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PÆg. 294819 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de junio de 2005 ñora, a efectos de lograr su inscripción en el Registro de Transportistas de Mercancías del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, presentó a la entidad, fotocopias de los Certificados de Seguro Obligatorio de Accidentes de Trán- sito de los vehículos de Placas de Rodaje Nºs. WG-7399, WI-4227, WO-4154 y WI-2839 presuntamente FALSOS; toda vez, que mediante Oficio Nº G.CORP.T/182/2005 re- cepcionado con fecha 29 de marzo de 2005, la Compañía de Seguros LA POSITIVA, manifestó que los mencionados vehículos no se encuentran asegurados en su compañía, según consta a fojas veinte y tres (23) del expediente; De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 27791, Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667 y Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comu- nicaciones, para que en representación de los intereses y defensa del Estado, inicie y culmine las acciones legales que correspondan contra ANGELA PAOLA BARRIOS GONZALES Y los que resulten responsables, por los he- chos descritos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Pú- blico, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 11009 Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de AeronÆutica Ci- vil a Ucrania, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 373-2005-MTC/02 Lima, 14 de junio de 2005 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público, de funcionarios, servidores públicos o representantes del Poder Ejecutivo, a que se refieren el primer y segundo párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibi- dos por el ejercicio fiscal 2005, prohibición que no es apli- cable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Ex- terior y Turismo, así como la Dirección de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyos casos los viajes serán autorizados a través de resolución del Titular del Pliego respectivo, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer- cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otor- gada al Perú por la Organización de Aviación Civil Interna- cional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a través de la ejecución deinspecciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, basado en las disposiciones establecidas en el citado Con- venio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Aero Condor S.A.C., con Carta GO- 297E-2005, del 2 de junio de 2005, en el marco del Proce- dimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Adminis- trativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Anto- nov 24-RV, en la ciudad de Kiev, a su personal aeronáutico propuesto, durante los días 21 y 22 de junio de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nºs. 16002 y 16003, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedi- miento a que se refiere el considerando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Co- municaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins- pección Nº 1124-2005-MTC/12.04-SDO designando al ins- pector Francisco Javier Diaz Cafferata, para realizar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Anto- nov 24-RV, al personal aeronáutico propuesto por la em- presa Aero Condor S.A.C., en la ciudad de Kiev, República de Ucrania, durante los días 19 al 23 de junio de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aero- náutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos técnicos a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1124-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Francisco Javier Diaz Cafferata, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comu- nicaciones, a la ciudad de Kiev, República de Ucrania, durante los días 19 al 23 de junio de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Aero Condor S.A.C. a través de los Recibos de Acotación Nºs. 16002 y 16003, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente deta- lle: Viáticos US$ 1,300.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector men- cionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Minis- terial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Des- pacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Admi- nistración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obte- nidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere- chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 11027