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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326452El Peruano jueves 17 de agosto de 2006 Nº DNI APELLIDO APELLIDO NOMBRES PATERNO MATERNO 3 22423872 MILLAN LA ROSA ALBERTO GERMAN 4 07458135 COLLAZOS VISALOT GLADIS 5 02794884 MOMBRU FIGUEROA FERNANDO GUST AVO 6 22517630 PRUDENCIO AGUI NELSON ELVIS 7 04005899 DAVIRAN ROJAS HERNAN ANDRES 8 02428914 MEST AS VILCA MIGUEL LUCIANO 9 10432414 BA UTISTA QUISPE EDUARDO ENRIQUE 10 29722066 A Y AMAMANI CANAZA HUGO FREDY 11 08033795 VENTOCILLA BAHAMONDE ASUNCION ARMANDO 12 09634254 RAMIREZ REYNA CARLOS ENRIQUE 13 21439338 TORRES QUISPE CARLOS ALBERTO 14 09821338 MUÑOZ CESTI ANGEL RICARDO 15 19909006 DIAZ TUPAYACHI ROBERTO MARINO 16 10632650 AGUILAR LOPEZ ELSA BEA TRIZ 17 23884468 ELGUERA SOTO VICTOR RAUL 18 00438054 CCORIMANYA FIGUEROA BETTY MARISOL 19 08084407 V ARAS HUARAG CRISTINA ROSANA 20 01489232 QUISPE GUTIERREZ AMERICO AMPLIACIÓN DE ACCESITARIOS AL CARGO DE ASISTENTES ADMINISTRATIVOS DE ODPE Nº DNI APELLIDO APELLIDO NOMBRES PATERNO MATERNO 1 19992439 QUICHCA PINO Y OLANDA 2 22498142 DURAND CACHA Y DIANA LUZ 3 02300297 T ACCA ESCOBEDO JOSE FERNANDO 4 20085410 COTRADO A Y ALA ZENIA MILAGROS 5 17881791 MILLER LOLI IT ALO ALFREDO DANIEL 6 80278840 Y ARMAS DUEÑAS MIRIAM YOLANDA 7 31041784 NINAPAYTAN FLORES ANNY JOSEFA 8 19871109 LOZANO SANTIANI ROSARIO KATHIA 9 29243841 FERNANDEZ MOLLENEDO JOSEFA LIDIA 10 28297302 P ARIONA CARBAJAL DORIS 11 23948194 SAIRE ATA ULLUCO RUTH LIDIA 12 02621169 BRAVO MIRANDA OFELIA BERNARDIT A 01100-1 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G22/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G73/G6F/G72/G74/G65/G6F /G64/G65/G20 /G75/G62/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G6F/G73/G20 /G62/G6C/G6F/G71/G75/G65/G73/G20 /G64/G65 /G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G63/GE9/G64/G75/G6C/G61/G73 /G64/G65/G20 /G73/G75/G66/G72/G61/G67/G69/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G73/G20 /G45/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G32/G30/G30/G36/G22 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 186-2006-J/ONPE Lima, 15 de agosto de 2006 VISTOS:El Memorando Nº 591-2006-GFCE/ONPE, de fecha 8 de agosto de 2006, de la Gerencia de Formación yCapacitación Electoral; el Informe Nº 009-2006-CMSC- CGN/-GAJ/ONPE y el Memorando Nº 665-2006-GAJ/ ONPE, ambos de fecha 11 de agosto de 2006, de laGerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 192-2006- GPDE/ONPE, de fecha 14 de agosto de 2006, de la Gerencia de Planificación y Desarrollo Electoral; elInforme Nº 091-2006-MABB-GAJ/ONPE y el Memorando Nº 671-2006-GAJ/ONPE, ambos de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 15 de agostode 2006; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2006-PCM, de fecha 22 de marzo de 2006, se ha convocado aElecciones Regionales y Municipales para el 19 de noviembre del presente año en todo el territorio de la República; Que, de conformidad con el artículo 37º de la Ley Orgánica de Elecciones, Nº 26859, la Oficina Nacionalde Procesos Electorales - ONPE tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares; y ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución y a su LeyOrgánica; Que, de conformidad con el literal c) del artículo 5º de la Ley Orgánica de la ONPE, Nº 26487, es función deeste organismo electoral planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de lanormatividad vigente; Que, según lo dispuesto por el artículo 165º de la Ley Orgánica de Elecciones: "(...) El diseño y elprocedimiento de ubicación de las candidaturas o símbolos deben publicarse y presentarse ante los personeros de partidos políticos, organizacionespolíticas, agrupaciones independientes y candidatos dentro de los dos (2) días naturales después del cierre de la inscripción de candidaturas. La ubicación de lascandidaturas o símbolos se efectúa mediante sorteo público, en presencia de los personeros y de notario público"; Que, entre otros aspectos, la citada norma establece la fecha en que se publicará el sorteo de ubicación de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio; Que, no obstante, debe manifestarse que el Jurado Nacional de Elecciones, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2002, a propósito de unrecurso de nulidad interpuesto por la organización política local "Ahora Desarrollo Organización Responsabilidad y Apertura - D.O.R.A.", emitió laResolución Nº 314-2002-JNE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de agosto de 2002, disponiendo que "la Oficina Nacional de Procesos Electorales,realice un primer sorteo a nivel nacional para la ubicación de los bloques en la cédula de sufragio; y, posteriormente, se realice el sorteo para la ubicaciónde los símbolos o números en cada bloque"; sin establecer la fecha en que debía realizarse el primer sorteo de los bloques de organizaciones políticas; Que, las características de las próximas Elecciones Regionales y Municipales a realizarse el 19 de noviembre de 2006 vienen a ser sustancialmentesimilares a las de las Elecciones Regionales y Municipales 2002, motivo por el cual, los criterios aplicados en los considerandos anteriores sonaplicables para estas elecciones; Que, por otro lado, con fecha 12 de agosto de 2006 se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 28869,Ley que Promueve la Participación de la Juventud en las Listas de Regidores Provinciales y Municipales, cuya Segunda Disposición Transitoria amplía el plazo depresentación de la solicitud de inscripción de candidatos a alcaldes y regidores ante los Jurados Electorales Especiales hasta el 30 de agosto del presente año, porlo que la fecha de publicación del procedimiento de ubicación de las candidaturas o símbolos en la cédula, previsto por el artículo 165º de la Ley Orgánica deElecciones, se ha visto retrasado, alterando el cronograma electoral; Que, mediante el Memorando Nº 591-2006-GFCE/ ONPE, de la Gerencia de Formación y Capacitación Electoral, dicha unidad orgánica propone que el sorteo de bloques y el sorteo de organizaciones políticaspara determinar la ubicación de cada una de éstas dentro de la cédula de sufragio se realice uno en un plazo previo al otro, de manera que se pueda elaborary realizar las distintas variantes de cédulas y actas padrón, el material de capacitación a utilizarse en el taller descentralizado y la capacitación de actoreselectorales; Que, considerando que el Jurado Nacional de Elecciones ha establecido el sorteo de bloques en lacédulas de sufragio, sin determinar la fecha de realización, lo cual tampoco fluye de norma electoral alguna, y para efectos de publicar los modelospreliminares de la cédula de sufragio para las elecciones Regionales y Municipales, conforme al artículo 165º de la Ley Orgánica de Elecciones, esnecesario conocer el orden de ubicación que los bloques de partidos políticos, movimientos y organizaciones políticas locales (provinciales ydistritales), tendrán en las cédulas de sufragio a utilizarse en las Elecciones Regionales y Municipales 2006;