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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G31/G35/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 3 de octubre de 2005 f) El Cuerpo Colegiado podrá disponer la actuación de las pruebas que considere pertinentes para elesclarecimiento de los hechos; g) La solicitud de documentos a otras autoridades se rige por lo dispuesto en el artículo 167º 9 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Culminada la etapa probatoria las partes; si lo consideran necesario, pasaran a exponer sus posiciones por el tiempo que determine el Cuerpo Colegiado; posteriormente a ello los miembros del Cuerpo Colegiadopodrán hacer las preguntas que consideren necesarias.” “Artículo 44º.- Medios probatorios extemporáneos y alegatos finales Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 34º, las partes durante el desarrollo de la Audiencia Única, podránpresentar medios probatorios adicionales. El Cuerpo Colegiado evaluará la pertinencia de los medios probatorios al momento de emitir la Resolución Final. Las partes podrán presentar su alegato escrito hasta cinco (5) días después de terminada la Audiencia o la Vista de la Causa, según la instancia en la cual seencuentre el procedimiento. Después de dicho plazo todo escrito se dará por no presentado y serán rechazados de pleno derecho por elCuerpo Colegiado.” “Artículo 45º.- Fin de la Instancia . Culminada la Audiencia Única, la Secretaria Técnica solicitará a las áreas de OSINERG vinculadas a las materias delimitadas como puntos controvertidos, suopinión técnico - legal, la cual será entregada para su conocimiento a los miembros del Cuerpo Colegiado. Los informes emitidos por las áreas competentes deOSINERG son no vinculantes. La Resolución Final, mediante la cual se pone fin a la instancia, se expedirá en un plazo no mayor de treinta(30) días hábiles contados a partir del día siguiente del término de la Audiencia Única.” “Artículo 46º.- Solicitud de medidas cautelares. En cualquier estado del procedimiento, las partes pueden solicitar, por su cuenta, costo y riesgo, laadopción de las medidas cautelares que consideren necesarias para asegurar los bienes materia del procedimiento o para garantizar el resultado de éste,las cuales se rigen por lo establecido en los artículos 146º y 226º 10de la Ley del Procedimiento Administrativo General. A tal efecto, serán de aplicación las normascontenidas en el artículo 608º y siguiente del Código Procesal Civil. Asimismo, en cualquier estado del proceso las instancias de solución de controversiaspueden dictar medidas cautelares de oficio. En ningún caso se admitirá como medida cautelar el corte o suspensión del servicio o suministro.” “Artículo 49º.- Queja. En cualquier estado del procedimiento procede la interposición de queja, contra defectos de tramitación y en especial aquellos que supongan paralización, infracción de los plazos establecidos, incumplimiento delos deberes funcionales u omisión de trámites que deben ser subsanados antes de la Resolución definitiva en la instancia respectiva. El trámite de la Queja se regirá de conformidad con lo establecido en el artículo 158º 11de la Ley de Procedimiento Administrativo General y en lasdisposiciones internas de OSINERG, si las hubiere.” “Artículo 50º.- Trámite en segunda instancia. Recibido el expediente por el Tribunal de Solución de Controversias, se procederá a su numeración y registro. Dentro de los quince (15) días de recibido el expediente por el Tribunal de Solución de Controversias resolverá sobre la admisión a tramite de la apelación y de ser el caso, se correrá traslado de la misma a la otraparte, concediéndole quince (15) días para que la absuelva. Absuelto el traslado o vencido el plazo sin que ello se haya producido, el Tribunal de Solución de Controversias, señalará fecha y hora para la vista de la causa, en la que las partes podrán hacer uso de la palabra.Para la realización de la vista de la causa se le aplicarán las mismas reglas que para la Audiencia Única,en lo que le sea aplicable.” “Artículo 51º.