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NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 30 de agosto de 2006 327093REPUBLICADELPERU CONSIDERANDO Que, de acuerdo al artículo 17º del Código de Ejecución Penal, la Administración Penitenciariaproporciona al interno la alimentación preparada quecumpla con las normas dietéticas y de higieneestablecidas por la autoridad de salud, concordante conel artículo 135º de su Reglamento, aprobado por DecretoSupremo Nº 015-2003-JUS; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 050-2006- INPE/P , de fecha 27 de enero de 2006, se aprobó el PlanAnual de Contrataciones y Adquisiciones de la DirecciónRegional Lima del Instituto Nacional Penitenciario para elAño Fiscal 2006, en el cual se tiene previsto el procesode selección de Licitación Pública Nº 0001-2006-INPE/16 para el "Suministro de Alimentos Preparados para losEstablecimientos Penitenciarios de Lima y Callao de laDirección Regional Lima”, en cuyo proceso se encuentraincluido el ítem 3: Establecimiento Penitenciario deRégimen Cerrado Especial de Mujeres Chorrillos; Que, mediante el Informe Técnico Legal Nº 13-2006- INPE/16.05, de fecha 17 de agosto de 2006, la DirecciónRegional Lima informa que suscribió el Contrato Nº 025-2005-INPE/16, de fecha 30 de mayo de 2005, con laempresa POLO & SONS´S INTERNACIONALPOLISERVICE S.R.L., por un monto de S/. 275 027,50(Doscientos Setenta y Cinco Mil Veintisiete con 50/100Nuevos Soles), derivado de la Licitación Pública Nº 001-2005-INPE/16, para el suministro de alimentospreparados para los internos, personal de seguridad,salud y mantenimiento del Establecimiento Penitenciariode Régimen Cerrado Especial de Mujeres Chorrillos, elmismo que culminó el 31 de mayo de 2006;procediéndose a suscribir la contratacióncomplementaria con la empresa POLO & SONS´SINTERNACIONAL POLISERVICE S.R.L., por un montode S/. 82 508,25 (Ochenta y Dos Mil Quinientos Ocho y25/100 Nuevos Soles), al amparo del artículo 236º delReglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado; Que, asimismo, el precitado Informe Técnico Legal, indica que la Licitación Pública Nº 0001-2006-INPE/16, tenía previsto el otorgamiento de la Buena Pro,para el 5 de junio de 2006, pero debido a que la postoraCristina Islas Reyes presentó observaciones a lasBases ante el CONSUCODE, el Calendario del procesose reprogramó. Asimismo, informa que el Sr. JULIOGUZMAN MENDOZA, interpuso recurso de revisión,habiéndose pronunciado el CONSUCODE a través dela Resolución Nº 524-2006.TC-SU, de fecha 21 dejulio de 2006, por la cual declaró inadmisible elmencionado recurso de revisión, reiniciando el ComitéEspecial el desarrollo del proceso, otorgando la BuenaPro el 31 de julio de 2006. Sin embargo, respecto alítem 3: Establecimiento Penitenciario de RégimenCerrado Especial de Mujeres Chorrillos, el Presidentedel Comité Especial, mediante Oficio Nº 052-2006-INPE/16-CE-LP-0001-P , informa que se hanpresentado recursos de apelación, suspendiéndoseel proceso de selección; Que, mediante Informe Nº 043-2006-INPE/ 16.05.URMyS-ADQ, de fecha 17 de agosto de 2006,emitido por el Subdirector de la Unidad de RecursosMateriales y Servicios y la Jefe de Adquisiciones de laDirección Regional Lima, refieren que la contratacióncomplementaria al Contrato Nº 025-2006-INPE/16suscrito para el "Suministro de Alimentos Preparadospara internos, personal de seguridad, salud ymantenimiento del Establecimiento Penitenciario deRégimen Cerrado Especial de Mujeres Chorrillos”, venceaproximadamente el 31 de agosto de 2006; Que, ante esta circunstancia la Dirección Regional Lima manifiesta que estos hechos son extraordinarios eimprevisibles, habida cuenta que la interposición derecursos impugnativos y la posterior presentación derecursos de revisión ante CONSUCODE, sonsituaciones que pueden producirse durante el desarrollodel proceso de selección, por lo que resulta necesariodeclarar en Situación de Desabastecimiento Inminentela contratación del Suministro de Alimentos Preparadospara los internos, personal de seguridad, salud ymantenimiento del Establecimiento Penitenciario de Régimen Cerrado Especial de Mujeres Chorrillos, por elperiodo de treinta (30) días calendario hasta por la sumade S/. 