TEXTO PAGINA: 40
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327094El Peruano miércoles 30 de agosto de 2006 conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º. - EXONERAR, a la Dirección Regional Lima, del requisito de Licitación Pública para laadquisición de Alimentos Preparados a que se refiere elartículo primero de la presente Resolución. Artículo 3º. - AUTORIZAR, a la Dirección Regional Lima, para la adquisición de Suministros de AlimentosPreparados para los internos, personal de seguridad,salud y mantenimiento del Establecimiento Penitenciariode Régimen Cerrado Especial de Mujeres Chorrillos, dela Unidad Ejecutora 002: Dirección Regional Lima, deacuerdo al siguiente detalle: Nº ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DÍAS TOTAL S/. 1 E.P .R.C.E. MUJERES CHORRILLOS 30 48 861,00 TOTAL 48 861,00 Dicha autorización es por el período de treinta (30) días calendario, con cargo a la Fuente de FinanciamientoRecursos Ordinarios; mientras dure la Situación deDesabastecimiento Inminente prevista en el artículoprecedente debiendo de adquirir los alimentos preparadosen forma directa mediante acciones inmediatas bajoresponsabilidad, con estricta observancia a lasdisposiciones establecidas en el Texto Único Ordenadode la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado porDecreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adoptando todaslas providencias que permitan asegurar la transparenciadel proceso. Artículo 4º. - DISPONER, que la Oficina General de Administración se efectúen las comunicacionescorrespondientes a la Contraloría General de la Repúblicay al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones- CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábilessiguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 5º. - DISPONER, que la Oficina General de Auditoría inicie las acciones que correspondan paradeterminar si existe responsabilidad de funcionarios,cuya conducta hubiese originado la presencia oconfiguración de la Situación de Desabastecimientoque se aprueba. Artículo 6º. - REMITIR, copia de la presente Resolución a las instancias pertinentes para los fines deLey. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA DELSA MAVILA LEON Presidente 01598-1 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G73 /G64/G65/G20 /G61/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20 /G70/G72/G65/G70/G61/G72/G61/G64/G6F/G73/G20 /G70/G61/G72/G61 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G2D/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G50/G65/G6E/G69/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65 /G53/G65/G6E/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G49/G63/G61/G2C/G20/G54/G61/G6D/G62/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G6F/G72/G61/G43/G68/G69/G6E/G63/G68/G61/G20/G79/G20/G4E/G75/G65/G76/G6F/G20/G49/G6D/G70/G65/G72/G69/G61/G6C/G20/G43/G61/GF1/G65/G74/G65 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 548-2006-INPE/P Lima, 28 de agosto de 2006 VISTOS, el Oficio Nº 853-2006-INPE/16.05, que adjunta el Informe Técnico Legal Nº 015-2006-INPE/16.05, ambos de fecha 21 de agosto de 2006, de laDirección Regional Lima, por el que solicita se declareen Situación de Desabastecimiento Inminente elSuministro de Alimentos Preparados para losEstablecimientos Penitenciarios de Sentenciados Ica,Tambo de Mora Chincha y Nuevo Imperial Cañete, de suJurisdicción, Oficio Nº 1254-2006-INPE/10, de fecha 24de agosto de 2006, suscrito por la Oficina General deAdministración, e Informe Nº 302-2006-INPE/06 de fecha28 de agosto de 2006, de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDOQue, de acuerdo al artículo 17º del Código de Ejecución Penal, la Administración Penitenciariaproporciona al interno la alimentación preparada quecumpla con las normas dietéticas y de higieneestablecidas por la autoridad de salud, concordante conel artículo 135º de su Reglamento, aprobado por DecretoSupremo Nº 015-2003-JUS; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 050-2006- INPE/P de fecha 27 de enero de 2006 se aprobó el PlanAnual de Contrataciones y Adquisiciones de la DirecciónRegional Lima del Instituto Nacional Penitenciario para elAño Fiscal 2006; por el que incluyó el proceso deselección de Licitación Pública Nº 0004-2006-INPE/16para el "Suministro de raciones alimenticias para losEstablecimientos Penitenciarios de Lima Sur de laDirección Regional Lima”, en cuyo proceso se encuentraincluido el ítem 1: Establecimiento Penitenciario deSentenciados de Ica, ítem 2: Establecimiento PenitenciarioTambo de Mora Chincha e ítem 3: EstablecimientoPenitenciario Nuevo Imperial Cañete; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 479-2006- INPE/P de 26 de julio de 2006, se declaró en situación dedesabastecimiento inminente el suministro de alimentospreparados para los Establecimientos Penitenciarios deIca, Tambo de Mora Chincha y Nuevo Imperial Cañete,por los períodos de (31), (35) y (34) días calendario,respectivamente, y por un monto de S/. 214 916,03(Doscientos Catorce Mil Novecientos Dieciséis y03/100) Nuevos Soles; Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 015-2006- INPE/16.05 de fecha 21 de agosto de 2006, la DirecciónRegional Lima informa que suscribió el Contrato Nº 026-2006-INPE/16 de fecha 31 de julio de 2006, con laempresa LA FAVORITA PERUANA S.R. LTDA., derivadode la exoneración autorizada, por un monto de S/. 70831,90 (Setenta Mil Ochocientos Treinta y Uno y 90/100)Nuevos Soles, para el suministro de alimentospreparados para el Establecimiento Penitenciario deSentenciados de Ica. Asimismo, refiere que suscribiócon la empresa NEGOCIACIONES RIDEBLAN S.A.C.,el Contrato Nº 025-2006-INPE/16 de fecha 27 de julio de2006, por un monto de S/. 71 041,25 (Setenta y Uno MilCuarenta y Uno y 25/100) Nuevos Soles para elsuministro de alimentos preparados para elEstablecimiento Penitenciario Tambo de Mora Chincha.También señala que suscribió con la empresaCOMERCIAL TRES ESTRELLAS S.A., el ContratoNº 024-2006-INPE/16 de fecha 27 de julio de 2006, porun monto de S/. 73 042,88 (Setenta y Tres Mil Cuarentay Dos y 88/100) Nuevos Soles para el suministro dealimentos preparados para el EstablecimientoPenitenciario Nuevo Imperial de Cañete; Que, en atención al Pronunciamiento Nº 232-2006/ GNP de fecha 9 de junio de 2006, emitido por la Gerenciade Normas y Procesos del CONSUCODE, la anteriorGestión del INPE, mediante Resolución PresidencialNº 414-2006-INPE/P de fecha 21 de junio de 2006, declaróla nulidad de oficio de la Licitación Pública Nº 0004-2006-INPE/16, retrotrayéndolo a la etapa de Integración deBases; Que, según el calendario establecido en las Bases Administrativas, la Buena Pro de la Licitación PúblicaNº 0004-2006-INPE/16, se otorgó el 12 de julio de 2006,la cual no quedó consentida debido a la interposición derecursos de apelación presentados por losCONSORCIOS RESAL E.I.R.L. - PROVEEDOR R.S.BOCHE E.I.R.L., y POLO & SON´S INTERNACIONALPOLI - SERVICE S.R.L. - BLANCA JULIA ARIAS DEFLORENCIO; Que, la Dirección Regional Lima informa que el CONSORCIO RESAL E.I.R.L. - PROVEEDOR R.S.BOCHE E.I.R.L., ha interpuesto recurso de revisión anteel Consejo Superior de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado -CONSUCODE, respecto de los ítems 1:Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Ica, 2:Establecimiento Penitenciario Tambo de Mora Chincha y