- Resolución final de segunda instancia. El Tribunal de Solución de Controversias expedirá Resolución dentro de los treinta (30) días siguientes a lafecha de la vista de la causa. Excepcionalmente dicho plazo podrá ser ampliado, por única vez, hasta por veinte (20) días hábiles adicionales, mediante resolución. La vía administrativa queda agotada con la Resolución expedida en segunda instancia.” 9Artículo 167º.- Solicitud de documentos a otras autoridades 167.1 La autori dad administrativa a la que corresponde la tramitación del asunto recabará de las autoridades directamente competentes los documentos preexistentes o antecedentes que estime convenientepara la resolución del asunto, sin suspender la tramitación del expe- diente. 167.2Cuando la solicitud sea formulada por el administrado al instructor, deberá indicar la entidad donde obre la documentación y, si fuera de un expediente administrativo obrante en otra entidad, deberá acredi- tar indubitablemente su existencia 10Artículo 146º.- Medidas cautelares 146.1Iniciado el procedimiento, la autoridad competente mediante decisión motivada y con elementos de juicio suficientes puede adoptar, provi- soriamente bajo su responsabilidad, las medidas cautelares estable- cidas en esta Ley u otras disposiciones jurídicas aplicables, mediantedecisión fundamentada, si hubiera posibilidad de que sin su adopción se arriesga la eficacia de la resolución a emitir. 146.2Las medidas cautelares podrán ser modificadas o levantadas duran- te el curso del procedimiento, de oficio o a instancia de parte, en virtud de circunstancias sobrevenidas o que no pudieron ser conside- radas en el momento de su adopción. 146.3Las medidas caducan de pleno derecho cuando se emite la resolu- ción que pone fin al procedimiento, cuando haya transcurrido el plazo fijado para su ejecución, o para la emisión de la resolución que ponefin al procedimiento. 146.4 No se pod rán dictar medidas que puedan causar perjuicio de imposi- ble reparación a los administrados. Artículo 226º.- Medidas cautelares 226.1 En cualquier etapa del procedimiento trilateral, de oficio o a pedido de parte, podrán dictarse medidas cautelares conforme al Artículo 146. 226.2 Si el ob ligado a cumplir con una medida cautelar ordenado por la administración no lo hiciere, se aplicarán las normas sobre ejecuciónforzosa prevista en los Artículos 192 al 200 de esta Ley. 226.3Cabe la apelación contra la resolución que dicta una medida cautelar solicitada por alguna de las partes dentro del plazo de tres (3) díascontados a partir de la notificación de la resolución que dicta la medi- da. Salvo disposición legal o decisión de la autoridad en contrario, la apelación no suspende la ejecución de la medida cautelar.La apelación deberá elevarse al superior jerárquico en un plazo máxi- mo de (1) día, contado desde la fecha de la concesión del recurso respectivo y será resuelta en un plazo de cinco (5) días. 11Artículo 158º.- Queja por defectos de tramitación 158.1 En cualquier momento, los administrados pueden formular queja contra los defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paraliza- ción, infracción de los plazos establecidos legalmente, incumplimien- to de los deberes funcionales u omisión de trámites que deben sersubsanados antes de la resolución definitiva del asunto en la instan- cia respectiva. 158.2 La queja se presenta ante el superior jerárquico de la autoridad que tramita el procedimiento, citándose el deber infringido y la norma que lo exige. La autoridad superior resuelve la queja dentro de los tres días siguientes, previo traslado al quejado, a fin de que pueda pre-sentar el informe que estime conveniente al día siguiente de solicita- do. 158.3 En ningún caso se suspenderá la tramitación del procedimiento en que se haya presentado queja, y la resolución será irrecurrible. 158.4 La autoridad que conoce de la queja puede disponer motivadamente que otro funcionario de similar jerarquía al quejado, asuma el conoci-miento del asunto. 158.5 En caso de declararse fundada la queja, se dictarán las medidas co- rrectivas pertinentes respecto del procedimiento, y en la misma reso-lución se dispondrá el inicio de las actuaciones necesarias para san- cionar al responsable.