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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326406El Peruano miércoles 16 de agosto de 2006 de aprobada, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República, a la Contaduría Pública de la Nación y a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese y comuníquese.MANUEL DUARTE VELARDE Presidente ANEXO Pliego: 450 Gobierno Regional del Departamento de Junín Fte. Fto. 13 Donaciones y Transferencias Por el Ingreso :3.0.0 TRANSFERENCIAS 3,031,887 3.1.0 TRANSFERENCIAS 3,031,887 3.1.3 EXTERNAS 3,031,887 3.1.3.004 DONACIONES - UNION EUROPEA 3,031,887 Por el Egreso :6.5 INVERSIONES 3,031,887 CÓDIGO DENOMINACIÓN MONTO FUNCIÓN PROGRAMA SUBPRO- PROYECTO GRAMA 03 ADMINISTRACIÓN Y PLANEAMIENTO 426,500.00 003 ADMINISTRACIÓN 426,500.00 0006 ADMINISTRACIÓN GENERAL 426,500.00 2.018593 PROGRAMA DE APOYO 426,500.00 AL FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL 6.5 Inversiones 426,500.00 16 TRANSPORTES 2,605,387.00 052 TRANSPORTE TERRESTRE 2,605,387.00 0142 CONSTRUCCIÓN Y MEJORAMIENTO DE 2,605,387.00 CARRETERAS 2.029893 MEJORAMIENTO DE LA 1,011,088.00 CARRETERA VECINAL KIVINAKI - ALTO SAN JUAN = 15.00 KM (Mejoramiento y Rehabilitación de la Carretera San Fernando de Kivinaki - Cerro Picaflor en el distrito de Perené, provincia de Chanchamayo - Región Junín) 6.5 Inversiones 1,011,088.00 2.029894 MEJORAMIENTO DEL CAMINO 1,594,299.00 VECINAL LAS PALMAS IPOKI - COLONIA HUANCA L= 30+547 KM 6.5 Inversiones 1,594,299.00 TOTAL 3,031,887.00 01007-1 GOBIERNO REGIONAL DE PUNO /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G52/G65/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G52/G65/G65/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G2D /G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4F/G72/G67/GE1/G6E/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G61/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G75/G6E/G6F (Se publica la presente Ordenanza Regional a solicitud del Gobierno Regional de Puno, mediante Oficio Nº 128-2006-G.R. PUNO /OCRG, recibido el 14 de agosto de 2006) ORDENANZA REGIONAL Nº 025-2005 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Puno, en Sesión Ordinaria celebrada a los trece días del mes de septiembre de 2005, ha tratado, debatido y aprobado por unanimidad la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado considera que la descentralización es una forma de organizacióndemocrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivofundamental el desarrollo integral del país, con ese pro-pósito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales auto- nomía política, económica y administrativa en los asun- tos de su competencia; Que, el Art. 192 de la Constitución Política del Estado, establece que los Gobiernos Regionales son competen- tes, entre otros, para dictar normas inherentes a la ges- tión regional, así como para promover y regular activida- des y/o servicios en materia, de educación, conforme a Ley; Que, el Art. 37 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, establece que corresponde a losGobiernos Regionales a través de sus órganos de Go- bierno dictar las normas y disposiciones para una ade- cuada administración de las responsabilidades a su car- go, como son Ordenanzas Regionales y Acuerdos delConsejo Regional; Que, en el año 2004 debido a las constantes denun- cias de irregularidades y deficiencias significativas decarácter institucional, pedagógico y administrativo exis- tentes en la Dirección Regional de Educación de Puno – DREP; mediante Acuerdo Nº 27-2004, el Consejo Re-gional de Puno designó una comisión encargada de in- vestigar las acciones desarrolladas por la Dirección Regional de Educación de Puno, en los procesos denombramiento, reasignaciones, contrataciones de per- sonal, Sub CAFAE , administrativo, en la implementación de las Unidades de Gestión Educativa Local y otros in- herentes a ka gestión educativa; comisión que estuvopresidida por el Consejero Regional Ing. Jorge NuñezHuaracha; Que la Comisión Investigadora de fecha 19 de Julio de 2004 con Oficio Nº 025-2004-GR PUNO/CIDREP re- mitió su Informe Final de la Comisión al Consejo Regio- nal de Puno, documento en el que expresamente con- cluyó haber encontrado indicios razonables de respon-sabilidad administrativa, civil y penal respecto a los he-chos investigados en los que se hallan implicados fun- cionarios y servidores de la DREP; asimismo recomen- dó el inicio de las acciones correspondientes; Que, el Consejo Regional de Puno considerando las irregularidades y deficiencias del sector Educación, me- diante Acuerdo Nº 067-2004 aprobó el Informe Final de la Comisión Investigadora de la DREP , y dispuso que se remita copia del mismo a la Oficina de Control Interno del Sector Educación, al Ministerio Público, Procurador Pú- blico Regional y al Procurador Público Anticorrupción; Que a fin de determinar si, las presuntas denuncias a la gestión del Director de la DREP eran consistentes y suficientes por el período 2004-2005, el Órgano de Con- trol Institucional con Informe Especial Nº 009-2005-2- 5350 realizó un Informe Especial de la Dirección Regio-nal de Educación de Puno, período 2004 a mayo de 2005; y recomendó se autorice al Procurador Público del Gobierno Regional de Puno el inicio de las accioneslegales correspondientes por los hechos contenidos en el Informe Especial; Que, asimismo la Secretaría General del Sindicato Único de Trabajadores de Educación – SUTE Regional de Puno;la Secretaría General de la Federación Regional de Traba-jadores Administrativos del Sector Educación – FENTASE; y la Secretaría General del Sindicato de Docentes en Edu- cación Superior del Perú – SIDESP , con Oficio Nº 042- SUTEP-PUNO-05 Oficio Nº 129-05-FENTASE-P y Carta respectivamente denuncian que en la DREP se ha Intitu- cionalizado la inmoralidad, corrupción y caos, en conse-cuencia solicitan la reorganización de la DREP por las gra-ves deficiencias e irregularidades; Que el artículo 2º de la R.M. Nº 00073-2005-ED, pu- blicada en el Diario Oficial El Peruano el 4 de marzo del2005, establece textualmente lo siguiente: “En caso deencontrar graves deficiencias e irregularidades en la Dirección Regional de Educación, el Gobierno Regional podrá declarar en reorganización la Dirección Regional de Educación correspondiente, previa coordinación con el titular del Sector y sustentación de las causas que lajustifican, solicitando al Ministerio de Educación que de-signe a un representante, quién a petición del GobiernoRegional presidirá la Comisión Reorganizadora. Dichoproceso se realizará respetando los lineamientos gene- rales y las políticas nacionales sobre educación emiti- das por el Gobierno Regional Nacional. El Ministerio deEducación Garantiza la participación de los equipos téc-nicos que se requieren para dicho fin”;