Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2006 (26/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 26 de agosto de 2006

persona que se encuentre en el domicilio, dejandose MORDAZA de sus apellidos y nombres, documento de identidad y de su relacion con el administrado. Si la persona con la que se entienda la diligencia se negara a recibir la notificacion se MORDAZA constar asi en el acta. 18.2. Por publicacion Subsidiaria Se realizara en el Diario Oficial El Peruano y en uno de los diarios de mayor circulacion. La publicacion en via subsidiaria a la modalidad senalada, se emplea cuando la Administracion se encuentre frente a alguna de las siguientes circunstancias evidenciables e imputables al administrado: - Cuando resulte impracticable otra modalidad de notificacion preferente por ignorarse el domicilio del administrado, pese a la indagacion realizada. - Cuando se hubiese practicado infructuosamente cualquier otra modalidad de notificacion, sea porque es equivocado el domicilio aportado por el administrado, el domicilio se encuentre cerrado o se encuentre persona no capaz. - Otros motivos imputables al administrado que haga que la notificacion personal o por correo certificado devenga en infructuosa, los que deberan ser demostrados por el Ejecutor Coactivo. 19. Contenido Minimo del Cargo de notificacion 19.1. Notificacion personal o por correo certificado El contenido minimo del cargo de notificacion sera: - Fecha y hora - Apellidos y Nombres, denominacion o razon social del administrado - Numero de RUC o documento de identidad del administrado, segun corresponda - Numero de documento que se notifica - Apellidos y Nombres y documento de identidad del que recibe la notificacion y su relacion con el administrado. - Firma de la persona con quien se entienda la diligencia o MORDAZA de la negativa de recepcion - De haber negativa a la recepcion, se debera dejar MORDAZA de ello en el acta. 19.2. Por publicacion en el Diario Oficial y en uno de los diarios de mayor circulacion La publicacion debera contener los requisitos previstos en el numeral 6.6. 20. Notificacion de la REC La Resolucion de Ejecucion Coactiva se notificara acompanada de MORDAZA del acto o resolucion administrativa que genera la obligacion materia de ejecucion forzosa, asi como de la correspondiente MORDAZA de su notificacion personal en la que figure la fecha en que esta MORDAZA se llevo a cabo. Si la notificacion personal no se pudo realizar se acompanara MORDAZA de la notificacion realizada en la modalidad de publicacion. 21. Dispensa de Notificacion El SAT queda dispensado de notificar formalmente a los administrados cualquier acto que MORDAZA sido emitido en su presencia, siempre que exista acta de esta actuacion procedimental donde conste la asistencia del administrado. Tambien queda dispensada de notificar si el administrado tomara conocimiento del acto respectivo mediante su acceso directo y espontaneo al expediente, recabando su MORDAZA, dejando MORDAZA de esta situacion en el expediente. 22. Plazo para efectuar la Notificacion Toda notificacion debera practicarse a mas tardar

dentro del plazo de cinco (5) dias, a partir de la expedicion del acto que se notifique. La notificacion efectuada sin considerar el plazo establecido no acarrea la nulidad del mismo, en consecuencia se considera una notificacion valida. De tratarse de la notificacion de la Resolucion de Ejecucion Coactiva, en materia tributaria, debera notificarse dentro de los cuarenta y cinco (45) dias habiles de trabadas las medidas cautelares. De mediar causa justificada este termino podra prorrogarse por veinte (20) dias habiles mas. CAPITULO V: DISPOSICIONES FINALES 23. Notificaciones defectuosas En caso que se demuestre que la notificacion se ha realizado sin las formalidades y requisitos legales, se ordenara se rehaga, subsanando las omisiones en que se hubiesen incurrido, sin perjuicio para el administrado. La desestimacion del cuestionamiento a la validez de una notificacion, causa que dicha notificacion opere desde la fecha en que fue realizada. 24. Obligaciones de la Administracion Tributaria El organo encargado de las notificaciones a los contribuyentes y ciudadanos, velara por la correcta notificacion de los actos administrativos, aun cuando estos hayan sido asumidos por un tercero que brinde el servicio de notificacion; debiendo informar sobre las deficiencias encontradas, a efectos que se exija el cumplimiento de los contratos o convenios suscritos, y de ser el caso, se apliquen las penalidades establecidas, conforme a ley. 25. Vigencia La presente Directiva entrara en vigencia en el plazo de 45 dias habiles, contados desde su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. 26. Derogacion A partir de la entrada en vigencia de la presente Directiva, se deja sin efecto las siguientes disposiciones: Resolucion Jefatural Nº 001-004-00000803. Directiva Nº 001-006-00000001 y modificatorias. Directiva Nº 001-006-00000003 y modificatorias. Circular Nº 001-008-00000002

MORDAZA MORDAZA MORDAZA ONETO Jefe del Servicio de Administracion Tributaria 01421-1

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Adecuan monto de dietas de Regidores para los meses de agosto a diciembre del ano 2006
ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-2006/MDCH Chorrillos, 19 de agosto del 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, en Sesion Ordinaria de la fecha; y,

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