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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (26/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 26 de agosto de 2006 326945REPUBLICADELPERU Quinto.- La presente Ordenanza estará vigente hasta el 2 de setiembre del 2006. Sexto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, a través de sus Unidades Orgánicas, Gerencia de Administración, Subgerencia de Imagen Institucional,Subgerencia de Informática y Agencias de DesarrolloMunicipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 01403-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO /G44/G69/G63/G74/G61/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G63/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G73 /G61/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G52/G75/G74/G61/G73/G20/G79/G20/G44/G69/G73/G65/GF1/G6F /G4F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G55/G72/G62/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65 /G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G73/G61/G6A/G65/G72/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000021 Callao, 15 de agosto de 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades Provinciales sonórganos del Gobierno Local que gozan de autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos desu competencia. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 81º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades Provinciales son competentes en materiade transporte, para normar y regular el transporte públicoy otorgar las correspondientes licencias o concesionesde rutas para el transporte de pasajeros. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000007, de fecha 24.02.2006, se aprobó la Actualización del Plan Regulador de Rutas y Diseño Operacional del SistemaUrbano de Transporte Público de Pasajeros en laProvincia Constitucional del Callao. Que, el artículo quinto de la Ordenanza Municipal referida establece que mediante Decreto de Alcaldía se expedirán todas las disposiciones que se requieran para la complementación de la citada norma municipal, asícomo los demás requisitos que deberán cumplir lasdiversas Empresas de Transporte que prestan serviciode transporte público en rutas urbanas y que deseenadecuar la vigencia de sus autorizaciones por el plazo de 10 años. Por lo que estando a las consideraciones expuestas, con la visación de la Gerencia General de TransporteUrbano y Gerencia General de Asuntos Jurídicos yConciliación, y en ejercicio de las facultades que confiereal Señor Alcalde, el artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. SE DECRETA: Artículo Primero: DELEGACIÓN DE FACULTADES Facúltese a la Gerencia General de Transporte Urbano a llevar a cabo el proceso de adecuación de la vigenciade las autorizaciones para la Prestación del Servicio deTransporte Público Regular de Pasajeros en las rutas urbanas detalladas en el Anexo Nº 01, conforme al PlanRegulador de Rutas y Diseño Operacional del SistemaUrbano de Transporte Público de Pasajeros de laProvincia Constitucional del Callao, aprobado medianteOrdenanza Municipal Nº 000007, de fecha 24 de febrero del 2006 y que como Anexo Nº 02 forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo: DE LOS REQUISITOS DE ADECUACIÓN Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DESOLICITUD Las Empresas de Transportes que mantengan autorización vigente cuyas rutas se encuentrenidentificadas en el Anexo Nº 01 del presente Decreto deAlcaldía, que deseen adecuar sus autorizaciones por elplazo de vigencia de diez (10) años; deberán cumplircon los siguientes requisitos: 1. Presentación de solicitud de adecuación de autorización por el plazo de vigencia de diez años,debidamente suscrita por el representante legal de laEmpresa de Transporte, la misma que deberá contenercomo mínimo la siguiente información: Número del registro único de contribuyente vigente, Número de documento de identidad del representante legal, domicilio legal yteléfono de la empresa y domicilio real del representantelegal. 2. Presentación de copia legalizada del mandato de vigencia del representante legal de la Empresa debidamente inscrito en los Registros Públicos de Lima y Callao, cuya antigüedad debe ser no mayor de 3 meses. 3. Presentación de copia legalizada del acta de Acuerdo de Junta General de Accionistas de la Empresaque contenga la autorización a su representante legal departicipar en el presente proceso. 4. Acreditación de contar con un capital suscrito y pagado no menor de diez (10 UIT) Unidades ImpositivasTributarias, debidamente inscrito en los RegistrosPúblicos de Lima y Callao. 5. Presentación de copia legalizada de licencia de funcionamiento de las oficinas administrativas de la empresa, cuya dirección debe ser similar al señalado en la solicitud de adecuación. 6. Presentación de la relación de flota actual de vehículos con los que viene prestando servicio detransporte público urbano de pasajeros. 7. Presentación de la propuesta económica financiera de Inversión a que se refiere el artículo cuarto de la Ordenanza Municipal Nº 000007-2006, debidamentefoliada y suscrita por el representante legal de laEmpresa. 8. Presentación de Carta Fianza ascendente a la suma de Una (1 UIT) Unidad Impositiva Tributaria a que se refiere el artículo cuarto de la Ordenanza Municipal Nº 000007-2006. La presentación de los requisitos exigidos en el presente artículo será dentro de los 90 días calendariocomputados a partir de la publicación del presente Decreto de Alcaldía. Excepcionalmente la Empresa de Transporte podrá presentar documentos subsanatorios oaclaratorios requeridos por la Gerencia General deTransporte Urbano fuera del plazo establecido y sólodentro del plazo de gracia que ésta le haya otorgado.Cuando el último día del plazo sea día inhábil o por cualquier otra circunstancia la atención al público no funcione en horario normal el vencimiento del plazo seráprorrogado al primer día hábil siguiente. Las Empresas de Transporte podrán participar en el presente proceso a través de Consorcios o contratosasociativos, de conformidad con la Ley General de Sociedades Nº 26887. Artículo Tercero.- DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL VEHÍCULO OPERADOR DEL SERVICIO Los vehículos que oferte la Empresa de Transporte por el período de vigencia de 10 años de la autorización que se le otorgue conforme a lo previsto en los artículos tercero y cuarto de la Ordenanza Municipal Nº 000007-2006 y en el presente Decreto, deberán ser de propiedadde la empresa los que deberán estar registrados