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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327088El Peruano miércoles 30 de agosto de 2006 solicitud de inscripción en el local del Jurado Electoral Especial de Lima Este; Que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores y, luego decumplido los requisitos establecidos en la ley, se inscribenen el Registro de Organizaciones Políticas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley a laOficina de Registro de Organizaciones Políticas delJurado Nacional de Elecciones; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Inscribir en el Registro Especial que conduce la Oficina de Registro de OrganizacionesPolíticas a la Organización Política Local Distrital"Construyendo San Luis" del distrito de San Luis,provincia de Lima, departamento de Lima. Artículo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente en el libro especial de OrganizacionesPolíticas Locales correspondiente al tomo número siete,partida número catorce y disponer la inscripción en elasiento número uno. Artículo Tercero.- Téngase acreditado como personera legal titular y personero legal alterno a CarmenMelba Silva Cárdenas y a German David Chirinos Silva,respectivamente. Regístrese y notifíquese.EDDA CECILIA SÁNCHEZ PACHAS ARANDA Registradora de la Oficina de Registrode Organizaciones Políticas del Jurado Nacionalde Elecciones en Lima Este 01517-1 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G70/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G20/G22/G46/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G65/G6D/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G41/G74/G65/G22 /G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61 /G64/G65/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G73 RESOLUCIÓN Nº 019-2006- REGISTRADORLIMAESTE-OROP/JNE Lima, 25 de agosto de 2006VISTA:La solicitud presentada por el señor Washington Carlos Malpartida Canturín, ex Personero Legal Titularde la Organización Política Local Distrital “FrenteParticipemos por Ate” del distrito de Ate, provincia deLima, departamento de Lima; CONSIDERANDO:Que, mediante solicitud presentada el 12 de mayo de 2006, el señor Washington Carlos Malpartida Canturín,solicitó a la Oficina de Registro de OrganizacionesPolíticas del Jurado Electoral Especial de Lima Este, lainscripción de la Organización Política Local Distrital:“Frente Participemos por Ate” del distrito de Ate, provinciade Lima, departamento de Lima, en el Registro Especialque conduce el Registro de Organizaciones Políticas delJurado Nacional de Elecciones; Que, revisada la solicitud presentada, se advierte que la misma cumple con todos los requisitoscontenidos en el artículo 17º de la Ley de PartidosPolíticos Nº 28094, esto es, I) Relación de adherentesen número no menor del 1% de los ciudadanos quesufragaron en las últimas elecciones de carácternacional dentro de la circunscripción en la que laorganización política local desarrolle sus actividades,advirtiéndose en tal sentido que con Oficios Nº 803-2006-GAE/RENIEC, Nº 1290-2006-GAE/RENIEC yNº 1537-2006-GAE/RENIEC de fechas 31 de mayo,7 de julio y 19 de julio de 2006, respectivamente, laGerencia de Actividades Electorales del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, RENIEC, informó que de un total de 5 174 firmas presentadasse declararon válidas 1 945 firmas, cantidad quesupera las 1 777 necesarias para tal efecto; II) Actade Constitución de un comité en el distrito de Ate,provincia de Lima, departamento de Lima, suscrita pormás de 50 adherentes debidamente identificados,adicionalmente, han presentado acta de fundación, laque contiene la designación de su órgano directivo,designación de los personeros legales, técnicos,representante legal y apoderado, Estatuto, Ideario, quecontiene principios, objetivos y visión del distrito; Que, con fecha 16 de agosto de 2006 se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la síntesis de la solicitud deinscripción a efectos de que cualquier persona natural ojurídica ejerciera su derecho de formular tacha contra lainscripción de la organización política solicitante, habiendoquedado en esta Oficina de Registro toda ladocumentación correspondiente a la misma; Que, se ha vencido el plazo señalado en el artículo 10º de la Ley Nº 28094 sin que dentro de tal lapso detiempo se haya presentado tacha alguna contra lasolicitud de inscripción en el local del Jurado ElectoralEspecial de Lima Este; Que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores y, luego decumplido los requisitos establecidos en la ley, se inscribenen el Registro de Organizaciones Políticas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley a laOficina de Registro de Organizaciones Políticas delJurado Nacional de Elecciones; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Inscribir en el Registro Especial que conduce la Oficina de Registro de OrganizacionesPolíticas a la Organización Política Local Distrital “FrenteParticipemos por Ate” del distrito de Ate, provincia deLima, departamento de Lima. Artículo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente en el libro especial de OrganizacionesPolíticas Locales correspondiente al tomo número siete,partida número cinco y disponer la inscripción en elasiento número uno. Artículo Tercero.- Téngase acreditado como personera legal titular y personera legal alterna a NadiaMercedes Malpartida Sánchez y a Maribel Noemy RojasCcorahua, respectivamente. Regístrese y notifíquese.EDDA CECILIA SÁNCHEZ PACHAS ARANDA Registradora de la Oficina de Registrode Organizaciones Políticasdel Jurado Nacional de Elecciones en Lima Este 01513-1 /G49/G6E/G73/G63/G72/G69/G62/G65/G6E/G20/G61/G20/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G20/G22/G50/G6F/G72 /G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G75/G6E/G74/G61/G20/G48/G65/G72/G6D/G6F/G73/G61/G20/G63/G6F/G6E /G48/G6F/G6E/G72/G61/G64/G65/G7A/G20/G79/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G22/G2C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F /G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G73 RESOLUCIÓN Nº 021-2006- REGISTRADOR.LIMASUR.OROP/JNE Lima, 27 de agosto del 2006 VISTA: La solicitud presentada por el señor Santiago Freddy Merino Bringas, Personero Legal Titular de laOrganización Política Local Distrital: “Por el Desarrollode Punta Hermosa con Honradez y Trabajo”, deldistrito de Punta Hermosa, provincia y departamentode Lima;