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NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 30 de agosto de 2006 327103REPUBLICADELPERU - “Artículo 72º .- La Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios Públicos, para el ejercicio de sus funcionescuenta con las siguientes Divisiones: - División de Limpieza Pública, Áreas Verdes y Medio Ambiente. - División de Seguridad Ciudadana, Policía Municipal, Defensa Civil y Depósito Municipal Vehicular. -“Artículo 74º.- La División de Seguridad Ciudadana, Policía Municipal, Defensa Civil y Depósito MunicipalVehicular, depende de la Gerencia de Gestión Ambientaly Servicios Públicos, está a cargo de un funcionario deconfianza con categoría de Jefe de División y tiene porfunciones y atribuciones: ……………Del Depósito Municipal Vehicular t) Planificar, organizar y ejecutar las actividades técnicas relacionadas con el internamiento y liberacióndel los vehículos del Depósito Municipal Vehicular. u) Organizar, vigilar y resguardar los vehículos internados y liberados, llevando los registros medianteel sistema computarizado, estableciendo la cantidad diariade aquellos que continúan bajo su responsabilidad. v) Llevar el registro, control y resguardo de los vehículos internados por abandono en la vía pública ypor infracciones graves tipificadas en el Cuadro deInfracciones y Sanciones. w) Efectuar la liberación de los vehículos cuyos propietarios o conductores hayan cumplido con el pagode sus infracciones, sanciones, guardianía y otrosvinculados, suscribiendo el Acta respectiva, previaverificación de la veracidad de la documentación. x) Llevar el control estricto para la subasta de los vehículos internados, luego de haber cumplido lasdisposiciones pertinentes relativas a los plazos depermanencia, notificaciones y publicaciones respectivas,organizando la documentación que corresponda en coordinación con la Gerencia de Gestión Ambiental yServicios Públicos. y) Efectuar el reporte diario, semanal y mensual respecto a la situación de los vehículos internados. z) Otras funciones de su competencia que le asigne la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios Públicos”. Artículo 3º.- ADICIONAR, una disposición transitoria y final, con el siguiente texto: -NOVENA .- En tanto dure el proceso de transferencia de las atribuciones y acervo documentario de la ex Unidadde Registro Civil a la RENIEC, la Gerencia de SecretariaGeneral asumirá las siguientes funciones: a) Expedir Resoluciones Registrales de su competencia, conforme a las Resoluciones Jefaturalesdel RENIEC. b) Realizar anotaciones, otorgar certificaciones, modificar los registros y ejecutar otras acciones en losRegistros de Estado Civil por mandato judicial y legal. c) Expedir copias certificadas de las inscripciones asentadas en los libros de Registro Civil. d) Atender oportunamente los requerimientos de las autoridades judiciales, administrativas y consulares enmateria de remisión de partidas o verificación de lasmismas. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Secretaria General y Oficina de Planificación,Presupuesto y Racionalización, el cumplimiento de lapresente Ordenanza POR TANTOMando se registre, publique y cumpla. YURI VILELA SEMINARIO Alcalde REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 5.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justificar y, si se agregasen gráficos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL