Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2006 (11/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 11 de MORDAZA de 2006

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INACC
Asignan montos recaudados por concepto de pago del Derecho de Vigencia de derechos mineros y por la formulacion de Petitorios Mineros, correspondientes al mes de febrero de 2006
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1294-2006-INACC/J
MORDAZA, 31 de marzo del 2006 Visto; el Informe Nº 0250-2006-INACC/DGDV de la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo de fecha 31 de marzo del 2006, que contiene la informacion correspondiente a la distribucion de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia de Derechos Mineros formulados conforme al Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, el monto recaudado de Derecho de Vigencia por la formulacion de Petitorios Mineros al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708, durante el mes de febrero del 2006; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 019-2006-MEM/ DGM, la Direccion General de Mineria delega al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero la facultad de emitir la resolucion que asigne los montos del Derecho de Vigencia y Penalidad de Derechos Mineros a las Instituciones Publicas Descentralizadas y a los Organismos senalados en el articulo 57º de la Ley General de Mineria, aprobada por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; Que, el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, establece la forma de distribucion de los ingresos que se obtengan por concepto de Derecho de Vigencia, asi como de la Penalidad; Que, conforme al articulo 92º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM, la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo mediante Informe Nº 0250-2006-INACC/DGDV ha determinado que por el mes de febrero del 2006, el monto total a distribuir es de US $ 373,771.77 (Trescientos Setenta y Tres Mil Setecientos Setenta y Uno y 77/100 Dolares Americanos) y S/. 57,575.10 (Cincuenta y Siete Mil Quinientos Setenta y Cinco y 10/100 Nuevos Soles), efectuandose compensaciones por un monto ascendente a US $ 4,929.59 (Cuatro Mil Novecientos Veintinueve y 59/100 Dolares Americanos), resultando un importe neto a distribuir de US $ 368,842.18 (Trescientos Sesenta y Ocho Mil Ochocientos Cuarenta y Dos y 18/100 Dolares Americanos) y S/. 57,575.10 (Cincuenta y Siete Mil Quinientos Setenta y Cinco y 10/100 Nuevos Soles); Conforme a la delegacion efectuada por la Direccion General de Mineria del Ministerio de Energia y Minas y con los visados de la Oficina General de Asesoria Juridica y la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Asignar el monto recaudado por concepto de pago del Derecho de Vigencia de derechos mineros formulados durante la vigencia del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, el monto recaudado por Derecho de Vigencia por la formulacion de Petitorios Mineros al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708, correspondiente al mes de febrero del 2006, de la siguiente manera:
Entidades Total a Distribuir US$ Gob. Loc. Distrital INGEMMET INACC MEM TOTAL (*) Ver Anexo Nº 1 280,328.82 37,377.18 37,377.18 18,688.59 373,771.77 S/. 43,181.33 5,757.51 5,757.51 2,878.75 57,575.10 Deducciones US$ -4,479.59 -180.00 -180.00 -90.00 -4,929.59 S/. 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 Neto a Distribuir US$ 275,849.23 37,197.18 37,197.18 18,598.59 368,842.18 S/. 43,181.33 5,757.51 5,757.51 2,878.75 57,575.10

dispuesto por el articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 019-2006-MEM/DGM. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Oficina General de Administracion del INACC, para que ejecute las acciones pertinentes a fin de proceder con las transferencias a las Instituciones y Gobiernos Locales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FCO. MORDAZA MORDAZA Jefe Institucional (e) Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero
ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: DERECHO DE VIGENCIA De conformidad con el Art. 92º del D.S. Nº 03-94-EM, Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria y el Art. 57º del TUO de la Ley General de Mineria, modificado por la Ley Nº 28327, se cumple con distribuir la recaudacion del Pago por Derecho de Vigencia durante el mes de febrero del 2006 a las siguientes Municipalidades Distritales: DPTO. / PROV. / DISTRITO ANCASH/AIJA AIJA ANCASH/BOLOGNESI AQUIA MORDAZA HUASTA ANCASH/CARHUAZ MARCARA ANCASH/CASMA YAUTAN ANCASH/CORONGO CUSCA LA MORDAZA ANCASH/HUARAZ PIRA ANCASH/HUARI HUACHIS MASIN ANCASH/HUARMEY CULEBRAS HUARMEY ANCASH/HUAYLAS MORDAZA HUATA PUEBLO LIBRE MORDAZA MORDAZA YURACMARCA ANCASH/PALLASCA PAMPAS MORDAZA MORDAZA TAUCA ANCASH/RECUAY CATAC COTAPARACO MORDAZA PAMPAS CHICO PARARIN RECUAY ANCASH/SANTA MORDAZA MORDAZA CHIMBOTE MORDAZA ANCASH/SIHUAS SAN MORDAZA ANCASH/YUNGAY CASCAPARA QUILLO RANRAHIRCA YUNGAY APURIMAC/ABANCAY CIRCA CURAHUASI PICHIRHUA APURIMAC/ANDAHUAYLAS HUAYANA TUMAY MORDAZA S/. 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 86.63 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 US$ 75.00 75.00 1,125.00 450.00 225.00 225.00 100.00 750.00 37.50 112.50 112.50 225.00 1,425.00 6,262.50 225.00 75.00 1,125.00 1,833.58 1,575.00 675.00 450.00 750.00 225.00 750.00 750.00 450.00 0.00 225.00 450.00 4,500.00 100.00 450.00 900.00 18.75 18.75 112.50 225.00 112.50 1,125.00 1,125.00

Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion General de Mineria, en cumplimiento de lo

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