Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2006 (27/04/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 27 de MORDAZA de 2006

electoral del MORDAZA Nacional de Elecciones, se verifica igualmente que se ha consignado la cantidad de 139 como el "total de ciudadanos que votaron", debiendo ser realmente 140; que conforme al Reglamento aprobado por Resolucion Nº 103-2006-JNE, en su Articulo Tercero, Acapite II, Numeral 3) se establece que si el "total de ciudadanos que votaron" es menor que la cifra obtenida de la suma de los votos consignados a favor de cada organizacion politica participante, mas los votos en MORDAZA, nulos e impugnados; se anula el acta electoral; Que, los organismos electorales no tienen la facultad de corregir y/o reubicar los votos consignados en las actas electorales; asimismo, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como funcion fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realizacion del MORDAZA electoral, asi como velar por el cumplimiento de las normas y disposiciones en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal Regional Titular del "Partido Aprista Peruano"; y en consecuencia, confirmar la Resolucion Nº 008-2006-JEE-LAMB expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, en todos sus extremos. Articulo Segundo.- Remitir la presente resolucion a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para el computo correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 07273 RESOLUCION Nº 412-2006-JNE Expediente Nº 284-2006-APEL MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2006 VISTO, en Audiencia Publica del 21 de MORDAZA de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA Fer nandez Bar tolome, Personero Legal Regional Titular del "Partido Aprista Peruano", contra la Resolucion Nº 010-2006-JEE-LAMB de fecha 14 de MORDAZA de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Lambayeque; CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como funcion administrar justicia en MORDAZA y definitiva instancia en materia electoral, asi como resolver los recursos que se interpongan contra las resoluciones de los Jurados Electorales Especiales, y que sus resoluciones no son susceptibles de revision, contra ellas no procede recurso o accion de garantia alguna conforme lo senalan los articulos 142º, 178 y 181º de la Constitucion Politica del Peru, concordado con el articulo 5º incisos a) y o) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486 y articulo 34º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que, mediante Resolucion Nº 010-2006-JEE-LAMB, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA anula el acta electoral Nº 900386-11-B del distrito de Morrope, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, correspondiente a la eleccion de formula presidencial, observada por error material, pues se consigna la cifra de 237 como "total de ciudadanos que votaron", siendo esta menor que la cifra obtenida de la suma de los votos consignados a favor de cada organizacion politica participante, mas los votos en MORDAZA, nulos e impugnados que es de 239;

Que, al cotejar el acta electoral observada de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales, con el acta electoral del MORDAZA Nacional de Elecciones, se constata que la cifra obtenida de la suma de los votos consignados a favor de cada organizacion politica participante, mas los votos en MORDAZA, nulos e impugnados es 237, la misma que fue correctamente consignada en el "total de ciudadanos que votaron", del Acta del MORDAZA Electoral Especial de Lambayeque; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como funcion fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realizacion del MORDAZA electoral, asi como velar por el cumplimiento de las normas y disposiciones en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal Regional Titular del "Partido Aprista Peruano"; y en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 010-2006-JEE-LAMB expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA que anula el Acta Electoral Nº 900386-11-B del distrito de Morrope, provincia de MORDAZA, departamento de Lambayeque. Articulo Segundo.- Considerar en el Acta Electoral Nº 900386-11-B del distrito de Morrope, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, correspondiente a la eleccion de formula presidencial, la siguiente votacion:
ACTA ELECTORAL Nº 900386-11-B ORGANIZACIONES POLITICAS 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 Partido Socialista Restauracion Nacional Alianza por el Futuro Union por el Peru Partido Justicia Nacional Fuerza Democratica Resurgimiento Peruano Alianza para el Progreso Unidad Nacional Partido Reconstruccion Democratica Concertacion Descentralista Movimiento Nueva Izquierda Frente de Centro Con Fuerza Peru Progresemos Peru Partido Renacimiento MORDAZA Partido Aprista Peruano Peru Ahora Avanza MORDAZA - Partido de Integracion Social Y se llama Peru Votos en MORDAZA Votos nulos Votos impugnados Total de votos emitidos Total de ciudadanos que votaron TOTAL DE VOTOS 00 00 08 113 22 05 00 00 03 03 00 01 00 11 00 00 01 00 01 00 31 00 00 00 38 00 00 237 237

Articulo Tercero.- Remitir la presente resolucion a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para el computo correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 07356

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