Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2006 (21/04/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

Pag. 317074

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 21 de MORDAZA de 2006

de la Oficina de Registro de Fiscales, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese.

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 06982

SBS
Autorizan a MIBANCO - Banco de la Microempresa S.A. la apertura de agencia en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 489-2006 MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por MIBANCO - Banco de la Microempresa S.A., para que se le autorice la apertura de una (1) Agencia en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentacion correspondiente para la apertura de la agencia solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Microfinanciera "B", mediante Informe Nº 0542006-DEM "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 1096-2005 de fecha 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a MIBANCO - Banco de la Microempresa S.A., la apertura de una Agencia ubicada en Mz. J1 - Lote 23, Urbanizacion Mariscal MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- Conforme se indica en el numeral 15.7 de la Circular Nº B-2147-2005, dentro de los siete (7) dias calendario de formalizada la apertura, la empresa debera reportar a esta Superintendencia las acciones realizadas en el Anexo B "Movimiento de Oficinas" de la referida Circular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 06869

Que, mediante Resolucion SBS Nº 0225-2006 del 16 de febrero de 2006 se aprobo el Reglamento de Pago de Primas de Polizas de Seguro, con la finalidad adecuar el regimen de pago de primas a lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, precisando ademas, entre otros, las formas de pago, los efectos de la suspension de cobertura y la resolucion del contrato por falta de pago, la compensacion de primas, las sanciones aplicables y los aspectos contables relacionados con estas operaciones, deponiendose como fecha de inicio de vigencia de la MORDAZA el 1 de MORDAZA de 2006; Que, mediante Resolucion SBS Nº 1420-2005 del 16 de setiembre de 2005 que aprobo el Reglamento de Polizas de Seguro y Notas Tecnicas, se establecio, entre otros aspectos, los requisitos minimos que deben contener las polizas de seguro, siendo uno de ellos el regimen de pago de primas aplicable a cada contrato, habiendose prorrogado el inicio de vigencia del mencionado Reglamento hasta el 1 de junio de 2006, a traves de la Resolucion SBS Nº 1777-2005; Que, la implementacion de las nuevas disposiciones que incorpora el Reglamento de Pago de Primas de Polizas de Seguro, requieren de modificaciones tecnologicas a los sistemas informaticos de las empresas de seguros, asi como a los procedimientos implementados; Que, el Reglamento de Pago de Primas de Polizas de Seguro guarda relacion con las disposiciones del Reglamento de Polizas de Seguro y Notas Tecnicas, por lo que resulta conveniente concordar el inicio de vigencia de MORDAZA normas; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Seguros, de Riesgos, de Asesoria Juridica y las Gerencias de Estudios Economicos y de Planeamiento y Servicios al Usuario; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 7 del articulo 349º de la Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Establecer que la Resolucion SBS Nº 225-2006 entrara en vigencia el 1 de junio de 2006, quedando sin efecto a partir de esa fecha las Resoluciones SBS Nº 630-97 del 15 de setiembre de 1997 y Nº 1262-98 del 22 de diciembre de 1998. Articulo Segundo.- Modificar el numeral 3 del Anexo 3 del Reglamento de Pago de Primas de Seguro, en el sentido de que las cuentas 5608.09.01 y 5609.01 denominadas "Intereses de Financiamiento de Primas" mantienen su vigencia, modificandose su denominacion a "Intereses por facilidades en el pago de primas". Articulo Tercero.- Modificar el ar ticulo 20º del Reglamento de Pago de Primas de Seguro: segun se indica a continuacion: "Sanciones Articulo 20º.- El incumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento constituye infraccion grave y sera sancionada de acuerdo al Reglamento de Sanciones aprobado por esta Superintendencia, con excepcion del articulo 17º que se sujetara a lo establecido en el Anexo Nº 1 "Infracciones Comunes" del dispositivo legal citado." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 06867

Establecen fecha de entrada en vigencia de la Resolucion SBS Nº 2252006 y modifican el Reglamento de Pago de Primas de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 495-2006 MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2006

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.