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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (10/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 26

PÆg. 303884 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de noviembre de 2005 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Antártico Peruano (INANPE), a efectuar el pago de la cuota voluntaria para elEjercicio 2005 de la Secretaría del Tratado Antártico por elmonto de OCHO MIL Y 00/100 DÓLARES DE LOSESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 8 000.00). Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente serán financiados con cargo al Sector:08 - Relaciones Exteriores, Pliego: 081 - Instituto AntárticoPeruano (INANPE). Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha depago. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 19063 Remiten al Congreso de la Repœblica la documentación referente al Convenio con la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de laMedia Luna Roja acerca del EstadoLegal de la Federación Internacional ysu Delegación Regional en la Repœblicadel Perœ RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 284-2005-RE Lima, 9 de noviembre de 2005 Remítase al Congreso de la República, la documentación referente al "Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y la Federación Internacionalde Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Rojaacerca del Estado Legal de la Federación Internacionaly su Delegación Regional en la República del Perú",suscrito el 13 de marzo de 2003, en la ciudad de Lima,República del Perú, para los efectos a que se contraen elartículo 56º inciso 2) y el artículo 102º inciso 3) de laConstitución Política del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 19064 Remiten al Congreso de la Repœblica el Convenio - Marco Relativo a la Ejecución de la Ayuda Financiera y TØcnica de la Cooperación Económicaen la Repœblica del Perœ en virtud delReglamento "ALA" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 285-2005-RE Lima, 9 de noviembre de 2005 Remítase al Congreso de la República, el Convenio - Marco Relativo a la Ejecución de la Ayuda Financiera yTécnica de la Cooperación Económica en la Repúblicadel Perú en virtud del Reglamento "ALA", suscrito el 5 de diciembre de 2002, en la ciudad de Bruselas, Reino deBélgica, para los efectos a que se contraen el Artículo 56º inciso 4) y el Artículo 102º inciso 3) de la ConstituciónPolítica del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 19065 SALUD Establecen fecha para la realización del Examen Nacional de Medicina en sedes de facultades de medicina del país RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 863-2005/MINSA Lima, 9 de noviembre del 2005Visto el Expediente N° 05-542018-001, que contiene el Oficio Nº 2139-J-2005, del Instituto de Desarrollo deRecursos Humanos - IDREH, mediante el cual se informa larealización del Examen Nacional de Medicina – ENAM 2005,para los internos de medicina en las sedes de facultadesde medicina del país, organizado por la Asociación Peruanade Facultades de Medicina (ASPEFAM); CONSIDERANDO:Que, la Asociación Peruana de Facultades de Medicina (ASPEFAM), ha propuesto implementar el Examen Nacionalde Medicina - ENAM, como una estrategia de promociónde la calidad en la educación médica peruana; Que, el literal e) del artículo 35º del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto SupremoNº 013-2002-SA, establece que el Instituto de Desarrollode Recursos Humanos - IDREH, tiene entre otros objetivosfuncionales regular y gestionar los Programas de Internado,Residentado y SERUMS; Que, el Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos - IDREH, considera que a efecto de promover y garantizar larealización del Examen Nacional de Medicina- ENAM,organizado por la Asociación Peruana de Facultades deMedicina (ASPEFAM), es necesario brindar facilidades alos internos de medicina, para garantizar su participaciónen dicho examen; Que, es de interés del Ministerio de Salud promover la formación del recurso humano en salud; De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 – Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Establecer el día 13 de noviembre de 2005, como fecha para la realización del Examen Nacional deMedicina - ENAM, en las sedes de facultades de medicinadel país, organizado por la Asociación Peruana deFacultades de Medicina (ASPEFAM), por ser de interés delSector Salud. Artículo 2º.- Instruir a las autoridades del Ministerio de Salud para que otorguen a los internos de medicina lasfacilidades en la programación de guardias y actividadesen servicio, que permitan la participación de éstos en elreferido examen. Artículo 3°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resoluciónen el Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese CARLOS ALMERÍ VERAMENDI Ministro de Trabajo y Promoción del EmpleoEncargado de la Cartera de Salud 19021