Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2006 (17/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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Nº 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 DNI 22423872 07458135 02794884 22517630 04005899 02428914 10432414 29722066 08033795 09634254 21439338 09821338 19909006 10632650 23884468 00438054 08084407 01489232 APELLIDO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MOMBRU MORDAZA MORDAZA MESTAS MORDAZA AYAMAMANI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA APELLIDO MORDAZA LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BAHAMONDE MORDAZA MORDAZA CESTI TUPAYACHI MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUARAG MORDAZA

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 17 de agosto de 2006

NOMBRES MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA FREDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

AMPLIACION DE ACCESITARIOS AL CARGO DE ASISTENTES ADMINISTRATIVOS DE ODPE
Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 DNI 19992439 22498142 02300297 20085410 17881791 80278840 31041784 19871109 29243841 28297302 23948194 02621169 APELLIDO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA COTRADO MILLER YARMAS NINAPAYTAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAIRE MORDAZA APELLIDO MORDAZA MORDAZA CACHAY MORDAZA MORDAZA LOLI MORDAZA MORDAZA SANTIANI MOLLENEDO MORDAZA ATAULLUCO MORDAZA NOMBRES MORDAZA MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANNY MORDAZA MORDAZA KATHIA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

01100-1

Aprueban "Procedimiento para el sorteo de ubicacion de los bloques de organizaciones politicas en las cedulas de sufragio de las Elecciones Regionales y Municipales 2006"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 186-2006-J/ONPE MORDAZA, 15 de agosto de 2006 VISTOS: El Memorando Nº 591-2006-GFCE/ONPE, de fecha 8 de agosto de 2006, de la Gerencia de Formacion y Capacitacion Electoral; el Informe Nº 009-2006-CMSCCGN/-GAJ/ONPE y el Memorando Nº 665-2006-GAJ/ ONPE, ambos de fecha 11 de agosto de 2006, de la Gerencia de Asesoria Juridica; el Informe Nº 192-2006GPDE/ONPE, de fecha 14 de agosto de 2006, de la Gerencia de Planificacion y Desarrollo Electoral; el Informe Nº 091-2006-MABB-GAJ/ONPE y el Memorando Nº 671-2006-GAJ/ONPE, ambos de la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 15 de agosto de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2006-PCM, de fecha 22 de marzo de 2006, se ha convocado a Elecciones Regionales y Municipales para el 19 de noviembre del presente ano en todo el territorio de la Republica; Que, de conformidad con el articulo 37º de la Ley Organica de Elecciones, Nº 26859, la Oficina Nacional

de Procesos Electorales - ONPE tiene a su cargo la organizacion y ejecucion de los procesos electorales y consultas populares; y ejerce sus atribuciones y funciones con sujecion a la Constitucion y a su Ley Organica; Que, de conformidad con el literal c) del articulo 5º de la Ley Organica de la ONPE, Nº 26487, es funcion de este organismo electoral planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normatividad vigente; Que, segun lo dispuesto por el articulo 165º de la Ley Organica de Elecciones: "(...) El diseno y el procedimiento de ubicacion de las candidaturas o simbolos deben publicarse y presentarse ante los personeros de partidos politicos, organizaciones politicas, agrupaciones independientes y candidatos dentro de los dos (2) dias naturales despues del cierre de la inscripcion de candidaturas. La ubicacion de las candidaturas o simbolos se efectua mediante sorteo publico, en presencia de los personeros y de notario publico"; Que, entre otros aspectos, la citada MORDAZA establece la fecha en que se publicara el sorteo de ubicacion de las organizaciones politicas en la cedula de sufragio; Que, no obstante, debe manifestarse que el MORDAZA Nacional de Elecciones, en el MORDAZA de las Elecciones Regionales y Municipales 2002, a proposito de un recurso de nulidad interpuesto por la organizacion politica local "Ahora Desarrollo Organizacion Responsabilidad y Aper tura - D.O.R.A.", emitio la Resolucion Nº 314-2002-JNE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de agosto de 2002, disponiendo que "la Oficina Nacional de Procesos Electorales, realice un primer sorteo a nivel nacional para la ubicacion de los bloques en la cedula de sufragio; y, posteriormente, se realice el sorteo para la ubicacion de los simbolos o numeros en cada bloque"; sin establecer la fecha en que debia realizarse el primer sorteo de los bloques de organizaciones politicas; Que, las caracteristicas de las proximas Elecciones Regionales y Municipales a realizarse el 19 de noviembre de 2006 vienen a ser sustancialmente similares a las de las Elecciones Regionales y Municipales 2002, motivo por el cual, los criterios aplicados en los considerandos anteriores son aplicables para estas elecciones; Que, por otro lado, con fecha 12 de agosto de 2006 se publico en el Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 28869, Ley que Promueve la Participacion de la Juventud en las Listas de Regidores Provinciales y Municipales, cuya MORDAZA Disposicion Transitoria amplia el plazo de MORDAZA de la solicitud de inscripcion de candidatos a alcaldes y regidores ante los Jurados Electorales Especiales hasta el 30 de agosto del presente ano, por lo que la fecha de publicacion del procedimiento de ubicacion de las candidaturas o simbolos en la cedula, previsto por el articulo 165º de la Ley Organica de Elecciones, se ha visto retrasado, alterando el cronograma electoral; Que, mediante el Memorando Nº 591-2006-GFCE/ ONPE, de la Gerencia de Formacion y Capacitacion Electoral, dicha unidad organica propone que el sorteo de bloques y el sorteo de organizaciones politicas para determinar la ubicacion de cada una de estas dentro de la cedula de sufragio se realice uno en un plazo previo al otro, de manera que se pueda elaborar y realizar las distintas variantes de cedulas y actas padron, el material de capacitacion a utilizarse en el taller descentralizado y la capacitacion de actores electorales; Que, considerando que el MORDAZA Nacional de Elecciones ha establecido el sorteo de bloques en la cedulas de sufragio, sin determinar la fecha de realizacion, lo cual tampoco fluye de MORDAZA electoral alguna, y para efectos de publicar los modelos preliminares de la cedula de sufragio para las elecciones Regionales y Municipales, conforme al articulo 165º de la Ley Organica de Elecciones, es necesario conocer el orden de ubicacion que los bloques de partidos politicos, movimientos y organizaciones politicas locales (provinciales y distritales), tendran en las cedulas de sufragio a utilizarse en las Elecciones Regionales y Municipales 2006;

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