Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2006 (21/04/2006)


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NORMAS LEGALES
VISTO:

MORDAZA, viernes 21 de MORDAZA de 2006

RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 187-2006-P-PJ MORDAZA, 17 de MORDAZA del 2006 VISTOS: El Memorandum Nº 285-2006-OAL-GG/PJ suscrito por el Jefe de la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General del Poder Judicial, el documento del 17 de febrero del 2006 suscrito por el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Notario de MORDAZA, y los demas documentos que se acompanan; y, CONSIDERANDO: Que, es deber de las entidades publicas velar por el debido MORDAZA y tramitacion de los pedidos que le soliciten, encontrandose dentro de sus facultades la de constatar la veracidad de los documentos que le presentan; Que, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Colan pretendio valerse del documento denominado "Poder", presentado ante el Registro Nacional de Condenas, con la finalidad de tramitar y obtener el Certificado de Antecedentes Penales de don MORDAZA MORDAZA Balarezo Young; Que, mediante documento del 17 de febrero del 2006 suscrito por el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Notario de MORDAZA, manifiesta que el "Poder" presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Colan ha sido falsificado, tanto en las firmas como en los sellos notariales; Que, mediante Memorandum Nº 109-2006-RNCGSJR-GG/PJ el Jefe del Registro Nacional de Condenas, es de la opinion que se autorice a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial a fin que se interpongan las acciones judiciales pertinentes contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Colan; Que, el Delito Contra la Fe Publica en la modalidad de Falsificacion de Documento queda configurado cuando el sujeto activo hace uso, ante las autoridades y/o particulares, de un documento falso o falsificado, como si fuese legitimo; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado; el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial - D.S. Nº 017-93-JUS y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representacion y Defensa del Estado modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial a efectos que inicie las acciones judiciales que correspondan contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Colan, y contra quienes resulten responsables, por el Delito Contra la Fe Publica en la modalidad de Falsificacion de Documentos en agravio del Poder Judicial. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion, remitiendose los antecedentes del caso, a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA H. MORDAZA MORDAZA Presidente del Poder Judicial 06951

El Informe Nº 171-2006-OAL-GG-PJ de la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General del Poder Judicial; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandum Nº 1189-2005-OI-GGPJ, la Oficina de Infraestructura informa el incumplimiento incurrido por la empresa World Services Air Cargo, cuyos Servicios fueron contratados por la citada Oficina, el dia 21.08.05. Conforme a dicho servicio, la Empresa se comprometia a transportar por via aerea desde MORDAZA hacia Puerto MORDAZA materiales que serian utilizados en trabajos en la Sede de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA de Dios. El costo por el Servicio (via aerea) fue por S/. 648.00 (Seiscientos Cuarentiocho con 00/100 Nuevos Soles), suma cancelada totalmente por la Entidad. Sin embargo, la Empresa envio los materiales por via terrestre y fuera de tiempo, ocasionando el "atraso en los trabajos programados y con evidente perjuicio para el Poder Judicial"; Que, con documento s/n del 5.9.05, la empresa World Services Air Cargo asume su responsabilidad respecto al perjuicio causado a la Entidad; Que, la Oficina de Asesoria Legal, a traves del Informe Nº 567-2005-OAL-GG-PJ, opina sobre la responsabilidad civil por parte de la Empresa, al haber ejecutado su prestacion en forma tardia, debiendo pagar la respectiva indemnizacion a favor de la Entidad por los danos y perjuicios causados. Con Memorandum Nº 1564-2005OI-GG-PJ, la Oficina de Infraestructura cuantifica los danos ocasionados por la Empresa, en la suma de S/. 3,059.50 (Tres Mil cincuentinueve con 50/100 Nuevos Soles), por los mayores gastos realizados a consecuencia de la ampliacion de fecha en que el personal del Poder Judicial debio quedarse en MORDAZA de Dios; Que, el articulo 1148º del Codigo Civil establece que "el obligado a la ejecucion de un hecho debe cumplir la prestacion en el plazo y modo pactados o, en su defecto, en los exigidos por la naturaleza de la obligacion o las circunstancia del caso". De no cumplir con su obligacion, el acreedor (la Entidad), tiene el derecho a exigir el pago de la indemnizacion que corresponda (articulo 1152º); Que, conforme al articulo 1321º del citado Codigo, "Queda sujeto a la indemnizacion de danos y perjuicios quien no ejecuta sus obligaciones por dolo, culpa inexcusable o culpa leve. El resarcimiento por la inejecucion de la obligacion o por su cumplimiento parcial, tardia o defectuoso, comprende tanto el dano emergente como el lucro cesante, en cuanto MORDAZA consecuencia inmediata y directa de tal inejecucion"; Que, el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru en correspondencia con el articulo 1ºdel Decreto Ley Nº 17537, establece que la defensa de los intereses del Estado esta a cargo de los Procuradores Publicos conforme a ley. El Estado esta exonerado del pago de gastos judiciales; Que, dentro de este contexto legal, es necesario emitir el correspondiente acto administrativo a fin de autorizar a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial el inicio de acciones legales contra la empresa World Services Air Cargo, en virtud de los fundamentos referidos anteriormente; Que, en uso de las facultades conferidas en el Art. 76º de la Ley Organica del Poder Judicial, modificado por Ley Nº 27465 y Ley Nº 27536 y; estando a lo opinado por la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial el inicio de acciones legales contra empresa World Services Air Cargo, a fin de asegurar la defensa de los intereses del Poder Judicial; por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolucion.

Autorizan iniciar acciones legales a la empresa World Services Air Cargo por presuntos danos y perjuicios ocasionados al Poder Judicial
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 183-2006-P-PJ MORDAZA, 17 de MORDAZA del 2006

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