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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (24/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 45

PÆg. 304871 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de noviembre de 2005 Provincial de Arequipa, departamento de Arequipa, para la Reinscripción de Actas de Nacimiento Nº 60289001 al Nº 60289052 que corresponden al año 1998. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Arequipa, departamento de Arequipa, para que proceda a la apertura del Registro de Libro de Actas de Nacimiento, con la finalidad de implementar el proceso de reinscripción que se aprueba con la presente Resolución, con sujeción a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Artículo 3º.- Considerándose que los Libros de Reinscripción deben tener el mismo Formato Oficial con la consignación expresa por selladura "Reinscripción Ley Nº 26242 - 26497", el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, a través de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, deberá proveer los libros oficiales requeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 19924 Exoneran de concurso pœblico la contratación de servicio de digita-lización del DNI por causal dedesabastecimiento inminente RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1159-2005-JEF/RENIEC Lima, 22 de noviembre de 2005 VISTOS; los Informes Nºs. 1341-2005-SGLG-GAD/ RENIEC y 1377-2005-SGLG-GAD/RENIEC de la Subgerencia de Logística, de fechas 10 y 17 de noviembre de 2005, respectivamente; los Informes Nº 422-2005-SGPI/GP/RENIEC y 431-2005-SGPI/GP/ RENIEC de la Subgerencia de Procesamiento de Identificación de fechas 07 y 16 de noviembre de 2005, respectivamente; el Informe Nº 001341-2005-GAJ/ RENIEC del 15 de noviembre de 2005 y el Oficio Nº 003936-2005-GAJ/RENIEC del 17 de noviembre de 2005, emitidos por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, el Acta Nº 019-2005 del Comité Técnico Económico de fecha 18 de noviembre de 2005; CONSIDERANDO: Que, con fecha 17 de octubre de 2005 se convocó al Concurso Público Nº 013-2005-RENIEC, destinado a la contratación del servicio de Digitalización del DNI, proceso de selección que se encuentra actualmente en proceso; Que, de acuerdo con el Informe Nº 001-2005-C.E./ RENIEC, de fecha 17 de noviembre de 2005, el Presidente del Comité Especial encargado del Concurso Público Nº 0013-2005-RENIEC, señala que el proceso se encuentra en la etapa de observaciones, habiendo formulado tres empresas participantes observaciones a las Bases Administrativas, siendo que una de ellas ha solicitado la elevación a CONSUCODE de algunas observaciones presentadas por no haber sido acogidas por el Comité Especial; Que, la Subgerencia de Logística con Informe Nº 1341-2005-SGLG-GAD/RENIEC señala que, luego del otorgamiento de la buena pro del referido proceso de selección y del consentimiento de la misma, debe sumarse los 45 días que tiene el contratista para implementar el servicio, de tal forma que la prestación se haría efectiva aproximadamente a mediados del mes de febrero del año 2006; Que, por otra parte, el Subgerente de Procesamiento de Identificación, con Informe Nº 422- 2005-SGPI/GP/RENIEC, hace conocer que el contratode digitalización vigente, concluirá la última semana de noviembre, debido a que se ha producido en los últimos dos meses un incremento inusual de la demanda de documentos de identidad no previsto, motivada por el proceso de referéndum y revocatoria de autoridades, a lo que debe añadirse el inicio de la etapa preelectoral con motivo de las Elecciones Generales 2006, lo cual hace que esta tendencia continúe, motivo por el que se requiere se contrate el servicio de digitalización de 1´500,000 formularios, el mismo que ha sido ampliado a 1´800,000 de acuerdo al Informe Nº 431-2005- SGPI/GP/RENIEC de la misma Subgerencia, a fin de evitar un desabastecimiento inminente del servicio que generaría serios problemas a la Entidad toda vez que no permitiría la emisión de los DNI, lo que se agravaría dada la proximidad del proceso electoral, más aún cuando el proceso de selección convocado ha sufrido retrasos; Que, a través del Informe Nº 001341-2005-GAJ/ RENIEC, ratificado mediante Oficio Nº 003936-2005- GAJ/RENIEC, la Gerencia de Asesoría Jurídica ha emitido opinión favorable a la contratación del servicio de Digitalización del DNI mediante una exoneración por causal de desabastecimiento inminente, de acuerdo con el literal c) del artículo 19 y el artículo 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM, en concordancia con el artículo 141 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM; Que, al respecto, el artículo 21 del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM establece que el desabastecimiento inminente es aquella situación extraordinaria e imprevisible en que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial, facultando dicha situación a contratar o adquirir los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, el artículo 141 del Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM, señala que la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual o urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiéndose invocar la existencia de una situación de desabastecimiento inminente en supuestos como en vía de regularización, por períodos consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situación y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobación de la exoneración al proceso de selección; Que, la Gerencia de Planificación y Presupuesto mediante Informe Nº 992-2005-GPP-RENIEC, otorga cobertura presupuestaria por el monto de S/. 3,060,000.00 Nuevos Soles, siendo financiado con recursos directamente recaudados, para la digitalización de 1´800,000 formularios; Que, la Jefatura Nacional, ejerce la Titularidad del Pliego Presupuestario del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y a lo expuesto en el Acta del Comité Técnico Económico del RENIEC, de fecha 18 de noviembre de 2005; en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y de conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 530-2003-JEF/RENIEC, de fecha 7 de noviembre del 2003; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la exoneración por causal de desabastecimiento inminente del proceso de selección por Concurso Público Nº 0013-2005-RENIEC, destinado a la contratación del Servicio de Digitalización del DNI, el mismo que se encuentra incluido en Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones 2005 del RENIEC, toda vez que, concurren los presupuestos de ley. La presente contratación será por un valor referencial de S/. 3,060,000.00 Nuevos Soles (Tres millones sesenta