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PÆg. 301997 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de octubre de 2005 TÍTULO VII DEL RÉGIMEN LABORAL Artículo 73º.- Régimen Laboral del Indecopi El personal del INDECOPI está comprendido en el régimen laboral de la actividad privada, rigiéndose por lo establecido en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, normas complementarias,modificatorias y conexas, sin perjuicio de las normasaplicables vigentes o que se dicten en el ámbito de lafunción pública. TÍTULO VIII DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Artículo 74º.- Recursos del Indecopi Constituyen recursos del INDECOPI los siguientes: a) Los derechos de tramitación de procedimientos que se siguen ante las Comisiones u Oficinas. b) Los derechos de registro de la propiedad intelectual.c) Los montos que recaude por concepto de multas impuestas por sus distintos órganos. d) Los recursos provenientes de la cooperación técnica internacional. e) Los legados y donaciones que reciba.f) Los montos que capte por los servicios que presta; y, g) Los montos que le transfiera el Tesoro Público, conforme a Ley. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS Primera.- Del Manual de Organización y Funciones El Directorio del INDECOPI aprobará, en un plazo no mayor a 60 días contado a partir de la publicación del presente Reglamento, un nuevo Manual de Organizacióny Funciones que contendrá las funciones específicascorrespondientes a las áreas que conforman la EstructuraOrgánico Institucional, no previstas expresamente en elpresente Reglamento. Segunda.- Medidas para descentralización de funciones Facúltase al Directorio del INDECOPI a adoptar las medidas administrativas que resulten necesarias para eladecuado funcionamiento de las Oficinas Regionales ubicadas en el interior del país, sin generar mayores egresos a los aprobados en el respectivo presupuestoanual. 17204 Designan Asesora del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 366-2005-PCM Lima, 11 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 26º del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM, el Gabinete deAsesores es el órgano de asesoramiento del Presidentedel Consejo de Ministros para el cumplimiento de susfunciones. Asimismo, presta asesoría y asistencia a lasComisiones Interministeriales y de Coordinación Viceministerial. Sus integrantes son designados mediante Resolución Ministerial; Que, es pertinente designar a los funcionarios integrantes del referido Gabinete de Asesores; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto Supremo Nº 067- 2003-PCM;SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la doctora MARIA DEL ROCIO VESGA GATTI como Asesora del Gabinete deAsesores de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Presidente del Consejo de Ministros 17352 AGRICULTURA Designan miembros del Consejo Directivo de la Unidad de Coordinacióndel Proyecto Subsectorial de Irrigación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0811-2005-AG Lima, 10 de octubre de 2005 VISTO: Que, por Resolución Ministerial Nº 0549-2005-AG, de fecha 22 de junio de 2005, modificada por ResoluciónMinisterial Nº 0669-2005-AG, de fecha 8 de agosto de2005, se constituyó el Consejo Directivo de la Unidad deCoordinación del Proyecto Subsectorial de Irrigación comomáximo órgano de dirección de la Entidad, encargado de establecer las políticas, planes, actividades, metas y estrategias de la misma, supervisando su implementacióny cumplimiento; Que, en la citada Resolución Ministerial Nº 0549-2005- AG, se dispuso que el Consejo Directivo estaráconformado por el Ministro de Agricultura, quien lo presidirá, el Director General de la Oficina General de Planificación Agraria, el Intendente de la Intendencia deRecursos Hídricos del Instituto Nacional de RecursosNaturales - INRENA, un representante del Ministerio deEconomía y Finanzas, un representante de la JuntaNacional de Usuarios de los Distritos de Riego del Perú - JNDRP, un representante de la Asociación de Exportadores - ADEX, un representante del SectorAcadémico o Científico en la especialidad de Riego yDrenaje, designado por el Ministerio de Agricultura y unrepresentante de los Gobiernos Regionales que seencuentren ubicados en el ámbito de intervención de la Unidad de Coordinación del Proyecto Subsectorial de Irrigación - UCPSI; Que, mediante las comunicaciones respectivas las Entidades e Instituciones mencionadas en elconsiderando precedente, han designado a susrepresentantes ante el Consejo Directivo de la Unidad de Coordinación del Proyecto Subsectorial de Irrigación; por lo cual es necesario formalizar la designación a travésde la presente Resolución Ministerial; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG, Reglamento deOrganización y Funciones del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a las personas que a continuación se indican como miembros del ConsejoDirectivo de la Unidad de Coordinación del Proyecto Subsectorial de Irrigación: 1.- Ing. Manuel Reynaldo Joaquín Manrique Ugarte, Ministro de Agricultura, quien presidirá el Consejo Directivoo la persona que él designe. 2.- Ing. William Arteaga Donayre, Director General de la Oficina General de Planificación Agraria. 3.- Ing. Enrique Alfredo Salazar Salazar, Intendente de la Intendencia de Recursos Hídricos del Instituto Nacionalde Recursos Naturales - INRENA. 4.- Señor Miguel Prialé Ugaz, representante del Ministerio de Economía y Finanzas.