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PÆg. 294828 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de junio de 2005 Establecen disposiciones para la en- trega de "Constancia de Asistencia aSufragar" durante Elecciones de Con-sejeros del Consejo Nacional de la Ma- gistratura por los Miembros de los Co- legios Profesionales del país RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 167-2005-J/ONPE Lima, 16 de junio de 2005 Vistos; el Informe Nº 093-2005-CMSC-GAJ/ONPE y el Memorándum Nº 340-2005-GAJ/ONPE de la Gerencia deAsesoría Jurídica, ambos del 6 de junio de 2005; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, Ley Nº 26487, es función esencial de este organismo electoral velar por laobtención de la fiel y libre expresión de la voluntad popular manifestada a través de los procesos electorales, de refe- réndum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, de conformidad con el artículo 19º de la Ley Orgá- nica del Consejo Nacional de la Magistratura - CNM, Ley Nº 26397, la organización del proceso de elección de losConsejeros del Consejo Nacional de la Magistratura que corresponde elegir a los miembros de los colegios profesio- nales del país, se encuentra a cargo de la Oficina Nacionalde Procesos Electorales; Que, a solicitud del Consejo Nacional de la Magistra- tura, mediante Resolución Jefatural Nº 009-2005-J/ONPE,la Jefatura de la ONPE ha convocado a la Elección de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios Profesionales del País, para eldía 19 de junio próximo; Que, de conformidad con lo dispuesto por la primera disposición final y transitoria del Reglamento para la Elec-ción de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratu- ra por los Miembros de los Colegios Profesionales del País, aprobado por Resolución del Consejo Nacional de la Ma-gistratura Nº 491-2004-CNM, la Jefa de la ONPE esta faculta- do para dictar las disposiciones necesarias referidas a la organización y desarrollo del proceso electoral; Que, asimismo, de conformidad con los artículos 5º in- cisos c) y g) y 13º de la Ley Orgánica de la ONPE, la Jefa de la ONPE es responsable de normar, coordinar y desa-rrollar el funcionamiento y organización del organismo; Que, el Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 051-2004-J/ONPE y modificado por Resoluciones Jefaturales Nº 201-2004- J/ONPE y Nº 252-2004-J/ONPE, establece en su artículo 9º, incisos d) y u), que corresponde la Jefa de la ONPE planificar,coordinar, ejecutar y dirigir todas las acciones necesarias para la gestión institucional y el desarrollo de los procesos electora- les, de referéndum y otras consultas populares a su cargo, encumplimiento estricto de la normatividad vigente; Que, de las referidas normas legales y reglamentarias se infiere que la ONPE tiene la atribución de dictar lasnormas reglamentarias pertinentes respecto al proceso de elección de Consejeros del Consejo Nacional de la Magis- tratura por los Miembros de los Colegios Profesionales delpaís, que se realizará el 19 de junio próximo; Que, estando a lo manifestado en el Informe Nº 093- 2005-CMSC-GAJ/ONPE, como resultado de la aplicación delas diversas disposiciones establecidas para la elaboración del Padrón Electoral que se utilizará en la Elección de Conse- jeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los Miem-bros de los Colegios Profesionales del País -como el artículo 19º de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistra- tura, Ley Nº 26397; y los artículos 4º y 5º del ya referidoReglamento para la Elección de Consejeros del Consejo Na- cional de la Magistratura por los Miembros de los Colegios Profesionales del País-, existen profesionales que no formanparte del Padrón Electoral, por cuyo motivo no podrán sufra- gar el día de las elecciones, el próximo 19 de junio; Que, por lo manifestado en el considerando preceden- te, resulta necesario que la ONPE expida algún tipo de documento que permita a los profesionales que acudan a votar el día de las elecciones y que no se encuentren en elPadrón Electoral, acreditar que asistieron al acto de sufra- gio, para los fines pertinentes;De conformidad con lo dispuesto en los artículos 5º, literales c) y g), y 13º de la Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Nº 26487, y artículo 9º, literales d) y u), del Reglamento de Organización y Funcio-nes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, apro- bado por Resolución Jefatural Nº 051-2004-J/ONPE y mo- dificado mediante Resoluciones Jefaturales Nº 201-2004-J/ONPE y Nº 252-2004-J/ONPE; y con el visado de la Ge- rencia de Gestión Electoral, de la Gerencia de Organiza- ción y Programación de Procesos Electorales, de la Secre-taría General y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Durante la jornada electoral de las Elecciones de Consejeros del Consejo Nacional de la Ma-gistratura por los Miembros de los Colegios Profesionales del país, a realizarse el 19 de junio próximo, se entregará a los profesionales que concurran a sufragar y no puedanejercer el voto por no encontrarse incorporados en el Pa- drón Electoral respectivo, una Constancia de Asistencia a Sufragar debidamente suscrita por el Jefe de la OficinaDescentralizada de Procesos Electorales de la circunscrip- ción, para los fines pertinentes. Artículo Segundo.- La Gerencia de Gestión Electoral de la ONPE se encargará del diseño y de la impresión de los formatos de la Constancia de Asistencia a Sufragar. Asimismo, se encargará del despliegue de dichos forma-tos, como parte del material electoral, a cada una de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. Artículo Tercero.- Los Jefes de las Oficinas Descentra- lizadas de Procesos Electorales dispondrán las medidas necesarias para asegurar que las Constancias de Asistencia a Sufragar puedan ser entregadas a los profesionales quelo requieran, en las Oficinas de Información de la ONPE que se instalarán en cada uno de los locales de votación. Para que se les entregue la Constancia de Asistencia a Sufragar, los profesionales deberán identificarse con su respectivo carné del Colegio Profesional o, en su defecto, con su Documento Nacional de Identidad o Carné de Ex-tranjería. Artículo Cuarto.- Una vez concluida la jornada electo- ral, cada uno de los Jefes de las Oficinas Descentralizadasde Procesos Electorales remitirá a la Gerencia de Organi- zación y Programación de Procesos Electorales de la ONPE, una relación, impresa y en formato electrónico, de los pro-fesionales a los que se les entregó “Constancia de Asisten- cia a Sufragar”, debidamente ordenada por colegios profe- sionales y por orden alfabético. Las relaciones deberáncontener los siguientes datos de los profesionales: nom- bres y apellidos completos, número de Documento Nacio- nal de Identidad o Carné de Extranjería, nombre del Cole-gio Profesional y número de colegiatura. Artículo Quinto.- La Gerencia de Organización y Pro- gramación de Procesos Electorales de la ONPE se encar-gará de consolidar la información que remitan los Jefes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, a que se refiere el artículo anterior. Asimismo, la información consolidada deberá ser remiti- da por la Secretaría General de la ONPE a los respectivos Colegios Profesionales. Artículo Sexto.- Póngase la presente resolución en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA Jefa NacionalOficina Nacional de Procesos Electorales 11101 Prohíben realizar actos de propaganda electoral en Elecciones de Consejerosdel Consejo Nacional de la Magistratu-ra por los Miembros de los Colegios Profesionales del país RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 168-2005-J/ONPE Lima, 16 de junio de 2005