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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (11/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 37

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G35/G36/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 11 de abril de 2006 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G63/G69/G65/G72/G72/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G61/G64/G72/GF3/G6E/G20/G45/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C /G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G31/G33/G20/G64/G65/G61/G67/G6F/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G36/G2C/G20/G65/G6E/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G71/G75/G65 /G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G44/G44/G2E/G53/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G73/G2E/G20/G31/G30/G32/G2D/G32/G30/G30/G35/G20/G79 /G30/G31/G33/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G50/G43/G4D RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 231-2006-JEF/RENIEC Lima, 7 de abril de 2006 VISTO: El Decreto Supremo Nº 013-2006-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 29 de marzo de 2006; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomoencargado de organizar y actualizar el Registro Único deIdentificación de las Personas Naturales e inscribir loshechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2006-PCM, se modificó el Art. 1º del Decreto Supremo Nº 102-2005-PCMy su anexo, disponiendo que las nuevas EleccionesMunicipales para elegir alcaldes y regidores de los ConcejosDistritales de Asillo, Crucero, Kelluyo (Puno), Cotaruse(Apurímac), Chiara (Ayacucho), Nuevo Occoro(Huancavelica), Viñac (Lima), Suyo (Piura), Colcha (Cusco),Sanagorán (La Libertad) y Sapillica (Piura), se llevarán acabo el día 13 de agosto de 2006; Que, para ese efecto, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil debe elaborar, sobre la basedel Registro Único de Identificación de las PersonasNaturales, el Padrón Electoral a emplearse en los comiciosreferidos, de acuerdo a lo establecido por el inciso d) delartículo 7º de la Ley Nº 26497, Orgánica del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil y artículo 196º dela Ley Nº 26859, Orgánica de Elecciones; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 27764, el Padrón Electoral se cierra ciento veinte(120) días antes de la realización de cualquier procesoelectoral, en cuya virtud corresponde establecer el plazohasta el cual se efectuarán las inscripciones a efectos delreferido Padrón Electoral; y, Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, LeyNº 26859, Orgánica de Elecciones y Art. 1º de la Ley Nº 27764; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer el cierre del Padrón Electoral con fecha 15 de abril de 2006, para efectos deldesarrollo de las Elecciones Municipales convocadas parael 13 de agosto de 2006, en los distritos comprendidos enel Anexo del Decreto Supremo Nº 102-2005-PCM,modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2006-PCM. Artículo Segundo.- Encargar a las Gerencias de Operaciones, Procesos e Informática y Estadística elcumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 06500 MINISTERIO PÚBLICO /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G22/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G45/G76/G61/G6C/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G41/G6E/GE1/G6C/G69/G73/G69/G73/G20/G64/G65/G6C /G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G65/G20 /G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20 /G4E/GBA/G20 /G39/G37/G20 /G64/G65/G6C /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G22 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 279-2006-MP-FN Lima, 14 de marzo de 2006 VISTO Y CONSIDERANDO:Que mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2165-2005-MP-FN, de fecha 6 de diciembre de 2005,se designó a los miembros de la Comisión encargada de evaluar el Informe Defensorial Nº 97 ”A dos años de laComisión de la Verdad y Reconciliación”, a fin de elaborarun Informe Final que contenga las sugerencias yrecomendaciones para fortalecer la investigación deviolaciones a los derechos humanos; Que por Oficio Nº 039-2006-FSPNC-MP-FN, de fecha 24 de enero de 2006, cursado por la Presidenta de la Comisiónantes mencionada, se remite el “Informe de Evaluación y Análisis del Informe Defensorial Nº 97” , que contiene las conclusiones sobre el funcionamiento del SubsistemaNacional de Terrorismo y Derechos Humanos, así como lasrecomendaciones para su mejoramiento, que es necesariodifundir a través de la página web de la institución; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del MinisterioPúblico; SE RESUELVE: Artículo Primero.- PUBLÍQUESE el “Informe de la Comisión de Evaluación y Análisis del Informe DefensorialNº 97 del Ministerio Público”, en la página Web del MinisterioPúblico: www.mpfn.gob.pe. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente, a la señora Defensora del Pueblo, Gerencia General,Gerencia Central de Tecnología de la Información, Gerenciade la Dirección Ejecutiva de la Escuela del Ministerio Público“Dr. Gonzalo Ortiz de Zevallos Roedel”, Fiscalías SuperioresDecanas de la República, y a la Presidenta de la referidaComisión, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 06481 /G49/G6E/G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G6E/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G73/G20/G61/G6C/G20/G45/G71/G75/G69/G70/G6F/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F /G64/G65/G6C/G20 /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20 /G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61/G49/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/GF3/G64/G69/G67/G6F/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G61/G6C/G50/G65/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 400-2006-MP-FN Lima, 10 de abril de 2006 VISTO Y CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 102-2006-1ºFSP-MP-FN de fecha 29 de marzo de 2006, la Fiscal Suprema Titular de la PrimeraFiscalía Suprema en lo Penal, solicita la incorporación al“ Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Código Procesal Penal ”, del doctor Alberto Fernando Ballón-Landa Córdova, Gerente General del Ministerio Público,y del doctor Luis Augusto Bromley Coloma, Jefe Nacional delInstituto de Medicina Legal del Ministerio Público; Que la referida solicitud de incorporación, se fundamenta en el virtual aporte que proveerían los citadosdoctores a la labor del referido Equipo de Trabajo, por loque ha de expedirse la Resolución respectiva; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del MinisterioPúblico; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Incorporar al doctor Alberto Fernando Ballón-Landa Córdova, Gerente General delMinisterio Público, y al doctor Luis Augusto Bromley Coloma,Jefe Nacional del Instituto de Medicina Legal del MinisterioPúblico, como miembros del Equipo Técnico del MinisterioPúblico, conformado mediante Resolución de la Fiscalíade la Nación Nº 122-2006-MP-FN. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente, a los señores Ministros de Justicia y del Interior, al Presidentede la Corte Suprema de Justicia de la República, a la FiscalSuprema Titular mencionada, a la Comisión Especial deImplementación del Código Procesal Penal, y a losFuncionarios incorporados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 06482