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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (21/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 27

PÆg. 317069 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de abril de 2006 Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución, remitiéndose los antecedentes del caso, a laProcuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judicialesdel Poder Judicial, para los fines a que se contrae lapresente. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER H. VÁSQUEZ VEJARANO Presidente del Poder Judicial 06947 Autorizan a la Procuraduría Pœblica a cargo de los Asuntos Judiciales delPoder Judicial iniciar acciones judiciales contra presuntos responsa- bles de la comisión de delito contra lafe pœblica RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 181-2006-P-PJ Lima, 17 de abril del 2006 VISTOS: El Memorándum Nº 418-2006-OAL-GG/PJ suscrito por el Jefe de la Oficina de Asesoría Legal de la GerenciaGeneral del Poder Judicial, el documento del 27 de febrerodel 2006 suscrito por el Dr. Carlos Enrique AyalaAlvarado, Notario de Lima, y los demás documentos que se acompañan; y, CONSIDERANDO:Que, es deber de las entidades públicas velar por el debido proceso y tramitación de los pedidos que le soliciten, encontrándose dentro de sus facultades la de constatar la veracidad de los documentos que lepresentan; Que, don Juan Elías Olórtegui Ubillus pretendió valerse del documento denominado "Carta Poder", presentado anteel Registro Nacional de Condenas, con la finalidad de tramitar y obtener el Certificado de Antecedentes Penales de doña María Madeleyne Salazar Olórtegui; Que, mediante documento del 27 de febrero del 2006 suscrito por el Dr. Carlos Enrique Ayala Alvarado, Notariode Lima, manifiesta que la "Carta Poder" presentada pordon Juan Elías Olórtegui Ubillus ha sido falsificada, tanto en las firmas como en los sellos notariales; Que, mediante Memorándum Nº 150-2006-RNC- GSJR-GG/PJ el Jefe del Registro Nacional de Condenas,es de la opinión que se autorice a la Procuraduría Públicaa cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial a finque se interpongan las acciones judiciales pertinentes contra don Juan Elías Olórtegui Ubillus; Que, el Delito Contra la Fe Pública en la modalidad de Falsificación de Documento queda configurado cuandoel sujeto activo hace uso, ante las autoridades y/oparticulares, de un documento falso o falsificado, comosi fuese legítimo; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Estado; el Texto ÚnicoOrdenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial - D.S.Nº 017-93-JUS y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537sobre Representación y Defensa del Estado modificadopor Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial aefectos que inicie las acciones judiciales que correspondan contra don Juan Elías Olórtegui Ubillus, y contra quienes resulten responsables, por el Delito Contrala Fe Pública en la modalidad de Falsificación deDocumentos en agravio del Poder Judicial.Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución, remitiéndose los antecedentes del caso, a laProcuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judicialesdel Poder Judicial, para los fines a que se contrae lapresente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER H. VÁSQUEZ VEJARANO Presidente del Poder Judicial 06948 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 182-2006-P-PJ Lima, 17 de abril del 2006 VISTOS: El Memorándum Nº 256-2006-OAL-GG/PJ suscrito por el Jefe de la Oficina de Asesoría Legal de la GerenciaGeneral del Poder Judicial, el documento del 17 de febrerodel 2006 suscrito por el Dr. Carlos Enrique AyalaAlvarado, Notario de Lima, y los demás documentos que se acompañan; y, CONSIDERANDO:Que, es deber de las entidades públicas velar por el debido proceso y tramitación de los pedidos que le soliciten, encontrándose dentro de sus facultades la de constatar la veracidad de los documentos que le presentan; Que, don Pedro Víctor Rodríguez Dávila pretendió valerse del documento denominado "Carta Poder", presentado anteel Registro Nacional de Condenas, con la finalidad de tramitary obtener el Certificado de Antecedentes Penales de don William Nicolás La Rosa Dávila; Que, mediante documento del 17 de febrero del 2006 suscrito por el Dr. Carlos Enrique Ayala Alvarado, Notariode Lima, manifiesta que la "Carta Poder" presentada pordon Pedro Víctor Rodríguez Dávila ha sido falsificada,tanto en las firmas como en los sellos notariales; Que, mediante Memorándum Nº 108-2006-RNC- GSJR-GG/PJ el Jefe del Registro Nacional de Condenas,es de la opinión que se autorice a la Procuraduría Públicaa cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial a finque se interpongan las acciones judiciales pertinentescontra don Pedro Víctor Rodríguez Dávila; Que, el Delito Contra la Fe Pública en la modalidad de Falsificación de Documento queda configurado cuando el sujetoactivo hace uso, ante las autoridades y/o particulares, de undocumento falso o falsificado, como si fuese legítimo; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Estado; el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial - D.S. Nº 017-93-JUS y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537sobre Representación y Defensa del Estado modificadopor Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial aefectos que inicie las acciones judiciales quecorrespondan contra don Pedro Víctor Rodríguez Dávila, y contra quienes resulten responsables, por el Delito Contra la Fe Pública en la modalidad de Falsificación deDocumentos en agravio del Poder Judicial. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución, remitiéndose los antecedentes del caso, a laProcuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER H. VÁSQUEZ VEJARANO Presidente del Poder Judicial 06949