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PÆg. 304868 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de noviembre de 2005 de Alcalde y Regidores del Concejo Distrital de Sapillica, aplicándose supletoriamente el artículo 24º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, debiendo reemplazar al Alcalde revocado, el primer accesitario hábil de su misma lista electoral, en este caso don José Esteban Calle Rosillo, de la lista del Partido Democrático Somos Perú; y para cubrir las regidurías se incorporará a los candidatos inmediatos que no hubieran sido proclamados, siguiendo el orden de los resultados del escrutinio final de la elección y que hayan figurado en la misma lista de los Regidores revocados, en este caso, del Partido Democrático Somos Perú y de la organización política local Movimiento Político Independiente Unidad y Concertación; El Jurado Nacional de Elecciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 178º, inciso 5) de la Constitución Política del Perú, concordante con lo establecido en el artículo 5º, inciso i) de su Ley Orgánica Nº 26486; RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto la credenciales de Alcalde y Regidores del Concejo Distrital de Sapillica, provincia de Ayabaca, departamento de Piura, otorgadas con motivo de las Elecciones Municipales del año 2002, a favor de los señores Jorge Jara Carhuapoma, Rene Córdova Lopez, Norman Carmen Sanchez Castillo y Peregrina Yahuana Umbo. Artículo Segundo.- Convocar a don José Esteban Calle Rosillo, para que asuma provisionalmente el cargo de Alcalde en el Concejo Distrital de Sapillica, provincia de Ayabaca, departamento de Piura, extendiéndosele la respectiva credencial. Artículo Tercero.- Convocar a los señores Félix Guayanay Calle de Huamán, Sigifredo García Barrientos, Santos Rondoy Jara y Segundo Castillo Cordova para que asuman provisionalmente los cargos de Regidores en el Concejo Distrital de Sapillica, provincia de ¨Ayabaca,departamento de Piura, a quienes se les extenderá las respectivas credenciales. Artículo Cuarto.- El Concejo Distrital de Sapillica queda integrado, hasta que se elija a las nuevas autoridades, de la siguiente manera: Autoridad Nombre Organización Política Alcalde: JOSE ESTEBAN CALLE ROSILLO PARTIDO DEMOCRÁTICO SOMOS PERÚ 1º Regidor: FÉLIX GUAYANAY CALLE DE HUAMÁN PARTIDO DEMOCRÁTICO SOMOS PERÚ 2º Regidor: ANGELO RONDOY LIMA MOV. POLÍTICO IND. UNIDAD Y CONCERTACIÓN 3º Regidor SIGIFREDO GARCÍA BARRIENTOS MOV. POLÍTICO IND. UNIDAD Y CONCERTACIÓN 4º Regidor: SANTOS RONDOY JARA MOV. POLÍTICO IND. UNIDAD Y CONCERTACIÓN 5º Regidor: SEGUNDO CASTILLO CORDOVA MOV. POLÍTICO IND. UNIDAD Y CONCERTACIÓN Artículo Quinto.- Poner en conocimiento del Poder Ejecutivo la presente Resolución, en cumplimiento de lo establecido en el numeral 5) del artículo 118º de la Constitución, concordante con lo previsto en el artículo 25º de la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos Nº 26300. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. MENDOZA RAMÍREZ PEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENAS VELARDE URDANIVIA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 19852 ONPE FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 315-2005-J/ONPE Mediante Oficio Nº 280-2005-GIEE/ONPE, la Oficina Nacional de Procesos Electorales solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Jefatural Nº 315-2005-J/ONPE, publicada en en la edición del 20 de noviembre de 2005. DICE: VII. DENOMINACIÓN DEL ÓRGANO: GERENCIA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO ELECTORAL- GPDE VII.7 DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: JEFATURA DE ÁREA DE COOPERACIÓN TÉCNICA INTERNACIONAL - JACTI Nº ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGOCARGO DE CONFIANZA O P S/F 088 Jefe de Área 32061905 SP - EJ 1 1 089 Analista - 2 32061907 SP - ES 1 1 TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 1 21 0 1 DEBE DECIR: VII. DENOMINACIÓN DEL ÓRGANO: GERENCIA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO ELECTORAL- GPDE VII.7 DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: JEFATURA DE ÁREA DE COOPERACIÓN TÉCNICA INTERNACIONAL - JACTI Nº ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGOCARGO DE CONFIANZA O P S/F 088 Jefe de Área 32061905 SP - EJ 1 1 089 Analista - 2 32061907 SP - ES 1 1 TOTAL UNIDAD ORGÁNICA 2 10 1