48 861,00 (Cuarenta y Ocho Mil OchocientosSesenta y Uno y 00/100 Nuevos Soles), importe queservirá para cubrir los gastos de alimentos preparadosmientras se resuelve el recurso de apelación, concluyael correspondiente proceso de selección y se perfeccioneel contrato respectivo, ya que los internos del mencionadoEstablecimiento Penitenciario requieren de ellos porquesu desabastecimiento compromete directamente losservicios esenciales que presta el Instituto NacionalPenitenciario, teniendo en cuenta que el suministro dealimentos no puede ser suspendido ya que su ausencia puede ocasionar grave deterioro en la salud de la población penal, así como actos de violencia, reclamosy protestas de éstos que comprometerían directa einminentemente, tanto la seguridad de los internos comode los Centros Penitenciarios; debiéndose tener presenteque la situación expuesta se encuentra prevista en elinciso c) del artículo 19º e inciso a) del artículo 20º delTexto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 083-2004-PCM; Que, según el artículo 21º del acotado dispositivo legal, se considera Situación de DesabastecimientoInminente cuando la ausencia extraordinaria eimprevisible de determinado bien o servicio comprometeen forma directa e inminente la continuidad de lasfunciones, servicios, actividades u operacionesproductivas que la Entidad tiene a su cargo de maneraesencial; por lo que dicha situación faculta a la Entidad ala adquisición o contratación de los bienes, servicios uobras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso,necesario para resolver la situación y llevar a cabo elproceso de selección que corresponda; debiendoadquirirse en forma directa mediante accionesinmediatas, adoptando todas las providencias quepermitan asegurar la moralidad, imparcialidad,transparencia y economía en el proceso de adjudicaciónde acuerdo al artículo 3º de la referida norma legal; Que, mediante los artículos 141º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084 -2004-PCM, se encuentran señalados los procedimientos paralos procesos de selección exonerados, debiendo laDirección Regional Lima sujetarse estrictamente a lanorma indicada para la compra de lo indispensable a finde paliar la situación; sin perjuicio de que se realicen losprocesos de selección correspondientes para las adquisiciones definitivas; Que, mediante Oficio Nº 289-2006-INPE/16.03, de fecha 19 de julio de 2006, la Oficina de Planificación de laDirección Regional Lima, señala que cuenta con ladisponibilidad presupuestal necesaria; Estando a lo solicitado por la Dirección Regional Lima y a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica,contándose con las visaciones del Consejo NacionalPenitenciario y de las Oficinas Generales deAdministración y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado porDecreto Supremo Nº 084-2004-PCM, ResoluciónMinisterial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultadesconferidas mediante Resolución Suprema Nº 128-2006-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DECLARAR, en Situación de Desabastecimiento Inminente la adquisición deSuministros de Alimentos Preparados para internos,personal de seguridad, salud y mantenimiento delEstablecimiento Penitenciario de Régimen CerradoEspecial de Mujeres Chorrillos, por el período de treinta(30) días calendario a partir del día 1 de setiembre de2006, mientras se resuelve el CONSUCODE resuelvael recurso de apelación, se lleve a cabo el proceso deselección y se perfeccione el contrato respectivo,