Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2006 (21/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, viernes 21 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra los que resulten responsables, por presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 06974 RESOLUCION JEFATURAL Nº 270-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 1530-2005-GP/RENIEC, y el Informe Nº 326-2006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 28 de marzo de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 26497, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, como institucion constitucionalmente autonoma, con personeria juridica de derecho publico interno y con goce de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, se encuentra a cargo de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, en lo que respecta a la custodia de los archivos y datos relacionados a las inscripciones, que sirven de base para la obtencion del Documento Nacional de Identidad; Que, la Gerencia de Procesos, ha podido verificar que se vienen detectando nuevos casos de suplantacion de identidad, la cual consisten en solicitar un duplicado del Documento Nacional de Identidad de un ciudadano determinado, a traves de tramite via web, siendo que la suplantacion se realiza al momento de recoger el documento en la agencia; Que, de acuerdo con la denuncia formulada, se ha determinado que MORDAZA MORDAZA ODICIO MORDAZA, mediante tramite web solicito un duplicado del Documento Nacional de Identidad a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, logrando obtener indebidamente dicho Documento Nacional de Identidad que no le corresponde, hecho esto que se encuentra corroborado con el Informe Pericial practicado a las declaraciones juradas de emision y recepcion, y por perdida, el mismo que concluye en base al estudio de Homologacion Dactiloscopica, que las impresiones dactilares analizadas corresponden a dos personas biologicas diferentes, habiendo sido identificado plenamente la persona que suplanto al titular de la inscripcion Nº 08139988 (registrada a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Romero) en la solicitud de tramite Nº 00459940 realizado via internet el dia 21 de marzo del 2005 asi como en la Declaracion Jurada por perdida de DNI de fecha 28 de marzo del 2005 como MORDAZA MORDAZA ODICIO MORDAZA identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 10059580; Que, de los hechos MORDAZA descritos, se desprende que el comportamiento realizado por el ciudadano MORDAZA MORDAZA ODICIO MORDAZA, al haber declarado datos falsos en las declaraciones juradas ante el

RENIEC, con el objeto de suplantar la identidad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, constituyen indicios razonables de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra; MORDAZA MORDAZA ODICIO MORDAZA, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA ODICIO MORDAZA, por el presunto delito contra la Fe Publica en la modalidad de falsedad ideologica y generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 06975

MINISTERIO PUBLICO
Modifican la Res. Nº 325-2006-MP-FN, encargandose el Despacho de la Fiscalia de la Nacion a Fiscal Suprema Titular de la Primera Fiscalia Suprema en lo Penal
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 423-2006-MP-FN MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2006 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 408-2006-MP-FN, de fecha 11 de MORDAZA de 2006, se ha concedido el goce de vacaciones a la senora doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Suprema Titular de la Fiscalia Suprema en lo Civil, del 17 al 29 de MORDAZA de 2006; resultando necesario modificar el articulo tercero de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 325-2006-MPFN, de fecha 23 de marzo de 2006; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modifiquese el articulo tercero de la Resolucion Nº 325-2006-MP-FN, encargandose el Despacho de la Fiscalia de la Nacion, a la doctora MORDAZA MORDAZA Echaiz MORDAZA, Fiscal Suprema Titular de la Primera Fiscalia Suprema en lo Penal, con retencion de su cargo, mientras dure la ausencia de la senora Fiscal de la Nacion. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente, a la Fiscalia Suprema en lo Civil, Primera Fiscalia Suprema en lo Penal, Gerencia General, y a la Gerencia

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