Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2006 (28/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, viernes 28 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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Articulo 5º.- La presente resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina de CONASEV en internet. Articulo 6º.- Transcribir la presente resolucion a MORDAZA Maquinarias S.A., en su calidad de emisor; al Banco de Credito del Peru S.A., en su calidad de entidad estructuradora; a Credibolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador; a Cavali S.A. ICLV y a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LOZAN MORDAZA Gerente General Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores 07236

conceptos a los que este obligado el Director solicitante, siempre que tales gastos no se deriven de una responsabilidad por dolo o culpa inexcusable. Articulo 19.- Las Empresas deberan contar con procedimientos internos que les permitan una rapida y efectiva evaluacion y atencion de las solicitudes presentadas por los Directores, asi como el adecuado seguimiento de los procesos. En todos los casos, los solicitantes deberan suscribir un convenio de devolucion a favor de la Empresa, en virtud del cual se comprometan a devolver el monto de los gastos asumidos por la Empresa en caso se demuestre su responsabilidad por dolo o culpa inexcusable. Articulo 20.- Lo dispuesto en los articulos 18 y 19 precedentes tambien resulta aplicable a los Directores de las Empresas que a la fecha de entrada en vigencia de dichos articulos hayan cesado en sus funciones." 2. Precisar que las Disposiciones Transitorias y Finales, actualmente contenidas en el Capitulo VIII de la Directiva aplicable a los Directores de las Empresas en las que FONAFE participa como accionista, mantendran su vigencia y no estaran contenidas en un capitulo especifico de la norma. 3. Encargar a la Direccion Ejecutiva la realizacion de las acciones necesarias para la implementacion del presente Acuerdo. 4. Dispensar el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion previa del Acta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Ejecutiva 07561

FONAFE
Se modifica la Directiva aplicable a los Directores de la Empresas en las que FONAFE participa como accionista aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 002-2004/008-FONAFE
ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 005-2006/012-FONAFE Se comunica que mediante Acuerdo Nº 005-2006/ 012-FONAFE, correspondiente a la Sesion del Directorio de FONAFE instalada con fecha 26 de MORDAZA de 2006, se aprobo lo siguiente: 1. Aprobar el regimen de proteccion y financiamiento judicial de los Directores de las empresas del Estado, el mismo que sera incluido como Capitulo VIII en la Directiva aplicable a los Directores de las Empresas en las que FONAFE participa como accionista, aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 002-2004/008-FONAFE, conforme al siguiente texto: "CAPITULO VIII REGIMEN DE PROTECCION Y FINANCIAMIENTO JUDICIAL DE LOS DIRECTORES Articulo 18.- Los Directores podran solicitar a la Empresa en la que participan la contratacion, por cuenta de dicha Empresa, de un servicio especializado de MORDAZA judicial que les brinde una defensa adecuada en caso MORDAZA demandados administrativa, civil o penalmente unicamente por actos, omisiones o decisiones adoptadas en el ejercicio regular de sus funciones en la propia Empresa. Para el caso de Directores que a la fecha de solicitar su acogimiento al regimen de proteccion y financiamiento judicial, ya no participen como miembros del Directorio de la Empresa, o que estando en goce de la referida proteccion concluyan su participacion en el Directorio, la contratacion del servicio de MORDAZA judicial estara condicionada a que tales Directores presenten garantia suficiente destinada a asegurar que la Empresa pueda recuperar el monto de los gastos asumidos en caso se demuestre su responsabilidad por dolo o culpa inexcusable. La re fe ri d a g a ra n tia no s er a nec es ar ia, a consideracion de la Empresa, en aquellos casos en los que las circunstancias determinen que exista una probabilidad muy baja o que no exista posibilidad que se atr ib u ya re sp o n sabilidad por dolo o c ulpa inexcusable. Las E mp re sa s d enegar an las s olic itudes presentadas por los Directores que hayan sido removidos por el Directorio de FONAFE, asi como cuando las solicitudes se refieran a procesos en los cuales F ONA F E o la pr opia E mpr es a s ean denunciantes o agraviados. Previa autorizacion por parte del Directorio de la Empresa, esta podra asumir el costo de las indemnizaciones y otros

INDECI
Reconocen y autorizan a Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil para que se desempenen en las Direcciones Regionales de Defensa Civil de Tumbes y MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 210-2006-INDECI
24 de MORDAZA del 2006 Visto, el Informe 048-2006-INDECI/13.0 de la Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion, de fecha 7 de MORDAZA del 2006; mediante el cual se remite la relacion de los participantes que aprobaron el Curso de Capacitacion de Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, aptos para su reconocimiento y autorizacion; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2000-PCM; modificado por el Decreto Supremo Nº 100-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 0742005-PCM, establece entre otros aspectos, los organos competentes, las condiciones para ejecucion de las inspecciones, asi como los requisitos para la obtencion del reconocimiento y autorizacion del Inspector Tecnico de Seguridad en Defensa Civil; Que, conforme se establece en el referido Reglamento, el reconocimiento y autorizacion del Inspector Tecnico de Seguridad corresponde a las personas que habiendo cumplido con los requisitos contemplados en los Arts. 40º y 41º, hayan sido presentados al Curso de Capacitacion para Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, por los Organos del SINADECI y hayan aprobado el mencionado curso; Que, la Direccion Regional de Defensa Civil MORDAZA ha llevado a cabo un Curso de Capacitacion para Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, resultando aprobados los participantes conforme a lo informado por la Direccion Nacional de Educacion y

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