NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (08/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 68
TEXTO PAGINA: 61
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G38/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de setiembre de 2005 dentro de los 30 días siguientes de la fecha de notificación de la misma. Comuníquese, regístrese y cúmplase. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de laMunicipalidad Metropolitana de LimaEncargado de la Alcaldía 15327 /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G73/G61/G6A/G65/G72/GED/G61 /G64/G65/G20/G6E/G6F/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G41/G54 SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 001-04-00000905 Lima, 26 de agosto de 2005 VISTOS: El Informe Técnico Nº 049-082-00000030, de fecha 17 de agosto de 2005, emitido por la Gerencia de Administración y el Informe Legal Nº 004-082-00000317, de fecha 25 de agosto de 2005, emitido por la Gerencia de Asuntos Legales respectivamente, que sustentan la configuración de la causal de exoneración por situación de desabastecimiento inminente, previsto en el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. CONSIDERANDO: Que, con fecha 16 de abril de 2004, el Servicio de Administración Tributaria - SAT suscribió un contrato con la empresa Servicios Postales del Perú - SERPOST, por un monto ascendente a S/. 1’476,780.70 (Un millón cuatrocientos setenta y seis mil setecientos ochenta y 70/ 100 nuevos soles) por un plazo de doce (12) meses, cuya fecha de vencimiento fue el quince (15) de abril de 2005. Que, el 28 de marzo de 2005 mediante el memorándum Nº 049-092-00000950, la División de Logística solicitó a la Gerencia de Planes y Finanzas disponibilidad presupuestal para la contratación del servicio de mensajería por un monto ascendente a S/. 2’135,000.00 (Dos millones ciento treinta y cinco mil y 00/100 nuevos soles). Que, mediante Carta Nº 049-091-00000068 del 11 de abril de 2005, la División de Logística propone a la empresa Servicios Postales del Perú S.A. la realización del Contrato Complementario por el 30% del monto del contrato ascendente a S/. 443,034.21 (Cuatrocientos cuarenta y tres mil treinta y cuatro y 21/100 nuevos soles). Que, con memorándum Nº 049-092-00000987 del 11 de abril de 2005, la División de Logística solicitó a la Gerencia de Planes y Presupuesto disponibilidad presupuestal para la Contratación Complementaria del 30% del Servicio de Mensajería. Que, con Carta Nº 102-CV/05 del 13 de abril de 2005, la empresa Servicios Postales del Perú S.A. decide aceptar la contratación complementaria por el 30% para la contratación del servicio de mensajería para notificación de documentos, bajo las mismas condiciones propuestas en el Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 067-04-204-SAT. Que, el 13 de abril de 2005 la División de Planes y Presupuesto a través del Memorándum Nº 193-092- 00000018 otorgó la disponibilidad presupuestal solicitada en el Memorándum Nº 049-092-00000987 en la hoja de requerimiento Nº 12005002575 por un monto ascendente a S/. 443,034.21 (Cuatrocientos cuarenta y tres mil treinta y cuatro y 21/100 nuevos soles). Que, el 27 de abril de 2005, la Gerencia de Planes y Finanzas indica que la disponibilidad presupuestal de S/. 2’135,000.00 (Dos millones ciento treinta y cinco mil y 00/100 nuevos soles) queda pendiente hasta que la División de Logística defina los valores referenciales con la empresa SERPOST S.A. Que, el 17 de junio de 2005, SERPOST S.A. mediante Cotización Nº 285-CV/05 presenta la reconsideración de tarifas de valor referencial a la Cotización Nº 149-CV/05.Que, el 20 de junio de 2005, la División de Logística solicita disponibilidad presupuestal para la contratación del Servicio de Mensajería para la Notificación de documentos, por un monto ascendente a S/. 2’697,437.20 (Dos millones seiscientos noventa y siete mil cuatrocientos treinta y siete y 20/100 nuevos soles) y por un período de doce (12) meses. Que, el 4 de julio de 2005, la División de Presupuesto mediante Memorándum Nº 193-092-00000038, indicó a la División de Logística que la disponibilidad presupuestal solicitada no puede ser otorgada, debido al incremento de gastos en el SAT especialmente en lo referido a bienes y servicios, debiéndose racionalizar y priorizar los gastos. Que, el 8 de julio de 2005 mediante el Memorándum Nº 003-092-00001541, la Gerencia de Administración solicitó nuevamente disponibilidad presupuestal a la Gerencia de Finanzas por un monto ascendente a S/. 2’697,437.20 (Dos millones seiscientos noventa y siete mil cuatrocientos treinta y siete y 20/100 nuevos soles). Que, el 11 de julio de 2005 la Gerencia de Finanzas mediante el Memorándum Nº 162-092-00000862, precisó que están gestionando un Crédito Suplementario cuyo trámite de duración será de aproximadamente 15 días. Que, el 17 de agosto de 2005 con Resolución de Gerencia de Administración Nº 03-05-00000155, se aprobó modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT, a fin de incluir el Concurso Público para la contratación del servicio de mensajería para las notificaciones de documentos del SAT. Que, con fecha 23 de agosto de 2005, la División de Planes y Presupuesto otorga disponibilidad presupuestal correspondiente a la exoneración del proceso de selección de Concurso Público por causal de desabastecimiento inminente, la misma que asciende a S/. 399,794.98 (Trescientos noventa y nueve mil setecientos noventa y cuatro y 98/100 nuevos soles). Que, con fecha 23 de agosto de 2005, la División de Planes y Presupuesto otorga la disponibilidad presupuestal para la realización del Concurso Público por un monto ascendente a S/. 139,608.02 (Ciento treinta y nueve mil seiscientos ocho y 02/100 nuevos soles) correspondiente al año fiscal 2005; en lo que respecta al saldo restante ascendente a S/. 1’580,623.36 (Un millón quinientos ochenta mil seiscientos veintitrés y 36/100 nuevos soles) será afectado al presupuesto del año fiscal 2006. Que, el artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada mediante D.S. Nº 083-2004-PCM, establece los casos en que las Adquisiciones y Contrataciones realizadas por una Entidad están exoneradas de los Procesos de Selección según la causal incurrida. Que, al respecto, el artículo 20º de la Ley en mención, dispone que todas las exoneraciones salvo las que se traten de la Contratación de Servicios Públicos sujetos a tarifas cuando éstas sean únicas, deberán ser aprobadas mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, la misma que requiere obligatoriamente de un Informe Técnico-Legal previo, para luego ser publicado en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión o adopción. Adicionalmente, deberá publicarse a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE. Que, el artículo 141º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM, establece el supuesto para que se configure la causal de situación de desabastecimiento inminente, señalando que: “(. . .) la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiéndose invocar la existencia de una situación de desabastecimiento inminente en supuestos como en vía de regularización, por períodos consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situación y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobación de la exoneración al proceso de selección.” Que, de acuerdo a lo indicado en el literal c) del artículo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las contrataciones que se realicen por situación de desabastecimiento inminente se encuentran exoneradas del proceso de selección correspondiente. Que, el concepto de situación de desabastecimiento inminente, ha sido desarrollado en el artículo 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en el artículo 141 del Reglamento de la norma antes citada.