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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (10/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 34

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G39/G39/G31/G30/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 10 de setiembre de 2005 SALUD /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G79/G20 /G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G48/G6F/G73/G70/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G50/G75/G65/G6E/G74/G65 /G50/G69/G65/G64/G72/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 673-2005/MINSA Lima, 5 de setiembre del 2005 Visto el Expediente Nº R-031805-05; CONSIDERANDO: Que, el artículo 25º del Reglamento de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2002-SA, dispone que la organización estandarizada de las Direcciones de Salud y sus Órganos Desconcentradosse establecerá en los Reglamentos de Organización y Funciones de las Direcciones de Salud, Direcciones de Redes de Salud y Hospitales, los mismos que se aprobaránmediante Resolución Ministerial; Que, la Segunda Disposición Complementaria del mencionado Reglamento, señala que los Reglamentosde Organización y Funciones de las Direcciones de Salud, Institutos Especializados, Direcciones de Redes de Salud y Hospitales del departamento de Lima y ProvinciaConstitucional del Callao, se formularán según los modelos establecidos por el Ministerio de Salud; Que, el Hospital de Puente Piedra solicita la aprobación de su Reglamento de Organización y Funciones, el cual ha sido elaborado conforme al Modelo establecido en la Resolución Ministerial Nº 616-2003-SA/DM; Estando a lo informado por la Oficina General de Planeamiento Estratégico y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Con la visación del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones del Hospital de Puente Piedra, que consta de siete (7) Títulos, tres (3) Capítulos, treinta y ocho (38)artículos, una (1) Disposición Complementaria, dos (2) Disposiciones Transitorias, una (1) Disposición Final y un (1) Organigrama Estructural y, que forman parte integrante dela presente Resolución. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 312-DG-DISA-III-LN-99 de fecha 29 de diciembre de1999, en lo que se refiere al anterior Reglamento de Organización y Funciones del Hospital de Puente Piedra. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 15472 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G6C/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G45/G73/G74/G72/G61/G74/GE9/G67/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G48/G6F/G73/G70/G69/G74/G61/G6C/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G22/G48/G69/G70/GF3/G6C/G69/G74/G6F/G20/G55/G6E/GE1/G6E/G75/G65/G22/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G49/G56/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G45/G73/G74/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 683-2005/MINSA Lima, 7 de setiembre del 2005 Visto el Oficio Nº 940-2005-HNHU-DG y el Memorándum Nº 179-2005-OPP/MINSA; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 849-2003- SA/DM, de fecha 21 de julio de 2003, se aprobó elReglamento de Organización y Funciones y lamodificación del Cuadro para Asignación de Personal del Hospital Nacional "Hipólito Unánue" de la Dirección deSalud IV Lima Este; Que se encuentra vacante el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de PlaneamientoEstratégico, por lo que resulta conveniente designar al profesional propuesto; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, el artículo 77º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el artículo 3º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al bachiller en contabilidad don Juan José CASTILLO SERNA, en el cargo de DirectorEjecutivo de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico, Nivel F-4, del Hospital Nacional "Hipólito Unánue" de la Dirección de Salud IV Lima Este. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 15485 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G61/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 599-2005 MTC/02 Lima, 6 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores yfuncionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberáser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público, de funcionarios, servidores públicos o representantes delPoder Ejecutivo, a que se refieren el primer y segundo párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibición que no es aplicable a lossectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, así como la Dirección de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyos casoslos viajes serán autorizados a través de resolución del Titular del Pliego respectivo, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio de la comisiónde servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre AviaciónCivil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual devigilancia sobre la seguridad operacional a través de la ejecución de inspecciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, basado en las disposiciones establecidasen el citado Convenio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional;/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G30/G30/G33/G30