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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (21/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 18

PÆg. 317060 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de abril de 2006 RELACIONES EXTERIORES Declaran de InterØs Nacional la "Conferencia Internacional Especial, a nivel Ministerial, de Países en Desarrollo con Flujos Sustanciales Internacionalesde Migrantes" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 132-2006-RE Lima, 19 de abril de 2006 CONSIDERANDO: Que, la migración internacional constituye uno de los factores más importantes de la globalización y representaun fenómeno multifácetico que debe ser abordado desde una innovadora perspectiva que restaure la dimensión humana en las relaciones internacionales contempo-ráneas; Que el enfoque del Perú respecto de esta problemática ha logrado el reconocimiento y el valiosorespaldo del Grupo de los 77 y China, para convocar a la "Conferencia Internacional Especial, a nivel Ministerial, de Países en Desarrollo con Flujos SustancialesInternacionales de Migrantes", la misma que se llevará acabo en Lima, el 11 y 12 de mayo de 2006; Que, la citada Conferencia, tiene como objetivos la concertación y cooperación permanente de los países en desarrollo con flujos sustanciales internacionales de migrantes con miras a establecer un renovado consensopolítico con los países desarrollados que tienda arevalorizar la migración internacional y la discriminalice,impidiendo y desalentando políticas que vulneren losderechos humanos de los migrantes como el racismo y la xenofobia; Que, mediante Resolución Suprema Nº 083-2005-RE se constituyó Comisión de Alto Nivel encargada deorganizar y preparar la "Conferencia Mundial Internacional,a nivel Ministerial, de Países en Desarrollo con FlujosSustanciales Internacionales de Migrantes", por ser un evento de gran importancia dentro del nuevo enfoque de la política exterior respecto de las comunidades peruanasen el exterior, a fin de impulsar decididamente un ordeninternacional más equitativo que se materialice en lalegislación interna de los países receptores de migrantes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar de Interés Nacional la "Conferencia Internacional Especial, a nivel Ministerial, dePaíses en Desarrollo con Flujos SustancialesInternacionales de Migrantes", que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, el 15 y 16 de mayo de 2006. Artículo Segundo.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 07014 Actualizan la composición de la Comisión Ejecutiva Nacional establecidamediante la R.S. N” 175-2004-RErelativa al APEC RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 133-2006-RE Lima, 19 de abril de 2006CONSIDERANDO: Que la Resolución Suprema Nº 175-2004-RE de fecha 25 de mayo de 2004, estableció la Comisión EjecutivaNacional que organizó la participación efectiva del Perúen la XII Cumbre de Líderes del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC) en Chile en el año 2004, la misma que incluyó adicionalmente entre sus facultadesdiversos aspectos de la preparación del ejercicio por elPerú de la Presidencia del APEC, durante el año 2008; Que, la designación del Perú como sede del APEC en el 2008, conlleva la responsabilidad de coordinar las actividades del APEC, así como la organización de los distintos eventos reuniones en el Perú, conforme a sucalendario de actividades; Que, la participación peruana en las actividades del APEC, se enmarca en el objetivo estratégico de políticaexterior orientado a fortalecer la integración regional y subregional en las esferas económica, política, social y cultural, así como procurar la adecuada inserción delPerú en la política del Asia Pacífico; Que es necesario promover una activa participación de las instituciones públicas y los ministeriosresponsables en la agenda temática del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC); Que es necesario actualizar el mecanismo de coordinación y articulación de los esfuerzos de todaslas entidades públicas y Ministerios involucrados en laagenda temática del APEC; Que es necesario afrontar de manera integral y multidisciplinaria entre las distintas instituciones de la sociedad civil y del gobierno las responsabilidades quedemanda la presidencia del Perú en APEC durante el2008, por medio de un proyecto político y económiconacional que ponga énfasis en la promoción ycapacitación de los recursos humanos, la adecuación de la infraestructura requerida y la ejecución de las actividades inherentes a la convocatoria de este evento; Que, la designación del Perú para la Presidencia del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC)en el 2008, tendrá efectos positivos en términos deoportunidad de negocios y de prestigio al congregar la atención de los medios y grupos económicos internacionales de la Cuenca del Pacífico, en torno delas actividades que sean programadas y la promociónde los atractivos nacionales; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 -Ley del Poder Ejecutivo- y su modificatoria Ley Nº 27779; el Decreto Ley Nº 26112 - Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; yla Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación delPoder Ejecutivo en el nombramiento y designación delos funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Actualizar la composición de la Comisión Ejecutiva Nacional a la que se refiere el artículo primero de la Resolución Suprema Nº 175-2004-RE, laque estará conformada de la siguiente manera: Por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores; quien la presidirá. - Subsecretaria para Asuntos de Asia y Cuenca del Pacífico. - Dirección General de Asia y Cuenca del Pacífico.- Dirección de APEC.- Oficina Asesoría Temas APEC. Por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - Viceministerio de Comercio Exterior. - Viceministerio de Turismo.- Comisión para la Promoción del Perú - PROMPERU.- Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX - Oficina Asesoría Asuntos APEC. Por Proinversión - Oficina de Servicios al Inversionista.