovación Tecnológica a efectuar el pago de la cuota por el período setiembre 2005 - agosto 2006 al Progra- ma Iberoamericano de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo (CYTED) por el importe de US$ 30,000.00 (TREINTA MIL Y 00/ 100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al pre- supuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC). Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 11148 Dan por terminadas funciones de Viceministro Secretario General deRelaciones Exteriores RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 131-2005-RE Lima, 13 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 292-2004-RE, de 26 de octubre de 2004, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Luis Armando José Lecaros de Cossío, Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores; Que el Embajador Luis Armando José Lecaros de Cossío ha formulado renuncia al cargo de Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores;De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo Único.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Luis Armando José Lecaros de Cossío, al cargo de Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación. La fecha del término de sus funciones será fijada por Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 11157 Autorizan viaje de funcionarios para participar en negociaciones sobre Agri- cultura y coordinación andina, previas a la XI Ronda de Negociaciones del TLCcon EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0557/RE Lima, 16 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que, es objetivo de la Política Exterior del Perú promo- ver los intereses del país, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional y facilitar su proceso de inserción a nivel global; Que, es conveniente para el interés nacional una parti- cipación activa del Ministerio de Relaciones Exteriores en las negociaciones orientadas a concretar un Tratado de Libre Comercio (TLC) con los Estados Unidos de América; Que, la XI Ronda de Negociaciones para el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de América se lle- vará a cabo en Miami, Estados Unidos de América, del 18 al 22 de julio de 2005; Que, previa a la XI Ronda de Negociaciones se cele- brarán negociaciones bilaterales sobre Agricultura con los Estados Unidos, del 22 al 24 de junio de 2005, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, así como una coordinación andina de la Mesa Agrícola, el 21 de junio de 2005; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, de acuerdo al esquema de trabajo propuesto por el Ministerio de Co- mercio Exterior y Turismo para las Negociaciones de un Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de América, participa en el Comité Técnico Negociador y en los distintos grupos de trabajo encargados del TLC con los Estados Unidos de América; Teniendo en consideración la Resolución Ministerial Nº 0067/RE de 31 de enero de 2005, que designa al Gru- po Negociador del Ministerio de Relaciones Exteriores para las negociaciones de un Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de América, la Hoja de Trámite (GPX) Nº 2619, del Gabinete de Coordinación del Secretario de Política Exterior, de 13 de junio de 2005; De conformidad con la Cuarta Disposición Complemen- taria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la Repú- blica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003- RE; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el inciso c) del artículo 7º de la Ley