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PÆg. 304864 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de noviembre de 2005 3. Cooperativas de Estiba y Desestiba 3.1 Puertos de Primera Categoría US$ 3,500.00 3.2 Puertos de Segunda Categoría US$ 2,500.00 b) Puertos Fluviales y Lacustres:1. Agencias Fluviales y Lacustres1.1 Puertos de Primera Categoría US$ 7,000.00 1.2 Puertos de Segunda Categoría US$ 3,500.00 2. Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba2.1 Puertos de Primera Categoría US$ 2,500.00 2.2 Puertos de Segunda Categoría US$ 1,500.00 Artículo 2º.- La presente Resolución regirá a partir de día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese y comuníquese.GONZALO GARLAND ITURRALDE Presidente del Directorio (e) Autoridad Portuaria Nacional 19881 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan y reasignan magistrados provisionales en sala y juzgadoespecializado en lo civil de la CorteSuperior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 410-2005-P-CSJLI/PJ Lima, 23 de noviembre del 2005 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 400- 2005-P-CSLI/PJ, se designa al doctor Germán Alejandro Aguirre Salinas, como Vocal Superior Provisional de la Quinta Sala Civil, a partir del 9 al 23 de noviembre del 2005, estando a la licencia por duelo requerida por la doctora Ana María Aranda Rodríguez; Que, en atención a lo expuesto en el considerando precedente y siendo política de este despacho que la designación de Magistrados Provisionales, debe estar fundamentalmente orientada a su especialidad, méritos de carácter jurídicos, desarrollo profesional y grado de antigüedad, resulta pertinente para este despacho disponer la permanencia del doctor Aguirre Salinas como Vocal Provisional de esta Corte Superior; Que, conforme lo dispone el artículo segundo de la Resolución Administrativa Nº 074-CME-PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad del distrito Judicial a su cargo, y como tal le corresponde cautelar la pronta y eficiente administración de justicia en su jurisdicción y en uso de las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º y de conformidad con lo expuesto en los artículos 237º y 238º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor GERMAN ALEJANDRO AGUIRRE SALINAS, Juez Titular del Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, como Vocal Provisional de la Primera Sala Especializada en lo Civil de Lima; quedando conformado el citado Colegiado de la siguiente manera:Dra. EMILIA BUSTAMANTE OYAGUE (Presidenta) Dr. NESTOR POMAREDA CHAVEZ BEDOYA (P) Dra. GERMAN ALEJANDRO AGUIRRE SALINAS (P) Artículo Segundo.- REASIGNAR al doctor CARLOS ALBERTO VERGARA PILARES, Juez Titular del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Surco San Borja, como Juez Provisional del Tercer Juzgado Especializado en lo Civil, en reemplazo del doctor Germán Alejandro Aguirre Salinas; debiendo el doctor Alfredo Rojas Cubas, retornar al cargo jurisdiccional que le corresponde, previo conocimiento de la oficina de personal. Artículo Tercero.- DISPONER el retorno de la doctora Rita Gastañadui Ramírez, en su condición de Juez Titular, al despacho del Décimo Juzgado Especializado en lo Civil. Artículo Cuarto.- Las disposiciones emanadas de la siguiente resolución administrativa se harán efectivas a partir del día veinticuatro de noviembre del año en curso. Artículo Quinto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Gerencia de Personal, Fiscalía de la Nación, Oficina de Administración Distritral y de los Magistrados, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.MARÍA ZAVALA VALLADARES Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima 19939 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 271-2005-CED-CSJLI/PJ Mediante Oficio Nº 6240-2005-P-CSJLI/PJ, la Corte Superior de Justicia de Lima solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Administrativa Nº 271-2005- CED-CSJLI/PJ, publicada en la edición del 23 de noviembre de 2005. DICE:Artículo Cuarto.- DISPONER que la Oficina de Personal asigne a la Unidad, tres auxiliares jurisdiccionales, (...) DEBE DECIR:Artículo Cuarto.- DISPONER que la Oficina de Personal asigne a la Unidad, dos auxiliares jurisdiccionales, (...) 19927 ORGANISMOS AUTÓNOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Precisan entrada en vigencia de la Res. N” 1256-2005-ANR que establece la acreditación de rotación hospitalaria para reconocimiento de títulosprofesionales de Medicina procedentesde otros países con convenios dereciprocidad RESOLUCIÓN Nº 1368-2005-ANR Lima, 17 de noviembre de 2005