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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327086El Peruano miércoles 30 de agosto de 2006 elecciones de carácter nacional dentro de la circunscripción en la que la Organización desarrolla susactividades, advirtiéndose en tal sentido que con OficiosNº 1340-2005-GAE/RENIEC de fecha 13 de diciembre de2005, Nº 175-2006-GAE/RENIEC de fecha 8 de febrerode 2006, Nº 443--2006-GAE/RENIEC de fecha 28 demarzo de 2006, Nº 782-2006-GAE/RENIEC de fecha 29de mayo de 2006, Nº 985-2006-GAE/RENIEC de fecha15 de junio de 2006 y Nº 1089-2006-GAE/RENIEC defecha 22 de junio de 2006, la Gerencia de ActividadesElectorales del Registro Nacional de Identificación y EstadoCivil, RENIEC, informó que de un total de 9,027 firmaspresentadas se declararon validas 2,839, cantidad quesupera las 2,815 necesarias para tal efecto, II) Acta deConstitución de un comité en el distrito de San Martín dePorres, provincia y departamento de Lima, suscrita pormás de 50 adherentes debidamente identificados,adicionalmente, han presentado acta de fundación, la quecontiene la designación de su órgano directivo,designación de los personeros legales, técnicos,apoderada y representante legal, asimismo, cuentan conun Ideario, que contiene principios, objetivos y visión deldistrito de San Martín de Porres y con un Estatuto; Que, con fecha 17 de agosto de 2006 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la síntesis de la solicitudde inscripción a efectos que cualquier persona naturalo jurídica ejerciera su derecho de formular tachacontra la inscripción de la organización políticasolicitante, habiendo quedado en esta Oficina deRegistro toda la documentación correspondiente a lamisma; Que, se ha vencido el plazo señalado en el artículo 10º de la Ley Nº 28094 sin que se haya presentadotacha alguna contra la solicitud de inscripción, conformees de verse en el Memorando Nº 2112-2006-OOESC/JNE de fecha 24 de agosto de 2006; Que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores y, luego decumplido los requisitos establecidos en la ley, se inscribenen el Registro de Organizaciones Políticas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley a laOficina de Registro de Organizaciones Políticas delJurado Nacional de Elecciones; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Inscribir en el Registro Especial que conduce la Oficina de Registro de OrganizacionesPolíticas a la Organización Política Local Distrital "NuevoSan Martín", del distrito de San Martín de Porres, provinciay departamento de Lima. Artículo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente en el libro especial de OrganizacionesPolíticas Locales correspondiente al Tomo número siete,Partida número uno y disponer la inscripción en el Asientonúmero uno. Artículo Tercero.- Téngase acreditados como personeros legal titular y alterno a los ciudadanos EstebanManuel Valdivia Arroyo y Antonio Guillermo Lossio De LaCadena, respectivamente. Regístrese y notifíquese.FERNANDO RODRÍGUEZ PATRÓN Jefe de la Oficina de Registrode Organizaciones Políticas 01569-1 /G49/G6E/G73/G63/G72/G69/G62/G65/G6E/G20/G61/G20/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61 /G22/G53/G69/G67/G61/G6D/G6F/G73/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G65/G73/G61/G6E/G64/G6F/G22/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65 /G53/G61/G6E/G74/G69/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G75/G72/G63/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G64/G65 /G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G73 RESOLUCIÓN Nº 005-2006-REGISTRADOR.LIMASUR.OROP/JNE Lima, 14 de agosto del 2006VISTA: La solicitud presentada por el señor Augusto Carlos Landerer Faura, Personero Legal Titular de laOrganización Política Local Distrital: "SIGAMOSPROGRESANDO", del distrito de Santiago de Surco,provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO:Que mediante solicitud presentada el 23 de junio del 2006, el Sr. Augusto Carlos Landerer Faura, PersoneroLegal Titular de la Organización Política Local Distrital:"Sigamos Progresando" del distrito de Santiago de Surco,provincia y departamento de Lima, solicitó a la Oficina deRegistro de Organizaciones Políticas, la inscripción de dichaorganización política en el Registro Especial que conduce; Que, revisada la solicitud presentada, se advierte que la misma cumple con todos los requisitos contenidos en elartículo 17º de la Ley de Partidos Políticos Nº 28094, estoes, I) Relación de adherentes en número no menor del1% de los ciudadanos que sufragaron en las últimaselecciones de carácter nacional dentro de lacircunscripción en la que la organización política localdesarrolla sus actividades, advirtiéndose en tal sentidoque con Oficio Nº 1203-2006-GAE/RENIEC de fecha 3 dejulio, la Gerencia de Actividades Electorales del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, RENIEC, informóque de un total de 2474 firmas presentadas se declararonválidas 2064 firmas, cantidad que supera las 1952necesarias para tal efecto, II) Acta de Constitución de uncomité en el distrito de Santiago de Surco, provincia ydepartamento de Lima, suscrita por más de 50 adherentesdebidamente identificados, adicionalmente, han presentadoacta de fundación, la que contiene el Ideario, y que a suvez contiene principios, objetivos y visión del distrito deSantiago de Surco, denominación, domicilio legal, ladesignación del órgano directivo y miembros que loconforman, la designación de los personeros legales,técnicos, apoderado y representante legal, asimismo, hanpresentado un Estatuto; Que, con fecha 5 de agosto del 2006, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la síntesis de la solicitud deinscripción a efectos de que cualquier persona natural ojurídica ejerciera su derecho de formular tacha contra lainscripción de la organización política solicitante, habiendoquedado en esta Oficina de Registro toda ladocumentación correspondiente a la misma; Que, se ha vencido el plazo señalado en el artículo 10º de la Ley Nº 28094 sin que se haya presentadotacha alguna contra la solicitud de inscripción; Que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores y, luego decumplidos los requisitos establecidos en la ley seinscriben en el Registro de Organizaciones Políticas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley a laOficina de Registro de Organizaciones Políticas delJurado Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro Especial que conduce la Oficina de Registro de OrganizacionesPolíticas a la Organización Política Local Distrital:"Sigamos Progresando", del distrito de Santiago de Surco,provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Abrir la Partida Registral correspondiente en el Libro Especial de OrganizacionesPolíticas Locales, Partida número Trece y regístrese lainscripción en el Asiento número Uno. Artículo Tercero.- Téngase acreditados como personero legal titular y personero legal alterno a losseñores Augusto Carlos Landerer Faura y Roger ParedesMartínez, respectivamente. Regístrese y notifíquese. ELIZABETH BARREDA MOLINA Registradora OROP 01562-1