Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2006 (21/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, viernes 21 de MORDAZA de 2006 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo 1°.- Modificar el Plan Anual de Viajes del Sector Transportes y Comunicaciones, a fin de incorporar el viaje de un representante de este Ministerio, a la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador, durante el dia 24 de MORDAZA de 2006, para participar en el "Encuentro Binacional Peru-Ecuador en el MORDAZA de la Iniciativa para la Integracion de la Infraestructura Regional Suramericana (IIRSA)". Articulo 2º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Arbulu MORDAZA, Jefe de la Secretaria de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador, durante el dia 24 de MORDAZA de 2006, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aereo Viaticos Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto US$ US$ US$ 624.90 200.00 30.25

Articulo 4°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario debera presentar ante su institucion un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 5°.- La presente Resolucion Ministerial no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- Encargar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de Caminos y Ferrocarriles del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, las funciones de Jefe de la Secretaria de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a partir del 24 de MORDAZA de 2006 y en tanto dure la ausencia del Titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 06865

como objeto establecer los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, el articulo 29º del citado Reglamento establece el MORDAZA normativo que regula las conversiones de los vehiculos originalmente disenados para combustion de combustibles liquidos con la finalidad de instalar en ellos el equipamiento que permita su combustion a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de que estas se realicen con las maximas garantias de seguridad, por talleres debidamente calificados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilizacion sin control; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3990-2005MTC/15, se aprobo la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, la misma que regula el regimen de autorizacion y funcionamiento de los Talleres de Conversion a GNV y establece las condiciones para operar como tal y los requisitos documentales para solicitar una autorizacion como Taller de Conversion a GNV ante la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, del analisis del expediente presentado por AUTOSERVICIO ARGAS S.A.C., se advierte que se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorizacion como Taller de Conversion a GNV establecidos en el numeral 6,2 de la Directiva Nº 0012005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15; en efecto, se han presentado los siguientes documentos: - Solicitud firmada por el representante legal de AUTOSERVICIO ARGAS S.A.C. - MORDAZA del Testimonio de Escritura Publica de Constitucion S.A.C. de fecha 12 de MORDAZA de 2002, otorgado por AUTOSERVICIO ARGAS S.A.C ante Notario Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA Delgado. - Certificado de vigencia de poder expedido por la Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos de MORDAZA y Callao, correspondiente a la Partida Nº 11371210, expedido con fecha 15 de marzo de 2006, que acredita la vigencia del poder respectivo. - Certificado de Inspeccion de Taller Nº PER-311/06087-001 de fecha 27 de marzo de 2006, emitido por la Entidad Certificadora de Conversiones BUREAU VERITAS DEL PERU S.A., senalando que el taller cumple con los requisitos exigidos en los numerales 6.1.2, 6.1.3 y 6.1.4 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. - Planos de ubicacion y de distribucion del taller, detallando sus instalaciones y diversas areas que lo componen, con su respectiva memoria descriptiva. - Relacion de equipos, maquinaria y herramientas requeridas por el numeral 6.1.3 de la presente Directiva, a la que se adjunta la declaracion jurada del representante legal de la solicitante en el sentido que su representada es propietaria de los citados bienes. - Nomina del personal tecnico del Taller que incluye nombres completos y numeros de sus documentos de identidad, y MORDAZA simple de los titulos y/o certificaciones que acreditan su calificacion y experiencia en conversiones vehiculares al sistema de combustion a GNV. - MORDAZA de la MORDAZA de Inscripcion Nº 02572006-PRODUCE/VMI/DNI-DNTC, que acredita la inscripcion de AUTOSERVICIO ARGAS S.A.C. como proveedor de equipo completo de conversion a gas natural ­ PEC, conforme a lo establecido en el numeral 6.2.7 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. - MORDAZA del Contrato de Arrendamiento celebrado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA T. De MORDAZA con la solicitante, mediante el cual se acredita la posesion legitima de la infraestructura requerida en el numeral 6.1.2 de la Directiva anteriormente mencionada. - MORDAZA de la Licencia de Funcionamiento vigente expedida por la Municipalidad Distrital de Ate. - MORDAZA de la Poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual Nº 2400611700020 emitida por MAPFRE PERU Compania de Seguros y Reaseguros destinada a cubrir los danos a los bienes e integridad

Autorizan a Autoservicio Argas S.A.C. operar el taller "ARGAS S.A.C." en el distrito de Ate, provincia de MORDAZA, como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular (GNV)
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1951-2006-MTC/15 MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2006 VISTOS: El Expediente Nº 2006-020576 presentado por AUTOSERVICIO ARGAS S.A.C. mediante el cual solicita autorizacion para operar el taller denominado "ARGAS SAC" como Taller de Conversion a GNV, a fin de realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos a GNV, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, con el proposito de asegurar que este cumpla con las exigencias tecnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehiculos, normas conexas y complementarias, asi como en la normativa vigente en materia de limites maximos permisibles. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2004MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 017-2005-MTC y 012-2006-MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que tiene

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