Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2005 (24/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, jueves 24 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES
Donde X puede variar de 0 a 9.

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Supremo Nº 049-2003-MTC establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones adoptara, de acuerdo a lo establecido en el PTFN, las medidas necesarias, a fin de que se diferencie la numeracion a ser utilizada por el servicio telefonico en las areas rurales y en lugares de preferente interes social. De ser el caso, un operador independiente de telefonos publicos podra utilizar este MORDAZA de numeracion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 604-2004MTC/03, modificada por Resolucion Ministerial Nº 1412005-MTC/03, se aprueba la numeracion diferenciada utilizada para el servicio de telefonia fija local en las areas rurales y lugares de preferente interes social y se establece que la reserva de las series de numeracion a que se refiere el articulo 3º de la citada resolucion entra en vigencia el 1 de enero de 2006; Que, en virtud de las politicas dictadas para promover el desarrollo de servicios en dichas areas y con la finalidad de cumplir con los requerimientos estimados de numeracion rural, se requiere ampliar las series de numeracion para el servicio de telefonia fija local en las areas rurales y lugares de preferente interes social; Que, con fecha 6 de setiembre de 2005, se publico en el Diario Oficial El Peruano, el proyecto de resolucion ministerial que amplia las series de numeracion para areas rurales y lugares de preferente interes social, habiendose recibido y evaluado los comentarios de los interesados; Que, en consecuencia resulta necesario emitir el acto administrativo correspondiente a fin de ampliar las series de numeracion para el servicio de telefonia fija local en las areas rurales y lugares de preferente interes social; Estando a lo dispuesto en la Ley Nº 27791, el Decreto. Supremo Nº 049-2003-MTC y la Resolucion Suprema Nº 022-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Atribuir para el servicio de telefonia fija local a ser utilizado en las areas rurales y lugares de preferente interes social, adicionalmente a las series numericas establecidas en la Resolucion Ministerial Nº 604-2004-MTC/03, las siguientes: Departamento de MORDAZA y Provincia Constitucional del Callao: 85X-XXXX 86X-XXXX 87X-XXXX Resto de departamentos: 85X-XXX 86X-XXX 87X-XXX Donde X puede variar de 0 a 9. Nota: Excepcionalmente, la numeracion ya asignada en estos rangos podra ser utilizada en areas urbanas, areas rurales y/o lugares de preferente interes social hasta el 31 de diciembre de 2005. Articulo 2º.- Modificar el articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 604-2004-MTC/03, por el siguiente texto: "Ar ticulo 3º.- El Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones reserva las siguientes series de numeracion a nivel nacional: - Departamento de MORDAZA y Provincia Constitucional del Callao: 80X-XXXX 88X-XXXX 89X-XXXX. - Resto de departamentos: 80X-XXX 88X-XXX 89X-XXX.

La reserva entra en vigencia el 1 de enero de 2006". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 19890

Precisan Derecho de Via de las Carreteras MORDAZA - Sullana, Sullana La MORDAZA, Sullana - Aguas Verdes y Via de Evitamiento - MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 855-2005-MTC/02 MORDAZA, 21 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, el articulo 3º del Decreto Ley Nº 20081 establece que la faja de dominio o derecho de via, comprende el area de terreno en que se encuentra la carretera y sus obras complementarias, los servicios y zonas de seguridad para los usuarios y las previsiones para futuras obras de ensanche y mejoramiento; Que, de conformidad con el articulo 4º del Decreto Ley Nº 20081 corresponde al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, hoy Ministerio de Transportes y Comunicaciones, fijar el derecho de via, en atencion a la categoria y clasificacion de las carreteras, asi como a las caracteristicas topograficas de las regiones en las que se ejecuten los proyectos viales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 09-95-MTC se aprobo el Clasificador de Rutas del MORDAZA, estableciendose que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante Resolucion Ministerial, actualizara el referido Clasificador de Rutas; Que, mediante Informe Nº 144-2005-MTC/14.03, de la Direccion de Desarrollo Vial de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, se indica que la Red Vial Nº 1 tiene una extension de 451.00 Km. que va desde MORDAZA - Sullana, Sullana - La MORDAZA (Puente Macara) Sullana - Aguas Verdes; Que, en el citado informe se senala que para los tramos de MORDAZA hasta Aguas Verdes, incluyendo la via de Evitamiento de MORDAZA, se esta determinando el derecho de via de acuerdo a las Resoluciones Supremas Nº 333 de fecha 6 de octubre de 1947 y Nº 35 de fecha 8 de febrero de 1950, asi como el Manual de Diseno Geometrico de Carreteras del ano 2001, aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 143-2001-MTC/15.17 del 12 de marzo del 2001. Este derecho de via se extendera mas alla del borde de los cortes del pie de los terraplenes o del borde mas alejado de las obras de drenaje que eventualmente se construyan en una faja de 5 m; Que, para los tramos de MORDAZA hasta Aguas Verdes el derecho de via determinado se detalla en el cuadro siguiente:
Tramo 1 Descripcion MORDAZA - Sullana Rutas Longitud Km. 001N 37.500 Departamento MORDAZA Derecho de via 40 m. (20 m. a c/ lado del eje de la via). 40 m. (20 m. a c/ lado del eje de la via). 40 m. (20 m. a c/ lado del eje de la via). 40 m. (20 m. a c/ lado del eje de la via).

2

Sullana - La MORDAZA

001N 131.600

MORDAZA

3

Sullana - Aguas Verdes

001A 271.900

MORDAZA - Tumbes

4

Via de Evitamiento MORDAZA TOTAL ACUMULADO

001N

10.000

MORDAZA

451.000

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