NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (08/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 68
TEXTO PAGINA: 59
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G38/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de setiembre de 2005 indicada provincia, por lo que es procedente su atención prioritaria por emergencia; Que, la Resolución Ministerial número cero treinta y siete del dos mil cinco -EF/quince, de fecha tres de febrerodel dos mil cinco tiene como objetivo establecer unprocedimiento simplificado aplicable a los Proyectos de inversión pública incluidos en los programas aprobados por la Comisión Multisectorial de Prevención y Atenciónde Desastres; Asimismo el artículo diecinueve del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremonúmero cero ochenta y tres del dos mil cuatro- PCM, precisa que están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que serealicen: Inc. ”c” en situación de emergencia odesabastecimiento inminente declaradas de conformidadcon la presente ley; Que, de otro lado el artículo veintidós del acotado cuerpo legal precisa que se entiende como situación de emergencia aquella en la cual la entidad tenga que actuarde manera inmediata a causa de acontecimientoscatastróficos, de situaciones que supongan grave peligrode necesidad que afecte en la defensa nacional. En estecaso la entidad queda exonerada de la tramitación de expediente administrativo y podrá ordenar la ejecución de lo estrictamente necesario para remediar el eventoproducido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sinsujetarse a los requisitos formales de la presente Ley.Concordante con lo precisado en el artículo cientocuarenta y dos del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, en sesión de Consejo de la referencia, debatido el tema y analizados el Dictamen número doscientosdieciséis del dos mil cinco emitido por la Jefatura de laOficina Regional de Asesoría Jurídica de fecha veintidósde agosto del dos mil cinco; y el Informe técnico número veinte -E-GRH-RR.NN, GEMA y DC/SGDC/RMA de fecha diecisiete de agosto del dos mil cinco, de la Subgerenciade Defensa Civil -Gerencia Regional de RecursosNaturales, Gestión del Medio Ambiente y Defensa Civil,se concluye que la exoneración solicitada para laadquisición de Bienes y Servicios para la ejecución del proyecto “Rehabilitación Carretera Marginal Fernando Belaúnde Terry, tramo Von Humbolt - El Dorado” ubicadoen los distrito de Puerto Inca y Yuyapichis provincia dePuerto Inca, departamento de Huánuco, se encuentraacorde a los parámetros legales previstos; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos quince y treinta y nueve de la Ley número veintisiete mil ochocientos sesenta y siete -Orgánica de Gobiernos Regionales y estando a loacordado por MAYORÍA en la Sesión de Consejo Regionalde la referencia, con dispensa del trámite de lectura yaprobación del acta; SE ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR LA EXONERACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA ADQUISICIÓN DEBIENES Y SERVICIOS PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA DE EMERGENCIA “REHABILITACIÓN CARRETERA MARGINAL FERNANDO BELAÚNDE TERRY TRAMO VONHUMBOLT - EL DORADO, en la provincia de Puerto Inca,departamento de Huánuco, en mérito a los considerandosexpuestos. Entendiéndose que es para la adquisición deBienes y Servicios para la ejecución de la citada obra Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del presente acuerdo de conformidad a lo establecido en elartículo 147º del D.S. Nº 084-2004-PCM, Reglamento dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Tercero.- RECOMENDAR a la Parte Ejecutiva el estricto cumplimiento de lo establecido en el artículo 148º del Referido Reglamento para el procedimiento de la Adquisición Exonerada de Proceso de Selección. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR el presente acuerdo AL CONSUCODE, a la Gerencia General Regional delGobierno Regional Huánuco, Gerencia Regional deInfraestructura, Dirección Regional de Administración, Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Órgano de Control Institucional, demás Órganos Estructurados del GobiernoRegional Huánuco e interesados para su conocimiento yfines.Regístrese, comuníquese y cumpla. LUZMILA TEMPLO CONDESO Presidente 15330 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G72/G65/G61/G6A/G75/G73/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G56/G69/G61/G6C /G4D/G65/G74/G72/G6F/G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G6F/G2C/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G74/G65 ORDENANZA Nº 814 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de agosto de 2005, la Propuesta de Ajustes al Sistema VialMetropolitano, sustentado por el Instituto Metropolitanode Planificación; y, De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen Nº 061-2005-MML- CMDUVN; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REAJUSTE DEL SISTEMA VIAL METROPOLITANO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE ATE Artículo Primero.- Aprobar el Reajuste del Sistema Vial Metropolitano, en consecuencia, modificar el Anexo 2 de la Ordenanza Nº 341-MML del 9 de noviembre del 2001, en lo que respecta a la modificación de Sección Vial de laProlongación Javier Prado – calle Francia y Av. LaEsperanza (antes Avs. “A” y “B”) de 20.00 ml. a 15.00 ml.,en el tramo que afecta a los Asentamientos Humanos LosLibertadores y Augusto Salazar Bondy, Programa de Vivienda Alfa y Omega, del distrito de Ate, de acuerdo a la Lámina 2, que como Anexo forma parte de la presenteOrdenanza, precisándose que la Sección Vial de la VíaExpresa Av. Prolongación Javier Prado mantiene suSección de acuerdo a lo consignado en la Ordenanzaprecitada, hasta su empalme con la Carretera Central. Artículo Segundo.- El Instituto Metropolitano de Planificación efectuará las modificaciones necesarias delPlano del Sistema Vial Metropolitano y de las SeccionesViales Normativas, de acuerdo con el Ajuste aprobado en el artículo precedente. Artículo Tercero.- Encargar a la Administración de la Municipalidad Metropolitana de Lima que, en coordinacióncon la Municipalidad Distrital de Ate y COFOPRI, coloquen los hitos del nuevo trazo vial indicado en el artículo Primero. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los veinticinco días del mes de agosto del dos mil cinco. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima