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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G37/G34/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 27 de abril de 2006 Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el inciso j) del artículo 8º de la LeyNº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006; modificada por el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006; y el Decreto deUrgencia Nº 015-2004, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 025-2006; SE RESUELVE: Artículo Primero.- En vía de regularización, autorizar el viaje del señor Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Manuel José Antonio Cacho- Sousa Velásquez, Director de Ceremonial de la DirecciónNacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, del 10 al 14 de abril de 2006, quien participó de las coordinaciones protocolares correspondientes a los eventosprogramados en la Visita Oficial de Trabajo del señor Presidente de la República a las ciudades de San Diego y Washington D.C, Estados Unidos de América. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogó el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de RelacionesExteriores, debiendo el citado funcionario rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión. de acuerdo al siguientedetalle: Nombres y Pasajes Viáticos Número T otal T arifa Apellidos US$ por día de Viáticos Aeropuerto US$ días US$ US$ Manuel José Antonio 1,361.20 220.00 5+1 1,320.00 30.25 Cacho-Sousa Velásquez Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la citada comisión. el mencionado funcionario deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de lasacciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 07230 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G64/G65/G6C/G65/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/GE1/G20/G65/G6E /G6C/G61/G20/G32/G39/GBA/G20/G43/G6F/G6E/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G41/G4F /G70/G61/G72/G61/G20/G41/G6D/GE9/G72/G69/G63/G61/G20/G4C/G61/G74/G69/G6E/G61/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G43/G61/G72/G69/G62/G65/G2C/G20/G61/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G56/G65/G6E/G65/G7A/G75/G65/G6C/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0469-2006-RE Lima, 21 de abril de 2006 Vista, la Carta de fecha 20 de febrero de 2006, que dirige la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), invitando al gobierno peruano a participar en la 29º ConferenciaRegional de la FAO para América Latina y el Caribe, que se desarrollará en la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, del 24 al 28 deabril de 2006; CONSIDERANDO:Que, la 29º Conferencia de la FAO para América Latina y el Caribe, se llevará a cabo del 24 al 28 de abrilde 2006, en la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela; Que, la reunión de Caracas tiene previsto tratar, entre otros, temas propuestos por el Grupo Latinoamericano y del Caribe (GRULAC), como la iniciativa "América Latinasin Hambre 2020"; la inclusión de medidas sanitarias y fitosanitarias sobre calidad e inocuidad agroalimentaria; y la reforma de la FAO, de gran importancia para nuestro país; Teniendo en consideración lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GPX) Nº 1259, del Gabinete de Coordinación del Secretario de Política Exterior, de 17 de abril de 2006; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º delDecreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; en concordancia con el artículo 83º del Decreto SupremoNº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio deRelaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, modificado por el artículo 15º del Decreto de UrgenciaNº 002-2006; y el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 025-2005; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a los funcionarios diplomáticos que conformarán la delegación peruana que participará en la 29º Conferencia Regional de la FAOpara América Latina y el Caribe que se desarrollará en la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, del 24 al 28 de abril de 2006, conformada por: - Lic. Carlos Urrutia Boloña, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Bolivarianade Venezuela, quien la presidirá; - Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Roberto Hernán Seminario Portocarrero, RepresentantePermanente Adjunto ante la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO); y - Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Edwin Luis Gutiérrez Padrón, Funcionario Diplomático de la Embajada del Perú en la República Bolivariana de Venezuela. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la participación del Ministro en el Servicio Diplomático de laRepública, Roberto Hernán Seminario Portocarrero, por concepto de pasajes y viáticos serán cubiertos con cargo a la asignación mensual de la Embajada del Perú enRoma, de conformidad con el artículo 59º del Reglamento para la Administración de las Asignaciones de las Misiones del Servicio Exterior de la República, sin quedichos montos excedan de las tarifas, escalas y normas legales vigentes. Artículo Tercero.- La participación de los otros funcionarios diplomáticos no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 07231 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G58/G56/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G72/G75/G70/G6F/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G41/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G43/G6F/G6E/G73/G75/G6C/G61/G72/G65/G73/G20/G79/G4A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G45/G52/G43/G4F/G53/G55/G52/G20/G79/G20/G41/G73/G6F/G63/G69/G61/G64/G6F/G73 /G79/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0470-2006-RE Lima, 21 de abril de 2006