Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2006 (26/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano sabado 26 de agosto de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

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2. Cronograma de renovacion progresiva de su actual flota vehicular que contenga la renovacion del integro de la flota, por unidades nuevas. 3. Fuente de financiamiento de la inversion. 4. Propuesta de sistema de recaudo. 5. Plan de mitigacion social que minimice el impacto que genere la salida del sistema de las unidades de transporte con la que viene actualmente operando. La propuesta presentada por la Empresa de Transporte podra ser pasible de modificacion por la Gerencia General de Transporte MORDAZA, la que indicara a la empresa proponente, las posibles modificaciones tecnicas que deben realizarse; luego del cual y cumplidos los requisitos otorgara la Autorizacion. Articulo Sexto.- DE LA CARTA FIANZA Las Empresas de Transporte a efectos de garantizar el cumplimento del MORDAZA de renovacion de la flota vehicular dispuesto por la Ordenanza Municipal Nº 000007-2006 deberan presentar MORDAZA de la suscripcion del contrato una Carta Fianza Bancaria, o Poliza de Caucion, solidaria, irrevocable, de realizacion automatica o cheque de gerencia, extendida a favor de la Municipalidad Provincial del Callao por un monto equivalente a Una Unidad Impositiva Tributaria (1 UIT), con una vigencia de un ano, contados a partir de la expedicion de la Resolucion General que otorga la Autorizacion por el plazo de 10 anos, la cual debera renovarse anualmente con treinta (30) dias de anticipacion MORDAZA de su vencimiento. Articulo Setimo.- DE LA AUTORIZACION Y CONTRATO Las Empresas de Transporte que cumplan con los requisitos de adecuacion previstos en el presente Decreto, obtendran la Autorizacion Municipal respectiva cuya vigencia sera de diez (10) anos, dando lugar a la suscripcion del contrato por el Gerente General de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao y la Empresa de Transporte que califique. Si la Empresa de Transporte no suscribiera el contrato dentro del plazo que establecezca la Gerencia General de Transporte MORDAZA se procedera a la revocacion de la autorizacion otorgada. El contrato establecera como minimo lo siguiente: a) Identificacion de la ruta o rutas involucradas, itinerarios y datos tecnicos. b) Caracteristicas tecnicas de la flota vehicular c) Condiciones del Servicio. d) Plazo de la Autorizacion del Servicio. e) Causales de la resolucion del contrato. f) Otros que establezca la Gerencia General de Transporte MORDAZA DISPOSICIONES FINALES Primera.- La Gerencia General de Transporte MORDAZA en un plazo no mayor de 30 dias calendario emitira las resoluciones correspondientes adecuando las fichas tecnicas de cada una de las actuales rutas urbanas disenadas para la prestacion del servicio de transporte publico MORDAZA de pasajeros, conforme al MORDAZA diseno operacional aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 00007-2006. Segunda.- Los vehiculos MORDAZA camionetas rurales retirados del padron vehicular de la Empresa de Transporte por renovacion vehicular, seran excluidos del Registro de Transporte MORDAZA e Interurbano de la Municipalidad Provincial del Callao y no podran ser habilitados por la Gerencia General de Transporte MORDAZA para la prestacion del servicio de transporte de pasajeros en la jurisdiccion de la Provincia Constitucional del Callao. Tercera.- La sustitucion e inclusion de las unidades detalladas en el numeral 6 del articulo 2 que realice la Empresa de Transporte durante el plazo de la autorizacion que se otorgue solo procedera por vehiculos de menor antiguedad y de igual o mayor capacidad a la del vehiculo sustituido. La Gerencia General de Transporte MORDAZA solo permitira la sustitucion y/o inclusion siempre y cuando el vehiculo se encuentre registrado en los

respectivos Registros de Transporte de la Municipalidad Provincial del Callao o de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Cuarta.- Las unidades vehiculares que vienen prestando Servicio de Transporte Publico MORDAZA de Pasajeros que tengan una antiguedad de veinte anos, seran dados de Baja automaticamente del padron vehicular de la Empresa de Transporte, por la Gerencia General de Transporte MORDAZA y por tanto quedan inhabilitados para seguir prestando servicio publico de pasajeros. La baja de oficio se ejecuta por el solo merito de haber adquirido el vehiculo el plazo de antiguedad referido en el primer parrafo y se notificara a la Empresa de Transporte con una anticipacion de 30 dias calendarios de que el vehiculo cumpla la antiguedad prevista en el parrafo anterior, a fin de que proceda a su sustitucion. De no ser sustituido el vehiculo y verificada la antiguedad prevista, la Gerencia General de Transporte MORDAZA procedera a la Baja de Oficio del vehiculo retirandolo del padron vehicular de la Empresa y excluyendolo definitivamente del Registro de Transporte MORDAZA e Interurbano de la Municipalidad Provincial del Callao no pudiendo ser habilitados por la Gerencia General de Transporte MORDAZA para la prestacion del servicio de transporte de pasajeros en la jurisdiccion de la Provincia Constitucional del Callao. La tarjeta de circulacion del vehiculo inhabilitado sera decomisada por la Gerencia General de Transporte MORDAZA a traves de los inspectores de transporte. Quinta.- La Gerencia General de Transporte MORDAZA queda facultada a expedir todas las normas tecnicas y disposiciones complementarias que se requieran para la implementacion de la Ordenanza Municipal Nº 0000072006 y el presente Decreto de Alcaldia. Sexta.- Quedan eliminados los itinerarios y codigos de rutas: UC-05, UC-15, UC-16, UC- 19, UC-22, UC-23, UC-25, UC-26, UC-27, UC-28, UC-33, UC-36, UC-38, UC-39, UC-42, UC-46, UC-49, UC-50, UC-51, UC-53, UC-54, UC-55, UC-56 y UC-57. Las Empresas de Transporte que a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, se encuentren operando cualquiera de las mencionadas rutas, continuaran prestando servicio de transporte publico durante el plazo de vigencia de sus respectivas Resoluciones otorgadas por la Gerencia General de Transporte Urbano. Setima.- Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto de Alcaldia. Octava.- Encarguese el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia General de Transporte Urbano. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA del Callao 01389-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de vehiculo para acciones de evaluacion y monitoreo del MORDAZA de erupcion del Volcan Ubinas
ACUERDO MUNICIPAL Nº 058 MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2006 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 28 de MORDAZA del 2006, el Oficio Nº 209-05-CPDC-MPA del Secretario Tecnico del Comite Provincial de Defensa CivilArequipa, sobre la adquisicion de un vehiculo adecuado para efectuar evaluaciones y monitoreo del MORDAZA de erupcion del Volcan Ubinas;

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